El Consejo de Ministros aprobó hoy la modificación del Convenio de Santiago de Compostela, firmado entre España y Portugal en octubre de 2004 para impulsar el Mercado Ibérico de la Electricidad (MIBEL), con el fin de compatibilizar las regulaciones del sector energético entre ambos países.
Según la referencia del Consejo de Ministros, el objetivo de esta modificación es adaptar dicho convenio al acuerdo, alcanzado el pasado 8 de marzo entre los ministros de Industria, Turismo y Comercio de España, Joan Clos, y de Economía e Innovación de Portugal, Manuel Pinho.
Dicho acuerdo establecía un plan para compatibilizar la regulación del sector energético hispanoluso, que permitirá, junto con un adecuado desarrollo de las infraestructuras de interconexión, lograr una integración plena y efectiva de ambos sistemas.
Los avances y compromisos adoptados requieren incorporar de manera simultánea al ordenamiento jurídico de ambos países los acuerdos alcanzados en el ámbito político y eliminar eventuales contradicciones que pudieran surgir de la redacción en vigor de dicho convenio.
No obstante, la práctica totalidad de las disposiciones contenidas en esta modificación ya están en vigor en España, en la Ley del Sector o en disposiciones de rango inferior que la desarrollan.
Uno de los cambios más relevantes es la creación del Operador del Mercado Ibérico (OMI), fruto de la fusión de los operadores de ambos países, que configura su estructura organizativa, con dos sociedades holding y dos sociedades gestoras, la composición del consejo y las limitaciones a la participación de terceros en su capital social.
Asimismo, destaca el fomento de la liquidez y competencia en los mercados, ya que el nuevo texto define reglas comunes para reducir el poder de mercado creando el concepto de Operador Dominante Ibérico.
Además, establece la celebración conjunta de subastas virtuales de capacidad (VPP) y subastas para la adquisición de la energía para el suministro a tarifa (CESUR).
Otra de las principales novedades es la armonización normativa mediante la definición conjunta de un calendario para la entrada en vigor del suministro de último recurso que, en el caso de España, ya está recogido.
La modificación recoge el establecimiento de un consejo de reguladores de ambos países en el que estarán integradas la Entidad Reguladora de los Servicios Energéticos, en el caso de Portugal, y la Comisión Nacional de Energía, en el caso español.
¿Te ha resultado interesante esta noticia?
Comentarios
<% if(canWriteComments) { %> <% } %>Comentarios:
<% if(_.allKeys(comments).length > 0) { %> <% _.each(comments, function(comment) { %>-
<% if(comment.user.image) { %>
<% } else { %>
<%= comment.user.firstLetter %>
<% } %>
<%= comment.user.username %>
<%= comment.published %>
<%= comment.dateTime %>
<%= comment.text %>
Responder
<% if(_.allKeys(comment.children.models).length > 0) { %>
<% }); %>
<% } else { %>
- No hay comentarios para esta noticia.
<% } %>
Mostrar más comentarios<% _.each(comment.children.models, function(children) { %> <% children = children.toJSON() %>-
<% if(children.user.image) { %>
<% } else { %>
<%= children.user.firstLetter %>
<% } %>
<% if(children.parent.id != comment.id) { %>
en respuesta a <%= children.parent.username %>
<% } %>
<%= children.user.username %>
<%= children.published %>
<%= children.dateTime %>
<%= children.text %>
Responder
<% }); %>
<% } %> <% if(canWriteComments) { %> <% } %>