zaragoza
“Corresponde a la administración penitenciaria la asunción de tales costes, con independencia de que el interno en los centros penitenciarios que recibe la asistencia sea o no beneficiario, afiliado o asegurado a la Seguridad Social”, ha dictaminado el Tribunal Supremo en la sentencia por la que zanja el conflicto millonario que viene enfrentando a las comunidades autónomas y el Gobierno central desde que este decidió por la vía de los hechos en 2012, con Mariano Rajoy como presidente y Jorge Fernández Díaz como ministro del Interior, comenzar a desatender el pago de las hospitalizaciones y la atención de especialistas a los reclusos de las cárceles españolas, con lo que se desentendió de un servicio cuyos costes anuales superan los cien millones de euros.
La situación, que va a provocar otro descuadre en las previsiones económicas del Gobierno, que se ve obligado a asumir los atrasos y a retomar los pagos, tienen su origen en el desajuste entre la legislación penitenciaria y la sanitaria: las cárceles son gestionadas por la Administración central, que dispone en ellas de equipos de médicos y enfermeros (326 y 485 hace cuatro años) para la atención primaria de los reclusos pero tiene que recurrir a los centros de salud y hospitales autonómicos para las hospitalizaciones, las intervenciones quirúrgicas, las visitas de especialistas y, también, el tratamiento de patologías como la hepatitis C.
¿A qué se debe lo elevado de la factura? A varios motivos entre los que destacan dos: la elevada población penitenciaria del país pese a su baja tasa de delincuencia (58.485 presos), aunque la medida no afecta a los 8.380 de las cárceles catalanas y los 1.293 de las vascas) y la alta prevalencia de determinadas patologías como las mentales y víricas entre sus miembros.
El descuadre competencial se resolvía desde el traspaso de las competencias de sanidad a las comunidades a principios de este siglo mediante unos convenios bilaterales en los que Interior y los gobiernos autonómicos acordaban cómo debían financiarse esos servicios. Sin embargo, el ministerio decidió a finales de 2012, en plena vorágine recortadora del primer Gobierno de Mariano Rajoy, que no logró ni de lejos sujetar el déficit con medidas de ese tipo, dejar de abonarlos conforme vencían.
La Seguridad Social y la sanidad universal
Las consejerías de Sanidad de 15 de las 17 comunidades autónomas, todas menos Catalunya, que tiene transferidas las competencias sobre prisiones desde los años 80, y Euskadi, que gestiona íntegramente la sanidad penitenciaria, llevan hasta ocho años reclamando en algunos casos, como el de Aragón, el pago de las facturas derivadas de esas atenciones sanitarias al Ministerio de Interior.
Sin embargo, este rechazaba atender los pagos, lo que ha provocado un carrusel de litigios que, tras las diferencias de criterio entre los diferentes TSJ (Tribunal Superior de Justicia) autonómicos, acaba de zanjar el Supremo al matizar su doctrina con un recurso del Gobierno de Aragón.
El TSJ de esta comunidad, cuyo Gobierno tiene pendientes de pago siete millones de euros por la atención a los presos de las cárceles de Zuera y de Daroca, había rechazado que Interior debiera asumir esos gastos en aplicación del principio de sanidad universal, un criterio opuesto al de otros tribunales superiores como el de Madrid, que sí habían avalado el cobro al ejecutivo central.
También lo hizo el Supremo, aunque inicialmente con un voto discrepante que proponía diferenciar entre los presos que “son y conservan su condición de afiliados y beneficiarios en el Régimen General de la Seguridad Social”, cuyo coste debería asumir la autonomía como parte del Sistema Nacional de Salud, y los que no, para los que debería sufragarla el ministerio. La Abogacía del Estado defendió ese criterio.
Ahora, la misma Sala de lo Contencioso Administrativo zanja por unanimidad, y con el apoyo del magistrado discrepante, “la cuestión suscitada (…) como necesitada de esclarecimiento”, que consiste en “determinar a qué Administración, si a la sanitaria o a la penitenciaria, le corresponde asumir los costes generados por la prestación de servicios de naturaleza sanitaria a personas que se encuentran internadas en un centro penitenciario”.
Más de quince años de retraso en la transferencia
La clave de la resolución, que endosa definitivamente los pagos a Interior, se encuentra en “la inexistencia de convenio de colaboración suscrito entre ambas administraciones”, exige el Reglamento Penitenciario, que no fue renovado tras vencer en 2012, algo que ocurrió también y a partir de esa fecha con el resto de comunidades afectadas, y en el incumplimiento de la Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud, que obligaba al Estado a transferir a las comunidades la sanidad penitenciaria hace más de quince años, antes de que terminara 2004.
Así, la sentencia ratifica que “la protección integral de la salud del interno es un deber que se impone a la administración penitenciaria, a cuyo cargo tiene a una persona vinculada a ella por una evidente relación de sujeción especial”, y, también, que “no hay un solo precepto” por el que “el coste de la asistencia a los presos fuera de las cárceles “deba ser sufragado por el titular de la institución sanitaria que presta dicho servicio”.
Lo contrario, añade, llevaría a “una conclusión absurda: si no pueden girarse facturas hasta que no se suscriba un nuevo convenio de colaboración, ¿para qué iba el Estado a concertarse con las Administraciones sanitarias si éstas ya tienen el deber legal de abonar los servicios dispensados en los hospitales públicos?”.
Fuentes de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias señalaron que, además de asumir los pagos, han reabierto los contactos con varias comunidades autónomas para traspasarles las competencias sobre la atención sanitaria en las cárceles.
“La voluntad es transferírsela a todas”, señalaron. Los contactos, que quedaron en el aire durante los más de ocho meses de interinidad del Gobierno, se encuentran en una situación avanzada con Baleares y Navarra.
¿Te ha resultado interesante esta noticia?
Comentarios
<% if(canWriteComments) { %> <% } %>Comentarios:
<% if(_.allKeys(comments).length > 0) { %> <% _.each(comments, function(comment) { %>-
<% if(comment.user.image) { %>
<% } else { %>
<%= comment.user.firstLetter %>
<% } %>
<%= comment.user.username %>
<%= comment.published %>
<%= comment.dateTime %>
<%= comment.text %>
Responder
<% if(_.allKeys(comment.children.models).length > 0) { %>
<% }); %>
<% } else { %>
- No hay comentarios para esta noticia.
<% } %>
Mostrar más comentarios<% _.each(comment.children.models, function(children) { %> <% children = children.toJSON() %>-
<% if(children.user.image) { %>
<% } else { %>
<%= children.user.firstLetter %>
<% } %>
<% if(children.parent.id != comment.id) { %>
en respuesta a <%= children.parent.username %>
<% } %>
<%= children.user.username %>
<%= children.published %>
<%= children.dateTime %>
<%= children.text %>
Responder
<% }); %>
<% } %> <% if(canWriteComments) { %> <% } %>