madrid
Actualizado:El Tribunal Supremo ha avalado la decisión adoptada por el Ayuntamiento de Palma de no permitir el uso turístico en edificios plurifamiliares. De esta manera, los magistrados han desestimado la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB), que anuló la medida tomada por el consistorio mallorquín.
En 2018, la patronal del alquiler turístico Habtur denunció ante el TSJIB la medida de limitar el uso turístico de ciertos edificios. Después de tres años, la Justicia balear admitió parcialmente el recurso presentado y declaró como nulo la prohibición de comercializar estancias turísticas en plurifamiliares.
A pesar de que el Ayuntamiento nunca ha levantado dicha prohibición, el consistorio sí que interpuso un recurso de casación para defender su medida. Con la decisión del Supremo, el concepto de vivienda toma una modificación sustancial. Ya no puede considerarse turístico un inmueble destinado para el uso residencial.
La convivencia social en los vecindarios, la falta de disponibilidad de inmuebles en alquiler para la población residente o el impacto medioambiental. Estas son algunas de las cuestiones relacionadas con la actividad de pisos turísticos a las que se ha referido el Supremo.
El Govern balear ha celebrado la decisión del Supremo. El conseller de Turismo, Iago Negueruela, ha remarcado la importancia de contar con un marco estatal y europeo para poder sancionar a las plataformas que comercialicen estancias ilegales.
Según el Consell de Palma, el 33% de las familias de la isla acceden a la vivienda en régimen de alquiler, ya que el precio de los inmuebles está disparado por la presión turística y el mercado internacional. Las Illes Balears, además, son la segunda comunidad con los alquileres más caros y son líderes en viviendas turísticas.
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