Madrid
Actualizado:Saber cómo funciona un 'software' que decide quién recibe o no una ayuda pública debería de ser algo natural, normal, de la misma manera que podemos conocer las normas y leyes que rigen nuestra vida en sociedad: ambos son códigos. Con esa premisa, la Fundación Civio ha interpuesto un recurso ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Adminstrativo (Audiencia Nacional) que, de prosperar, podría obligar a los poderes públicos a liberar el código fuente de las aplicaciones creadas por sus empleados. Y convertiría a España en uno de los países más transparentes del mundo.
El pasado día 20 de junio, Civio presentó su recurso ante la negativa del Consejo de Transparencia de obligar a hacer público el código de un programa que decide quién resulta beneficiario del bono social eléctrico. Todo ello a consecuencia de un descubrimiento de esta fundación: la aplicación niega esta ayuda a personas que tienen derecho a ella.
El bono social eléctrico, una de las medidas de ayuda contra la pobreza energética más publicitadas, ha dado problemas casi desde el principio. Ya el pasado año, en vista de las complicaciones fruto de un sistema complejo para solicitar esa bonificación, tuvo que ser prorrogado. La propia Fundación Civio y la Comisión Nacional de Mercados y Competencia (CMNC) impulsaron una aplicación sencilla para calcular si uno tiene derecho al bono social de la luz y solicitarlo en su caso.
No obstante, la citada fundación detectó errores en la concesión de los bonos sociales: el sistema estaba excluyendo del mismo a quienes tenían derecho a acceder a él. Este sistema se denomina BOSCO y es un programa usado por las eléctricas, pero desarrollado por el Gobierno, para evaluar quién es beneficiario de este descuento en la factura de la luz.
Civio solicitó acceder a la documentación y el código fuente de BOSCO para evaluar si el programa informático hacía bien su trabajo. Pero ahí comenzaron los problemas: si bien recibieron documentación sobre las funcionalidades del programa, ni el Ejecutivo ni el Consejo de Transparencia accedieron a entregar el código fuente del mencionado 'software'.
"Es relevante que un juez decida si el código de las aplicaciones de las administraciones sean de acceso libre"
"La idea de interponer el recurso, en realidad, nos la dieron ellos", comenta la directora de Civio Eva Belmonte en conversación telefónica con Público. "La respuesta a nuestra petición de información estaba tardando una barbaridad y nos admitieron que la razón de ese retraso es que la petición iba de ministerio en ministerio, ya que entendían que entregarnos el código fuente de una aplicación podría desembocar en una obligación de hacer lo mismo con todos los programas públicos cada vez que alguien hiciese una solicitud de información".
"Con la documentación que nos aportaron ya podíamos demostrar que el programa no funcionaba bien y seguramente se arreglen", apunta Belmonte, que añade: "Pero creemos que es relevante que el juez decida si a partir de ahora el código de las aplicaciones que se desarrollan internamente en las administraciones deber poder ser de acceso libre".
La demanda, redactada por el abogado y doctor en filosofía Javier de la Cueva, incide precisamente en la idea de que el código de un programa informático desarrollado por el Gobierno, debería ser de acceso público, al igual que las propias leyes y de una larga lista de datos. "Creemos que los códigos que deciden y que nos afectan tienen que ser públicos, con sus excepciones lógicas como la seguridad nacional o la defensa de derechos individuales y humanos", apunta Belmonte, que insiste: "A priori, el código fuente debería de libre acceso".
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Por esa razón, la fundación ha acudido a la Justicia con un recurso que, si prospera, podría cambiar de forma radical la relación de las administraciones públicas con los ciudadanos, quienes podrían terminar accediendo libremente al código fuente de sus aplicaciones.
La importancia del código fuente
¿Por qué es tan importante acceder al código fuente del programa en cuestión? Para De la Cueva, "es importantísimo", dado que "la aplicación de medios tecnológicos no puede impedir el ejercicio de los derechos fundamentales y, para permitir tal ejercicio, hemos de tener el derecho de inspeccionar su correcto funcionamiento".
"Mediante la ejecución del código fuente de un programa —en este caso, BOSCO— se generan derechos y obligaciones", apunta el letrado, "por tanto el ciudadano tiene tanto derecho a inspeccionar su funcionamiento como lo tiene con respecto a cualquier otra norma jurídica". "Porque el hecho es que se están regulando derechos y obligaciones con un código que es secreto", afirma, en conversación telefónica.
Para el abogado, la situación sería equivalente a trabajar con una base de datos en cuyas columnas se ejecutasen operaciones matemáticas ocultas sin que pudiésemos controlar los resultados. Conocer los procesos es, para De la Cueva, algo clave, ya que lo contrario implica "que no podamos luchar contra la arbitrariedad de la administración pública, y ésta nos tiene que explicar por qué toma las decisiones según el principio de la seguridad jurídica". "No estamos pidiendo nada nuevo, ese principio es muy antiguo", apunta este abogado.
"El ciudadano tiene derecho a inspeccionar el funcionamiento de una aplicación como lo tiene con cualquier otra norma"
"Lo que pasa es que normalmente un juez no sabe qué es un algoritmo", lamenta De la Cueva, que se muestra cauto en este caso: "Si los jueces aún no han entendido siquiera qué es un hiperenlace [el TJUE dijo primero que constituye un acto de comunicación pública y luego tuvo que inventarse la exigencia de un público nuevo, que no viene en ninguna parte, como la única manera de salir de un 'embolado jurídico'], habrá que trabajar no sólo para ganar un caso sino para imponer un criterio social de reconocimiento, como en su momento sucedió en la Ilustración con el imperio de la ley".
Para De la Cueva, tampoco vale la excusa de que el código esté protegido por derechos de autor. Se podría entender así si hablamos de un 'software' propietario externo contratado por la administración, pero no si nos referimos a un código creado en el seno de la propia administración. La normativa prevé excepciones que, sostiene De la Cueva, ha de ser interpretadas en sentido amplio, no restrictivo: "Cualquier escrito, cualquiera, tiene propiedad intelectual", recuerda, "y hay muchísimos casos que no se ajustan literalmente a las excepciones, como un informe de un experto o una base de datos".
En cualquier caso, Javier de la Cueva afirma que este asunto puede suponer un primer paso, pequeño pero necesario, para intentar iniciar un cambio que deberá ser más profundo. "Podría marcar un hito si el caso llega al Tribunal Supremo, porque necesitamos jurisprudencia", reconoce. Para él, "la victoria sería llegar a un convencimiento intelectual nuevo que rompa con el modelo de pensamiento jurídico que hemos tenido hasta ahora, que ni siquiera entiende lo que realmente es un hiperenlace y que no es transdiciplinar".
"Necesitamos nuevas generaciones, nuevos estudios combinados entre informática, derecho y documentación", sostiene De la Cueva, y añade: "Es necesario un nuevo movimiento hacktivista, una nueva ilustración, que luche contra las cajas negras y contra el control derivado de los códigos secretos".
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