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La Justicia da diez días a Griñán para ingresar voluntariamente en prisión

La Audiencia de Sevilla no espera al indulto y ordena el ingreso en la cárcel al expresidente de la Junta de Andalucía y a otros siete de los nueve condenados a cárcel por el caso ERE.

Salida de la Audiencia Provincial del ex-presidente de la Junta de Andalucía, José Antonio Griñan. En Sevilla, a 19 de noviembre del 2019.
Salida de la Audiencia Provincial del ex-presidente de la Junta de Andalucía, José Antonio Griñan. En Sevilla, a 19 de noviembre del 2019. María José López / Europa Press

La Audiencia Provincial de Sevilla ha ordenado al expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán y a otros siete de los nueve condenados a cárcel por el caso ERE que comparezcan en el plazo de diez días para su ingreso voluntario en prisión, sin esperar a que el Gobierno se pronuncie sobre su petición de indulto. A Griñán le queda ahora para evitar la prisión tan solo un recurso de súplica, según informó a Público su abogado, José María Calero.   

En el auto, la Audiencia deniega la suspensión de las penas de cárcel mientras se tramita el indulto de ocho de los nueve condenados a cárcel por el denominado caso ERE. Sí admite la petición del exdirector general de Trabajo de la Junta de Andalucía, Juan Márquez, el que menos pena tenía (tres años y un día), mientras se tramita su solicitud de indulto

La Audiencia, en sus razonamientos, considera que la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad en caso de solicitud de indulto solo "se justifica por el peligro de que cuando positivamente se conceda la gracia, ésta resulte imposible de ser llevada a la práctica por haber quedado ya extinguida la pena por el cumplimiento de la misma".

La Audiencia razona, para negar la suspensión de la condena, que se trata en el caso de Griñán y los otros siete condenados "de penas de prisión de larga duración" (6 años y un día por malversación para el expresidente de la Junta de Andalucía). "La gravedad y extensión de las penas por las que han sido condenados impide la suspensión de la ejecución de la pena en todas las formas recogidas en el artículo 80 y siguientes del Código Penal, motivo por el que todos ellos han solicitado la suspensión de la ejecución mientras se tramita el indulto", afirman los magistrados.

Además, cree la Audiencia que es necesario cumplir con un deber de ejemplaridad porque los delitos fueron "cometidos por empleados públicos, que entre sus funciones tenían encomendadas la gestión de fondos públicos": "Lo que hace que la alarma social producida por este tipo de delitos de corrupción política exija el cumplimiento de las resoluciones judiciales firmes".

La sección primera de la Audiencia, compuesta por Pilar Llorente, Patricia Fernández y Enrique García, rechazan también que en el tiempo transcurrido (doce años como mínimo, en algunos casos, hasta 21) desde los hechos por los que se produce la condena sea un motivo suficiente para que Griñán evite de momento la prisión.

"Si bien es cierto que ha transcurrido un gran lapso tiempo desde la fecha de los hechos, no lo es menos que se trata de una macrocausa con muchos investigados que requería la práctica de diligencias de prueba que se dilatan en el tiempo por circunstancias  a veces ajenas a los investigados y al propio órgano judicial, (...) esta cuestión fue tenida en cuenta por el Tribunal Supremo al apreciar la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas con la consecuencia penológica derivada de su apreciación", recoge el auto.

La edad del expresidente

Las dos magistradas y el magistrado rechazan también que las "circunstancias personales y relativas a la situación (de Griñán), estado físico y edad no son relevantes para la suspensión de la ejecución de la pena, sin perjuicio de la regulación penitenciaria y de las cuestiones que puedan suscitarse con posterioridad ante los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria".

La Audiencia concluye que la mayoría de peticiones de suspensiones de condena porque se ha pedido un indulto se rechazan y "con penas muy inferiores" y que por eso deben en este caso actuar de la misma manera. "(Es) obligación de este Tribunal (...) ejecutar las sentencias firmes dictadas (y también tener) congruencia, objetividad e imparcialidad con el resto de las resoluciones dictadas". 

Así, la Sección Primera de la Audiencia deniega suspender las penas de cárcel que pesan sobre Griñán, la exconsejera de Hacienda Carmen Martínez Aguayo, el exconsejero de Innovación Francisco Vallejo, el exconsejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico José Antonio Viera, el también exconsejero de Empleo Antonio Fernández, el exdirector de la agencia IDEA Miguel Ángel Serrano, el exviceconsejero de Innovación Jesús María Rodríguez Román y el exviceconsejero de Empleo Agustín Barberá.

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