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MADRID.- Fue el resultado de una tormenta perfecta: sus años de oposición, las charlas jurídicas ante un café, un magistrado que es uno de los mayores especialistas en Derecho bancario... Todo confluyó en aquella sala de vistas de los juzgados de Mataró, el 3 de junio de 2014, y en una sentencia histórica. Era la primera que se condenaba a Bankia por el falseamiento civil de sus cuentas.
Ese día del juicio había diez abogados entre el público tomando notas. La estrategia procesal seguida por Didac Coll (Mataró, 1976) ante el magistrado Pablo Izquierdo Blanco, titular del Juzgado de Primera Instancia 1 de Mataró (Barcelona), se aventuró en un camino inédito hasta entonces y abrió la puerta a la esperanza de miles de perjudicados por la salida a Bolsa de Bankia, en 2011.
Ahora, ese camino ha sido confirmado por el Tribunal Supremo, cuya Sala de lo Civil anuló el pasado miércoles dos contratos con órdenes de compra de acciones porque la entidad financiera cometió "graves inexactitudes" en su folleto de salida a Bolsa. La resolución permite, además, que los miles de afectados sigan adelante con sus demandas, al margen del proceso penal abierto en la Audiencia Nacional y sepan o no de Economía.
El Supremo no confirmó la sentencia favorable que logró Coll, sino dos posteriores de las Audiencias de Valencia y de Oviedo; la sentencia que abrió este camino inédito aún espera ser resuelta por la Sección Primera de la Sala de lo Civil de la Audiencia de Barcelona, donde entró el 2 de septiembre de 2014 al haber sido recurrida por Bankia.
¿Cuál fue la clave de su demanda?
"Los compañeros que habían pleiteando antes se centraron en el producto financiero y, como con las preferentes, en el cliente, en la idea de que no entendía lo que es una acción. Nosotros le dimos la vuelta y planteamos una perspectiva nueva: nuestro cliente sí que sabía lo que era ganar y perder en la Bolsa, asumía la volatilidad de una acción. El error no estaba en el tipo de producto; incluso, como consumidores, nos daba igual la razón por la que Bankia había reformulado sus cuentas: no entrábamos a ver si había allí un ilícito penal, una irregularidad o un cambio de criterio contable. Lo que defendimos ante el juez es que si en el momento de firmar el contrato Bankia nos hubiera presentado las cuentas que finalmente resultaron válidas, nosotros jamás hubiéramos comprado las acciones".
El planteamiento fue audaz y sólido. El problema estaba en que la imagen que Bankia había reflejado en su folleto de salida a Bolsa no se correspondía con la realidad: meses después la entidad había tenido que ser rescatada por el Estado con 19.000 millones de euros.
En el bar Centric Café, de Mataró, confluyen todo jurista que se precie de la localidad. Situado frente a los juzgados, fue el lugar donde Didac Coll (socio de Coll & Silveira Advocats) se reunía con Sergio Blanco Mora (de Lex&Co), abogado de la ahora desaparecida Gestoría Beltrán, para dar vueltas a cómo hincar el diente a la demanda que un cliente del segundo quería interponer contra Bankia.
Francisco Carmona: de albañil jubilado a banquero por mil euros
Francisco Carmona, albañil jubilado de Mataró, había comprado acciones por valor de 41.000 euros y se sentía engañado. Al igual que los miles de pequeños accionistas que habían acudido a la Oferta Pública de Valores, aconsejados por los empleados de la entidad y en respuesta a una campaña con el lema: "Hazte banquero por 1.000 euros".
"Si nos basábamos en la publicidad engañosa, la línea de la prejudicialidad penal era más tenue"
Coll y Blanco no veían la salida. Su cliente no estaba personado en la querella presentada por la salida a Bolsa de Bankia; esto es, no le afectaba la llamada prejudicialidad penal, que hubiera supuesto tener que esperar a que la Audiencia Nacional condenara o absolviera a la cúpula de Bankia, con Rodrigo Rato a la cabeza, antes de reclamar la devolución de lo invertido.
"¿Porqué no íbamos al Juzgado Mercantil? Porque si nos basábamos en la publicidad engañosa, la línea de la prejudicialidad penal era más tenue y hubiera resultado que nos centrábamos en las cuentas en lugar del consumidor perjudicado", explica el abogado a Público.
Encontraron la inspiración allí, en el Centric, ante el auto de la Audiencia Nacional que admitía a trámite la querella de Unión Progreso y Democracia. El magistrado del Juzgado Central de Instrucción 4, Fernando Andreu, se preguntaba el 4 de julio de 2012:
"¿Qué ocurre con tanta y tanta gente que invirtió sus ahorros en una entidad sobre la base de unos coeficientes, ratios y resultados que, a la postre, se han revelado absolutamente falsos? (...) ¿Acaso el Folleto advertía del riesgo de que las cuentas fueran falsas y hubiera de ser reformuladas, de que la Sociedad se encontrara en realidad en causa de disolución y de que fuera necesario inyectar 19.000 millones adicionales de fondos del FROB para sanearla?", se pregunta retóricamente para hacerse entender.
"Teníamos que atacar la situación patrimonial y financiera de Bankia... Vimos abierta la vía civil"
"Descubrimos que se estaba dando con la tecla equivocada del piano. Había que presentar una demanda con un planteamiento totalmente opuesto al que existía hasta entonces: teníamos que atacar la situación patrimonial y financiera de Bankia... Vimos abierta la vía civil".
Con esa perspectiva nueva presentaron la demanda. El magistrado del caso, Pablo Izquierdo Blanco, "es una eminencia en Derecho bancario, muy estudioso de los temas que se lo plantea todo. Y aceptó lo que solicitábamos: las comunicaciones entregadas por Bankia a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), tanto las iniciales de la salida a Bolsa como las reformuladas. Hoy en día puede parecer una obviedad, pero entonces sólo se concedían las entregadas en el Registro Mercantil, donde sólo figuraba la contabilidad modificada", recuerda Coll.
Localizar los cambios, una aguja en un pajar
Folio a folio y a mano, Coll y Blanco compararon las magnitudes de cada uno de los escritos presentados a la CNMV: el de la salida a Bolsa y el modificado. Y pudieron demostrar que el folleto de la salida a Bolsa respondía al folio 556 de las cuentas originales presentadas a la CNMV. Ahí estaba la prueba de que se había producido un cambio sustancial de las cuentas.
Pudieron exponer así que la supuesta adaptación contable de Bankia a la nueva normativa, que era lo que la entidad argumentaba, no era la causa de que el grupo hubiera pasado de unos beneficios de 253 millones de euros a unas pérdidas de 3.3031 millones de euros, como reflejaban las cuentas reformuladas.
"A ningún cliente se
le informó de la multitud
de créditos inmobiliarios
que tenía Bankia"
Y lograron apuntalar esta perspectiva: las demás entidades financieras no habían reformulado sus cuentas ante esos mismos cambios legislativos. Por si fuera poco, el Banco de España exige en su normativa que las cuentas deben seguir un criterio "claro, relevante, fiable y comparable", que se debe mantener en el tiempo.
Había habido un error en el consentimiento del cliente. "A ningún cliente se le informó de la multitud de créditos inmobiliarios" que tenían Bankia, fruto de la fusión de las cajas de ahorros y que "técnicamente no eran impagados porque estaban en carencia pero que eran muy dudosos de llevarlos a cobro".
"¿Qué probabilidades tenía Francisco Carmona de conocer la situación real financiera de Bankia cuando compró sus acciones? La respuesta era ninguna", subraya. Y así pudo probarlo.
La sentencia dictada por Pablo Izquierdo Blanco tres días después del juicio, el 6 de junio de 2014, circuló como la pólvora y es de consulta obligada para los letrados de los miles de perjudicados por Bankia que pleitean en los tribunales.
El magistrado Izquierdo consideraba difícil pensar que "el hombre medio, en su cabal juicio, vaya a suscribir acción alguna" de una entidad de reciente creación, con menos de un año de vida, auditada, que haya salido a bolsa por primera vez en su historia y que indique después a sus accionistas que está en quiebra técnica y con pérdidas consolidadas de 3.318 millones de euros.
La sentencia era contundente: los accionistas habían sufrido un engaño civil, por lo que anulaba los contratos firmados por Francisco Carmona.
"Bankia exageró (por no
decir falseó) su situación de solvencia aparente"
El también Decano de los jueces de Mataró reprochaba a Bankia que en su proceso de comercialización, no sólo omitió la información real de su situación, "sino que puede decirse sin rubor, que exageró (por no decir falseó) su situación de solvencia aparente, al objeto de que la suscripción de las acciones por los particulares fuese atractiva para los mismos, amparados en unos números de estabilidad y solvencia que el tiempo ha demostrado que no solo no eran reales, sino que ocultaban la situación de quiebra técnica de la entidad".
Didac Coll transmite su admiración por los juristas que aplican cada día el Derecho enfrentándose a los problemas de la sociedad, como Pablo Izquierdo, autor de la sentencia, y por quien fue su preparador de oposiciones, el magistrado Jesús Navarro Morales: "brillante a nivel personal y profesional, me cambió la vida".
Dedicó seis años de su vida a la oposición a juez, que no logró sacar pero que le aportó una sólida formación: "Soy el abogado que soy gracias a la oposición".
"Soy el abogado que soy gracias a la oposición"
Juan Manuel Moreno Yagüe, abogado vinculado entonces al movimiento 15MpaRato, invitó a Coll a exponer las claves de la sentencia ante los afectados, en Madrid. Corría el año 2014. Allí les animó a continuar por el camino iniciado en Mataró.
Hoy, Didac Coll lleva 250 casos sobre la salida a bolsa de Bankia por toda España. Son pocos en comparación con otros despachos, pero él es quien personalmente los defienda en los juzgados.
La senda marcada por esta sentencia fue ampliada y profundizada por numerosos abogados ante los diversos juzgados civiles. Bankia lleva ya más de 6.000 casos perdidos en primera instancia.
Tras el anuncio del fallo del Supremo, Coll ha pedido para Francisco Carmona la ejecución provisional de la sentencia de primera instancia. Esto es, que Bankia le devuelva el dinero hasta que la Audiencia de Barcelona confirme la resolución histórica del juez Izquierdo.
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