MADRID
Actualizado:El 24 de mayo, agencias y medios de comunicación recogían que el juez Peinado, en el marco de la investigación a la esposa de Pedro Sánchez, había solicitado a la Policía Nacional que, "visto el estado de las presentes actuaciones", le remitieran "a la mayor brevedad posible una copia autenticada y de tamaño legible y visible del DNI de la investigada Begoña Gómez". Casualmente, justo un día antes, el mismo juez había decidido levantar el secreto del sumario, con lo que esta petición perdía la condición de confidencial para las partes y para el público en general, lo que facilitaba su difusión.
El día en que ocurre todo eso es el 24 de mayo, jornada en la que comenzaba la campaña de las elecciones europeas y en la que el juez Peinado ponía en el foco a la esposa del presidente del Gobierno. Pero no iba a ser la única vez en campaña que llevara a cabo una maniobra similar. A cinco días de las votaciones, el juez decidió anunciar que citaba como investigada a Begoña Gómez para declarar el 5 de julio.
Estas actuaciones del juez Peinado, cuya hija es concejal del PP en el Ayuntamiento madrileño de Pozuelo de Alarcón, han marcado los debates y el recorrido de la carrera para las elecciones al Parlamento Europeo.
La figura de Begoña Gómez como investigada en esta causa sorprendió al Ejecutivo porque la Unidad Central Operativa (UCO), en un informe integrado en la causa y entregado al juez Peinado, había descartado indicios de delito en las actuaciones de la esposa del presidente.
Sin embargo, la solicitud por parte del juez a la Policía Nacional de una copia del DNI de Begoña Gómez justo el día que se iniciaba la campaña electoral y el hecho de que esa providencia del juez se filtrase automáticamente a la prensa, previo oportuno levantamiento del secreto sumarial por parte del magistrado, no están tampoco exentos de polémica. No por esta forma de operar solamente, sino porque el propio juez tenía el DNI de la esposa del presidente desde ocho días después de la incoación judicial de la causa.
El 24 de abril, el juzgado de instrucción número 41 que dirige Peinado registró el escrito de personación en procedimiento de Begoña Gómez y el documento de representación de su abogado, el exministro Antonio Camacho. En ese documento se identifica claramente el DNI de la esposa de Pedro Sánchez.
Pero, además, la Guardia Civil incluyó en su informe hasta en dos ocasiones el DNI de Begoña Gómez para argumentar su razonamiento a lo largo de la investigación que el propio juez Peinado había encargado.
Por lo tanto, en ese auto que había sido recogido por agencias y medios el mismo día 24 de mayo, el juez Peinado solicitaba mediante providencia un dato con el que ya contaba dentro del sumario de la causa que estaba instruyendo.
En declaraciones en Antena 3, José Antonio Martín Pallín, magistrado emérito de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, apuntaba en este sentido que en el caso de la esposa de Sánchez "se han tomado algunas decisiones esperpénticas. Por ejemplo, nos hemos olvidado de que [el juez Peinado] pidió el documento nacional de identidad de la señora Begoña Gómez a la Policía. Esto pone en entredicho la racionalidad de la actuación del juez".
El bulo del DNI de Begoña Gómez en la causa
El 7 de abril, The Objective publicaba un texto con el título "El Gobierno oculta el importe de una subvención a nombre de Begoña Gómez", en el que se aseguraba que en el listado de beneficiarios de la Base de Datos Nacional de Subvenciones aparecía el nombre de Begoña Gómez con el DNI parcialmente anonimizado. En ese listado, figuraba una persona con el nombre "María Begoña Gómez Fernández" y se mostraban los números centrales de su DNI (***0766**). Sin embargo, como se pudo demostrar posteriormente, esas cifras, en esas posiciones, no coincidían con el DNI de la esposa de Pedro Sánchez. De hecho, la propia Begoña Gómez informó a Maldita.es de que ese no era su DNI.
Este texto de The Objective fue uno de los que incluyó el pseudosindicato Manos Limpias en su denuncia contra Begoña Gómez, pero esta misma organización, en una declaración complementaria del 26 de abril, explicaba al juzgado que "tal noticia fue rectificada por el periodista de dicho medio, sin tener esta parte [Manos Limpias] conocimiento de ello, por lo que se solicita no se tenga en cuenta en consideración la referida noticia".
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