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El Constitucional avala la reforma que permite a las menores de 16 y 17 abortar sin permiso de los padres

Los magistrados Concepción Espejel, Enrique Arnaldo, César Tolosa y Ricardo Enríquez, del ala conservadora, han anunciado voto particular en contra de la decisión de la mayoría del tribunal.

Una mujer lleva un pañuelo a favor del aborto legal en una manifestación por el derecho a decidir, a 28 de septiembre de 2023.
Una mujer lleva un pañuelo a favor del aborto legal en una manifestación por el derecho a decidir, a 28 de septiembre de 2023 (Archivo). Matias Chiofalo / Europa Press

El Tribunal Constitucional ha avalado este martes la reforma legal que permite a las menores a partir de los 16 años abortar sin permiso de los padres o tutores legales. Esta modificación fue aprobada en 2023 y equipara la interrupción voluntaria del embarazo al resto de intervenciones quirúrgicas que no conllevan situaciones de grave riesgo para la salud, que tampoco requieren de este permiso. 

La mayoría del tribunal ha rechazado el recurso que presentaron los diputados de Vox contra la Ley 1/2023 de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, que modificaba la aprobada en 2010.

Fuentes jurídicas consultadas han indicado que el Pleno de la corte de garantías ha aprobado el borrador de la sentencia que ha redactado la magistrada del ala progresista Laura Díez.

Cinco magistrados del ala conservadora del Constitucional han votado contra la reforma del aborto

No obstante, los magistrados Concepción Espejel, Enrique Arnaldo, César Tolosa y Ricardo Enríquez, del ala conservadora, han anunciado voto particular en contra de la decisión de la mayoría.

Los de Santiago Abascal llevaron la ley ante el Constitucional al considerar que vulnera los principios de libertad, pluralidad y legalidad, y los derechos a la vida, a la igualdad y a la libertad ideológica.

El Congreso aprobó en febrero de 2023 la reforma que devolvía a las menores desde los 16 años el derecho al aborto sin necesidad de contar con permiso paterno, un aspecto sobre el que el TC no se pronunció en 2023 al resolver el recurso del PP contra la ley del 2010, porque el Gobierno de Mariano Rajoy suprimió ese artículo en 2015.

La norma también suprimió los tres días de reflexión, garantiza que la interrupción del embarazo se pueda llevar a cabo en hospitales públicos y blinda el aborto frente a protocolos antiabortistas.

Por otro lado, el texto recoge la creación de un registro de objetores de conciencia para el personal sanitario y elimina la obligación de informar a la mujer sobre las prestaciones y ayudas de apoyo a la maternidad y también el plazo de reflexión de tres días

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