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MADRID.- El juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno ha ordenado la puesta en libertad de los titiriteros Alfonso Lázaro y Raul García, después de que hayan pasado cinco días en la cárcel de Soto del Real acusados un delito de enaltecimiento del terrorismo que presuntamente habrían cometido durante una representación de guiñol en el barrio madrileño de Tetuán, en cuya trama denunciaban un montaje policial.
El juez asume el cambio de criterio de la Fiscalía que este miércoles ha pedido modificar la medida de prisión, solicitada el sábado, por libertad con comparecencias.
El mismo magistrado que ordenó el pasado sábado su ingreso en prisión ha admitido el recurso de reforma presentado por la defensa de los miembros de la compañía 'Títeres desde Abajo', los dos titiriteros, Raúl García Pérez, de 34 años, y Alfonso Lázaro de la Torre, de 29, que ha sido apoyado ahora por la Fiscalía al entender que ha disminuido el riesgo de fuga y de reiteración delictiva al haberse incautado su material y haberse rescindido sus contratos.
En su auto el juez explica también que ha tenido en cuenta los argumentos expuestos por la defensa en su recurso y la documental aportada "( no obrante en el momento de acordar la prisión)", donde "se acredita el arraigo familiar que los dos investigados tienen en España, domicilios conocidos, formación académica y actividades desempeñadas por los dos", por lo que “se infiere que no tratarán de sustraerse a la acción de la justicia y consiguientemente el riesgo de fuga queda muy mermado".
El juez añade que en estos momentos es también "escaso" el riesgo de reiteración delictiva -se les ha incautado todo el material teatral- por lo que de conformidad con la petición del Fiscal, modifica la situación de prisión de ambos.
Ismael Moreno impone a ambos titiriteros la obligación de comparecer diariamente en la Audiencia Nacional o en la comisaría más cercana a sus domicilios, así como la prohibición de salir del país por lo que les retira sus pasaportes.
Esta medida cautelar es extrema, ya que ni siquiera Luis Bárcenas, extesorero del PP, ha tenido que comparecer cada día en el Juzgado. Tan sólo el empresario Gao Ping, acusado en una trama de blanqueo china, ha tenido que firmar cada día en la Audiencia Nacional.
La libertad de expresión no ampara el discurso del odio
En el auto, el Juez Ismael Moreno expone que la libertad de expresión no puede ofrecer cobertura al "discurso del odio"; esto es, “a aquél desarrollado en términos que supongan una incitación directa a la violencia contra los ciudadanos en general o contra determinadas razas o creencias”.
El derecho a la libertad ideológica y de expresión, destaca, protege aquellas ideas que pueden resultar "rechazables y molestas para una generalidad de personas", pero no alcanzan a "cobijar la utilización del menosprecio y el insulto contra personas o grupos, ni tampoco a la generación de sentimientos de hostilidad contra ellos". Estas actitudes chocan con el derecho a la dignidad de la persona, la igualdad y el honor.
El juez recoge la jurisprudencia constitucional y concluye que la ley tampoco criminaliza el sentimiento del odio, en tanto "permanezca oculto en el interior del ser humano" porque los pensamientos no delinquen, “sino que lo que se criminaliza son hechos externos que ensalzan tal odio y que constituyen hechos tipificados” en el Código Penal (artículo 578).
El espectáculo de los titiriteros constituyó “un modo de fomentar, promover o incitar -directa o indirectamente- al odio, hostilidad o violencia contra un determinado grupo de personas, una parte del mismo o contra personas determinadas” y suponen “algo más que una clara mofa, de determinados colectivos”.
En su criterio, los titiriteros vulneraron derechos fundamentales, como la igualdad de todos los individuos, y el orden de convivencia existente, bien jurídico protegido de carácter colectivo. Además, entiende que pudieron cometer un delito de peligro abstracto que se consuma con esa "provocación al odio", sin que sea necesario que el receptor del discurso modifique su conducta influenciado por el mismo.
'Rambo' o 'Pesadilla en Elm Street', más violentas
En cuanto a la comisión del delito de enaltecimiento, el juez destaca que "cualquier persona que lea la expresión incluida en el cartel exhibido por los investigados 'GORA ALKA-ETA' puede verificar que se está alabando o justificando a los terroristas o a los propios hechos" y añade que la exhibición con ocasión de una escenificación de una obra con guiñoles no supone por sí misma la despenalización de esta conducta.
La defensa de los titiriteros alegaba que se trataba de una pancarta de pequeño tamaño que uno de los guiñoles colocó a la bruja para incriminarla y que había obras de ficción más violentas como Rambo o Pesadilla en Elm Street, así como multitud de obras clásicas, incluyendo las de Shakespeare o Crimen y Castigo de Dostoyevsky, en las que aparecen escenas sexuales explícitas y el asesinato de personas.
Aseguraron que la obra La Bruja y Don Cristóbal, en la que se veía el ahorcamiento de un juez o varios apuñalamientos, no estaba dirigida a un público infantil y se trató de "una sátira humorística representada con motivo de los Carnavales", que no se encontraba catalogada como espectáculo infantil, sino que se incluye en las denominadas de 'Teatro Popular', como así refleja en su página web.
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