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El Supremo insta al Gobierno a incluir los toros en la oferta del bono cultural joven

El tribunal estima un recurso de la Fundación Toro de Lidia y anula el artículo del real decreto que regula el bono cultural joven y que excluía específicamente los espectáculos taurinos de las actividades que integran la oferta de esta ayuda.

El diestro Juan Ortega con el capote durante una corrida de toros el 5 de febrero de 2023, en Valdemorillo, Madrid.
El diestro Juan Ortega con el capote durante una corrida de toros el 5 de febrero de 2023, en Valdemorillo, Madrid. Rodrigo Jiménez / EFE

El Tribunal Supremo ha decidido anular la exclusión de los espectáculos taurinos del inventario de actividades que oferta el bono cultural joven de 2022, de 400 euros, ante la falta de justificación del Gobierno. 

La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha estimado el recurso interpuesto por la Fundación Toro de Lidia contra el real decreto que regula el bono cultural y anula la expresión "y taurinos" del artículo 8.2. que fija las actividades excluidas.

Se trata de una decisión, tal y como apuntan fuentes jurídicas, que no implica que los toros estén ya incluidos en el bono cultural, ya que el Ejecutivo tiene la posibilidad de justificar de una manera más firme la exclusión.

La Sala explica que no hay razones que justifiquen la exclusión y que "no nos parecen válidas al efecto las que ofrece su preámbulo ya que únicamente dice que los espectáculos taurinos se fomentan a través de otros instrumentos y que cada Administración tiene capacidad para decidir libremente los sectores o actividades de interés o utilidad pública que fomenta y de qué modo lo hace".

Según el escrito del Supremo, se trata de unas explicaciones genéricas que son "insuficientes", máxime cuando existen disposiciones legales específicas que instan a los poderes públicos a actuar positivamente en un determinado ámbito, tal y como sucede con el de la Tauromaquia.

La Abogacía del Estado defendió que la Administración General del Estado sí cumple con su obligación de promover la Tauromaquia, tal como lo prueban las iniciativas como el Premio Nacional de Tauromaquia anual de 30.000 euros, la subvención de 35.000 euros a la Fundación recurrente o el proyecto Culturas del Toro.

Pero la Sala responde que estas argumentaciones no les parece, sin embargo, "que ayuden a subsanar la carencia de justificación de la exclusión por la sencilla razón de que son puntuales".

En cambio, subraya que "la consistente en el bono cultural joven tiene una proyección de carácter general y, además, puede considerarse cualificada en tanto se dirige a una nueva generación, o sea, mira al futuro representado por los jóvenes –según el Consejo de Estado, casi 500.000– perspectiva que es fundamental cuando de la conservación y promoción del patrimonio cultural se trata".

"No hay, pues, entre las actuaciones reseñadas y el bono cultural joven, que comporta 210 millones de euros, la proporción necesaria para concluir que se dispensa a la Tauromaquia un tratamiento equilibrado con la significación que tiene reconocida por el legislador", añade el Supremo.

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