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La competencia del CGPJ para nombrar a los jueces del Supremo: un gran poder al que el Congreso puede poner fin

Privar al órgano del gobierno de los jueces de su principal competencia pasará imprescindiblemente por modificar la Ley Orgánica del Poder Judicial. 

Pedro Sánchez, este miércoles en la sesión de control al Gobierno celebrada en el Congreso.
Pedro Sánchez, este miércoles en la sesión de control al Gobierno celebrada en el Congreso. Eduardo Parra / Europa Press

El pasado 30 de abril, despejada la duda sobre su continuidad al frente del Gobierno, Pedro Sánchez se comprometía a estudiar la llamada 'vía Guilarte', en alusión a la propuesta del presidente suplente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Vicente Guilarte, para reformar el sistema de nombramientos en la cúpula judicial. Este miércoles, Sánchez ha dejado claro que le convence lo que el presidente del Consejo propone, como una forma de facilitar la renovación del órgano, en funciones desde hace cinco años y medio.  

El presidente del Gobierno ha dado un ultimátum al PP: si antes de que acabe este mes de junio no desbloquea la renovación del CGPJ, presentará en las Cortes una propuesta alternativa para acabar con una anomalía constitucional que dura más de 2.000 días. 

Y la 'vía Guilarte' parece ser el núcleo de esa propuesta legislativa, que pretende despojar al CGPJ de su principal poder y atractivo para los grupos parlamentarios: su capacidad para hacer nombramientos en la cúpula judicial; una capacidad que desaparece cuando el CGPJ funciona con el mandato caducado, según la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) de 2021

Controlar desde atrás la Sala Segunda

El presidente Sánchez se ha referido este miércoles al "incentivo perverso" como el interés que tiene el PP para no llegar a un acuerdo de renovación del CGPJ. Se trataría de eliminar ese incentivo, que en 2018 el famoso 'whatsapp' del exsenador del PP Ignacio Cosidó dejó claro cuál era su naturaleza oculta: controlar "desde detrás" el Tribunal Supremo, en especial, la Sala Segunda, que enjuicia a los aforados. 

La 'vía Guilarte' consiste, en general, en que sea la carrera judicial la que elija a los altos cargos del Supremo, Audiencia Nacional y tribunales superiores, que son funciones propias del CGPJ. En el caso concreto del Supremo, sería una comisión cualificada la que valoraría las candidaturas, encaminada "a evitar la mácula política de los nombrados y a potenciar que imperen el mérito y la capacidad en la composición del Alto Tribunal, así como independizar su valoración respecto de los méritos acreditados por quienes opten a la plaza". 

Para Vicente Guilarte, el Consejo, sin el poder para nombrar a los magistrados del Supremo, dejaría de ser interesante para los partidos y se facilitarían los acuerdos parlamentarios para proceder a su renovación por mayoría de tres quintos de ambas Cámaras. 

Un sistema poco transparente

Para el presidente suplente del CGPJ, el sistema de nombramientos actual no es todo lo transparente que debiera, como puede leerse en la propuesta que hizo llegar a las presidencias del Congreso y del Senado el pasado mes de abril. En el texto, Guilarte señala que según ha podido observar, "con cierta frecuencia, para la designación de los cargos judiciales hay dos criterios preferentes que se superponen (...) al mérito y a la capacidad del aspirante" y cita la "proximidad afectiva con el candidato" y "la adscripción ideológica o asociativa". 

Esta observación es importante y pone de relieve una realidad poco transparente. Para Guilarte, es "imprescindible objetivar los nombramientos de la cúpula jurisdiccional, lo cual exige que sea una comisión especializada la que valore el mérito y capacidad de los aspirantes. Por otro lado, tal objetivación disiparía la eventual contaminación política derivada de la que se pueda atribuir a quien hasta ahora los designaban. Ello refuerza, sin duda, la constitucionalidad de la fórmula". 

La comisión encargada de los nombramientos en el Tribunal Supremo estaría formada por vocales del propio CGPJ, magistrados del Alto Tribunal y expertos en la materia que trate la Sala donde se va a producir el nombramiento, por ejemplo, abogados del Estado, letrados y catedráticos, según la propuesta de Guilarte; y podría funcionar por turnos rotatorios la presencia de los magistrados en dicha comisión. 

Lo que dice la Constitución

No ha sido el presidente suplente del Consejo el primero en formular una propuesta para limitar las competencias del CGPJ. Sumar lo hizo antes, aunque no tan directamente relacionado con el poder para hacer nombramientos en la cúpula judicial. 

El socio de gobierno del PSOE propuso a finales de  2023 "reducir al mínimo las competencias del CGPJ", aunque nunca obtuvo respuesta de los socialistas. La Constitución indica en su artículo 122 que la Ley Orgánica del Poder Judicial establecerá las funciones del Consejo General del Poder Judicial, "en particular en materia de nombramientos, ascensos, inspección y régimen disciplinario" de los jueces. 

La propuesta de Sumar es retirarle al CGPJ las competencias que no sean estrictamente constitucionales, como la formación de jueces, las relaciones internacionales en materia de justicia y fijar el presupuesto del órgano, y derivarlas al Ministerio de Justicia, como ocurre en Francia, por ejemplo. 

Fuentes del Grupo plurinacional apuntan que podría ser factible una redefinición del alcance de la capacidad de nombramientos del CGPJ, ya que la Constitución no entra a detallar qué nombramientos debe efectuar. En este sentido, su propuesta se ligaría con la de Vicente Guilarte. 

El cese automático de los vocales

Pero la gran propuesta de Sumar tiene que ver con la caducidad del CGPJ. Pasado el mandato de cinco años que ordena la Constitución, se daría unos meses de margen al Parlamento para proceder a la renovación. Tras lo cual, si no se alcanzara en las Cámaras el consenso, los vocales salientes quedarían automáticamente destituidos. La propuesta se aplicaría con carácter retroactivo, con lo que una vez aprobada y en vigor, los actuales consejeros tendrían que cesar en sus cargos.

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