El Tribunal Supremo ha avalado la persecución y enjuiciamiento de delitos de lesa humanidad cometidos antes de la reforma que los introdujo en nuestro Código Penal en 2003.
'La voluntad de perseguir penalmente esta clase de hechos (asesinatos, detenciones ilegales y otros) cuando concurre el elemento de contexto, estaba establecida internacionalmente de forma generalizada en normas de Derecho Penal Internacional, al menos desde la creación de los tribunales internacionales tras la finalización de la Segunda Guerra Mundial', afirma el alto tribunal.
Por ello, ratifica la condena por delito de lesa humanidad impuesta en abril de 2005 por la Audiencia Nacional al ex militar argentino Adolfo Scilingo por los crímenes de la dictadura argentina (1976-1983), pero la eleva sensiblemente. En concreto, sube de 640 a 1.084 años de cárcel la pena, al condenarle por 30 asesinatos y como cómplice de 255 desapariciones, en vez de por un solo delito de lesa humanidad con el resultado de 30 muertes, una detención ilegal y torturas.
El propio Scilingo admitió ante el juez Baltasar Garzón haber participado en los llamados 'vuelos de la muerte', desde los que fueron arrojadas al mar 30 personas que habían sido engañadas y narcotizadas.
La sentencia, que cuenta con cuatro votos particulares discrepantes -tres contra la competencia española para juzgar a Scilingo y uno partidario de que se le hubiera condenado por genocidio-, señala que los asesinatos y las detenciones ilegales estaban penadas en Argentina y en España cuando se cometieron, y constituían crímenes contra la humanidad, según el Derecho Penal Internacional.
El aumento de la pena está justificada en que, a pesar de lo anterior, la resolución precisa que 'la condena por los tribunales españoles no podría utilizar formalmente' el nombre jurídico de 'crímenes de lesa humanidad, ni imponer las penas previstas en esa norma, pero nada impide que se refiera a delitos de asesinato y detención ilegal, que constituirían, según el derecho interno en el momento de la persecución, crímenes contra la Humanidad'.
De lo único que es absuelto Scilingo es del delito de tortura, porque no estaba penado en España entonces.
Determinación del número
El alto tribunal explica que no se le puede condenar por todas los secuestros y desapariciones cometidas durante el tiempo que estuvo destinado en la Escuela Mecánica de la Armada (ESMA), pero sí como cómplice de 255 de ellos. El Supremo añade que, aunque hubiera cometido más, sería irrelevante penalmente, ya que sólo cumplirá un máximo de 25 años en prisión, porque es lo previsto en el Código vigente, que es más beneficioso para el reo.
Su abogado, Fernando Pamos de la Hoz, anunció que recurrirá en amparo ante el Tribunal Constitucional.
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