barcelona
Actualizado:La expresidenta del Parlament Carme Forcadell y la exconsellera de Trabajo Dolors Bassa han salido esta mañana de las prisiones en las que cumplen su condena por sedición para llevar a cabo labores de voluntariado y cuidar de familiares de avanzada edad.
Forcadell y Bassa podrán abandonar la prisión tres días por semana
Tanto Forcadell como Bassa, condenadas respectivamente a once años y medio y doce años de cárcel por el Tribunal Supremo, han logrado beneficiarse del 100.2 tras entregar la documentación pertinente a su respectivo centro penitenciario que acredita que en las salidas que le concedan llevará a cabo labores de cuidado a familiares. Forcadell también realizará labores de voluntariado durante sus periodos fuera de prisión.
En concreto, el plan de salidas previsto por la junta de tratamiento permite a Forcadell abandonar la prisión un total de tres días entre semana, a razón de nueve horas diarias, incluido el desplazamiento de ida y vuelta al centro penitenciario.
Por su parte, Bassa disfrutará de los mismos días que Forcadell para salir a realizar actividades cuidados a una familiar de una edad avanzada, según lo autorizado por la cárcel gerundense de Puig de les Basses. La exconsellera podrá abandonar las instalaciones penitenciarias durante ocho horas cada jornada, una menos que Forcadell.
Primera sortida per l’article 100.2 No és la llibertat. Seguim! pic.twitter.com/k2BTzIfyhk
— Dolors Bassa (@dolorsbassac) February 17, 2020
Flexibilización en las penas del procés
En las últimas semanas la junta de tratamiento de la prisión de Lledoners, Barcelona también ha acordado flexibilizar el régimen de los Jordis: el expresidente de la ANC podrá salir tres días a la semana y cinco el líder de Òmnium Cultural, para ir a trabajar y participar en actividades de voluntariado.
El exconseller de Interior Joaquim Forn podrá salir para ir a trabajar y a cuidar de familiares, una vez que la cárceles donde cumple condena por el procés –Lledoners– acordase la pasada semana aplicarles el artículo 100.2.
Este artículo lo proponen las juntas de tratamiento de las prisiones –integradas por juristas, psicólogos, educadores sociales, médicos y maestros– y los eventuales recursos se agotan en la Audiencia de Barcelona, a diferencia de la clasificación penitenciaria, en que la última palabra la tiene el tribunal sentenciador.
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