barcelona
La decisión del juez Santiago Vidal de permitir que Fira de Barcelona contratara otra empresa para montar los escenarios del Sónar, ha generado una polémica que va mucho más allá del festival de música. La resolución del juez Vidal desestimaba las medidas cautelares solicitadas por los riggers, los montadores contratados por el ente ferial para realizar estas tareas, que desde el 11 de julio y hasta el día 20 se encuentran en huelga. Los empleados denunciaban "la contratación de otros trabajadores para llevar a cabo nuestra actividad mientras protestamos".
Ante esta petición, Santiago Vidal considera que prevalecen los derechos adquiridos por la compañía encargada del montaje del Sónar, una Unión Temporal de Empresas (UTE) subcontratada por la Feria, que el derecho de huelga de los riggers, que según el texto del juez "intenta presionar una tercera parte" con el conflicto.
Más allá de la resolución de este problema concreto, el auto judicial ha abierto el debate de cuáles son los límites del derecho de huelga, en el marco de un sistema productivo y de un modelo económico en el que la totalidad de las empresas externalizan o ceden los servicios a otras. Aunque la sentencia definitiva sobre si se ha vulnerado el derecho de huelga de los riggers no se conocerá hasta el mes de septiembre, el juez Vidal ha dado algunas pistas, asegurando que hay que "buscar soluciones legales que permitan celebrar el festival sin atacar el derecho de huelga "de los trabajadores de UTE Rigging".
Más allá de la resolución de este problema concreto, el auto judicial ha abierto el debate de cuáles son los límites del derecho de huelga, en el marco de un sistema productivo y de un modelo económico en el que la totalidad de las empresas externalizan o ceden los servicios a otras. Aunque la sentencia definitiva sobre si se ha vulnerado el derecho de huelga de los riggers no se conocerá hasta el mes de septiembre, el juez Vidal ha dado algunas pistas, asegurando que hay que "buscar soluciones legales que permitan celebrar el festival sin atacar el derecho de huelga "de los trabajadores de UTE Rigging".
El derecho de huelga, en riesgo
El secretario de Acción Sindical de CGT Catalunya, Óscar Murciano, advierte sobre los riesgos que planean sobre el derecho a hacer una huelga. "Resulta esencial que, más allá de que los trabajadores no hagan su trabajo, lo importante de un paro es que se paralice el servicio". Murciano recuerda que el juez Vidal ha tomado como base una sentencia previa del Tribunal Supremo (TS), que prioriza los intereses de las empresas ante la libertad de los empleados.
"En el 95% de las huelgas que se hacen hoy en día, las firmas perjudicadas son empresas subcontratadas por la principal", precisa Murciano para desmontar uno de los argumentos de la resolución judicial, que acusaba a los huelguistas de afectar el funcionamiento previo del Sónar y la actividad de Fira de Barcelona. El responsable sindical recuerda que el Real Decreto sobre las relaciones de trabajo, conocido como la Ley de Huelga, data del año 1977. "El cambio de modelo económico ha provocado que ninguna empresa siga internalizando la totalidad de sus procesos productivos". Según Murciano, la descentralización del mercado laboral hace que sea inevitable ocasionar daños indirectos a otras compañías cuando se plantea una huelga.
En la CGT se preguntan: "¿Qué huelga no afecta al resto de los trabajadores?" Además, Murciano apunta que la única exigencia que reclamaban los riggers era que el concurso de externalizaciones que debe iniciar Fira de Barcelona aceptara la subrogación de los contratos. "Si el juez hubiera dado el visto bueno, el Sónar se celebraría con las demandas de los empleados conseguidas", lamenta el portavoz de la CGT.
Vaciar el concepto de huelga
El empeño en proteger el derecho de las empresas ha derivado en que la CGT opine que la autoridad judicial está "llevando las cosas a un nivel ridículo". Esta afirmación la comparte la cooperativa de abogados Colectivo Ronda. "La resolución entra en un terreno muy peligroso, que se suma a los ataques que ha recibido recientemente el derecho de huelga". Así lo interpreta el abogado laboralista y socio del colectivo, Natxo Parra. "Al trabajo se le quita su valor personal. Es decir, es más importante que el trabajo se haga que no respetar el derecho a huelga o las condiciones mínimas para el trabajador ", añade.
En este choque de legitimidades, tal como definen el conflicto en el Colectivo Ronda, se contraponen dos derechos: el de huelga y el de la libertad de comercio. Parra insiste que siempre ha de pasar por delante el primero, que es un derecho fundamental recogido en la Constitución. El abogado señala, también rechazando las justificaciones del juez Santiago Vidal, que no es UTE Riggers quien contrata a otra empresa, sino que lo hace la misma Fira de Barcelona, con lo que se anulan los efectos de una posible huelga.
Parra alerta de que el peligro de interpretaciones como éstas es que "los trabajadores no disponen de amparo legal para que las protestas, aunque se hacen contra la UTE, se acaba entendiendo que van dirigidas contra la Fira". En un contexto de descentralización de la estructura empresarial, "apuestas para dejar desamparados a los empleados".
Las actuaciones como las medidas cautelares dictadas para permitir el montaje de los escenarios del Sónar son calificadas de "prácticas de esquirolaje" por parte del Colectivo Ronda, ya que "sustituyes a una serie de trabajadores por otros para realizar la misma tarea". En escenarios como estos, la cooperativa avisa del peligro que destapan y esconden decisiones similares: vaciar de contenidos el derecho a la huelga.
Mientras no se solucione la disputa laboral, que se concretará en septiembre, los riggers mantienen la voluntad de diálogo con la UTE y Fira de Barcelona con el único objetivo de "para preservar nuestros puestos de trabajo". De momento, parece que estos no se podrán defender con una herramienta de movilización como la huelga.
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