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El Supremo reconoce el derecho al asilo del disidente kazajo Alexander Pavlov

Reprocha a la Audiencia Nacional que debió pronunciarse en lugar de pedir a Interior que volviera a analizar su caso

Alexander Pavlov en una imagen de Interpol.

EUROPA PRESS

MADRID.- El Tribunal Supremo ha reconocido el derecho al asilo al disidente kazajo Alexander Pavlov, que se encontraba en libertad desde el pasado mes de julio cuando la Audiencia Nacional le impuso una fianza de 30.000 euros para abandonar la cárcel. Este tribunal y el Gobierno acordaron extraditarle a Kazajistán en virtud de una orden contra él por delitos de terrorismo, apropiación indebida y malversación de fondos.

No obstante, la entrega se encontraba paralizada tras la decisión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional de ordenar su suspensión preventiva a la espera de que el Ministerio del Interior decidiera sobre la concesión del asilo que había solicitado el disidente kazajo.

Los magistrados de lo Contencioso, que paralizaron la extradición en abril, rechazaron un primer dictamen de Interior, en el que se destacaba que el kazajo podía representar "un peligro para la seguridad nacional", y ordenaron que se volviera a evaluar su caso, ofreciendo "razones fundadas" de por qué considera que el solicitante constituía "un riesgo y no es perseguido en su país".

El alto tribunal asegura ahora que "no está justificado" que esta Sala eludiera pronunciarse sobre el reconocimiento del derecho al asilo. "Incurren en una incongruencia omisiva por no haber fallado sobre la principal pretensión del recurrente", dice en una sentencia hecha pública este miércoles.

La resolución precisa que devolver las actuaciones a la Administración solamente hubiera estado justificado por la carencia de algún trámite indispensable o falta de elementos de juicio para pronunciarse sobre el caso. "Nada de esto ocurre en el caso presente", destaca.

"El relato del solicitante de asilo resulta congruente y verosímil y encuentra suficiente respaldo en el material probatorio aportado en vía administrativa y en el curso del proceso", agrega el Supremo, Pavlov trabajó durante varios años como jefe de seguridad del principal representante de la oposición del país centroasiático, Mukhtar Ablyazov. Llegó a España el 11 de diciembre de 2012 y fue detenido en una estación de tren en cumplimiento de una orden cursada por las autoridades de Kazajistán a través de la Interpol. El pasado 17 de enero, informó a las autoridades españolas de que quería solicitar asilo, algo que finalmente hizo el 6 de febrero.

La decisión fue rechazada en primera instancia el pasado 5 de julio. La primera solicitud de extradición se llevó a cabo el 17 de abril de 2013 y fue rechazada el 19 de abril por la Audiencia Nacional porque la información aportada por la autoridades de Kazajistán no era suficiente. No obstante, el Ejecutivo decidió volver a cursar el procedimiento de extradición el pasado mes de mayo, una vez subsanados estos "defectos formales".

Acusaciones de terrorismo

Kazajistán le acusó en un primer momento de estafar al BTA Bank 22,5 millones de euros y añadió después a su petición de extradición un delito de terrorismo. Su país le atribuye haber preparado junto a otras personas la colocación de un artefacto en el parque Family de la ciudad de Almaty, "cuya explosión hubiera tenido lugar el 24 de marzo de 2012 de no haber sido frustrada por las autoridades policiales".

"Ningún indicio existe de que la situación de Pavlov al que la propia resolución administrativa identifica como 'jefe de seguridad' y 'hombre de confianza' de Ablyazov, sea diferente a éste, quien, estando imputad en su país de los mismos delitos, ha obtenido la protección internacional en Reino Unido, al igual que otras personas de su familia y entorno", añade la sentencia del Supremo.

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