córdoba
Actualizado:El cementerio de Barbate está construido sobre un monte de dominio público, cuya titularidad recae de forma compartida en el citado Ayuntamiento gaditano y en el de Vejer de la Frontera, del que se segregó en 1938.
La gestión del servicio fue cedida por el Consistorio a la parroquia del pueblo en los años en que la administración del más allá era asunto casi exclusivo del clero. No hubo convenio ni contraprestación en la cesión de un servicio que ha sido explotado económicamente por la Iglesia católica durante décadas.
Pero tampoco hubo transmisión de la propiedad. De hecho, la ficha oficial de la finca emitida por la Junta de Andalucía no deja lugar a dudas. Titular: Ayuntamiento de Barbate y Vejer de la Frontera.
Las Breñas Alta y Baja cuentan con una extensión conjunta de 830 hectáreas y la totalidad del suelo, según certifica el documento que obra en poder de este periódico, está consignado como "superficie pública. La finca es un bien demanial desde 1862, fue deslindada en 1900 y amojonada en 1911.
Sin embargo, el 1 de febrero de 1983, el obispo de Cádiz se dirigió al registro de la propiedad privada e inscribió a su nombre los 4.200 metros cuadrados del cementerio. El entonces prelado, Antonio Dorado Soto, inmatriculó la finca sin informar a las dos administraciones titulares del monte público y lo hizo en virtud del artículo 206 de la franquista Ley Hipotecaria de 1946, que permitía a los funcionarios inscribir bienes por una vía especial y sin publicidad a terceros.
Tanto es así que el Ayuntamiento de Barbate ha tardado 40 años en saber que la finca de dominio público de la que es titular está inmatriculada a nombre del Obispado de Cádiz y Ceuta. Y ha tenido conocimiento de forma casual, después del revuelo levantado en el pueblo por el aumento exponencial de las tarifas de enterramientos ordenado por el prelado.
Fue entonces, en agosto pasado, cuando funcionarios municipales se presentaron ante el registrador de la propiedad y comprobaron, con enorme sorpresa, la doble inmatriculación del cementerio.
Lo llamativo es que el registrador de la propiedad hubiera admitido en 1983 la inscripción de la necrópolis a nombre de la Iglesia católica cuando la finca era de naturaleza pública y la titularidad recaía en los ayuntamientos de Barbate y Vejer de la Frontera.
El litigio de Ucieza que acabó en el TEDH
El Ejecutivo de Rajoy se vio obligado a derogar el polémico artículo de la Ley Hipotecaria en 2015
El funcionario incurrió, a todas luces, en una clara negligencia cuando no en un trato de favor hacia el diocesano. No es la primera vez que se producen incidentes de doble inmatriculación cuando hay un obispo por medio de un acto registral. Uno de los casos más chocantes acabó en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) y motivó una histórica sentencia en 2014 contra la "arbitrariedad" de las inmatriculaciones episcopales.
Se trata del conocido como litigio de Ucieza, cuando el obispo de Palencia se apropió de un viejo monasterio desamortizado que integraba una finca privada adquirida por un particular años antes. El prelado no tenía título escrito alguno pero invocó el claramente inconstitucional artículo 206 de la Ley Hipotecaria para autocertificar la propiedad.
Todas las instancias judiciales españolas le dieron la razón a la Iglesia católica, incluido el Tribunal Supremo, hasta que la Justicia europea desnudó el privilegio eclesiástico y propinó un sonado varapalo al Gobierno por haber permitido el abuso. El Ejecutivo de Rajoy se vio obligado a derogar el polémico artículo de la Ley Hipotecaria un año después, en 2015.
Lo estrambótico del asunto es que la Iglesia acabó quedándose con el monasterio inmatriculado y fue el Estado quien pagó los 600.000 euros de indemnización al propietario expoliado con dinero del tesoro público.
Un bien inalienable que no puede ser privatizado
Al parecer, las tarifas del cementerio gaditano se han multiplicado hasta por cuatro en algunos casos
El del cementerio de Barbate es un caso también de doble inmatriculación. Y en los dos ejemplos ha sido la inscripción registral del obispo la que ha prevalecido, pese a que no presentó ni un papel que demostrara la propiedad más allá del autocertificado diocesano.
En todo este tiempo los gastos de construcción, mantenimiento y gestión del cementerio han corrido a cuenta de la Diócesis. Pero el suelo sobre el que se asienta es de titularidad municipal y, lo que es más importante, de dominio público. Es decir, se trata de un bien inalienable e imprescriptible y no puede, por tanto, ser privatizado.
El Ayuntamiento de Barbate está estudiando todas las vías jurídicas para hacer valer sus derechos, según indican fuentes municipales contactadas por Público.
Ya el pasado agosto difundió un comunicado tras las protestas de los vecinos por el alza excesiva de las tarifas del cementerio y el supuesto traslado de su gestión desde la parroquia de San Paulino al Obispado. "Vamos a defender nuestro cementerio y para ello no vamos a dejar de plantear todas las acciones necesarias", anunció en una nota pública.
En respuesta al comunicado municipal, la Parroquia de San Paulino negó que la gestión fuera a pasar a manos del Obispado y recordó que el servicio es sufragado de forma íntegra con sus propios recursos y "sin ningún tipo de ayuda o subvención por parte de las administraciones públicas". Al parecer, las tarifas del cementerio se han multiplicado hasta por cuatro en algunos casos.
En 2010, el cementerio fue ampliado con otros 4.500 metros cuadrados sobre el mismo monte público del camposanto originario. Fueron los ayuntamientos de Barbate y Vejer los que solicitaron a la Junta de Andalucía el cambio de uso de la finca de dominio público. Y el 27 de julio de ese año, el Consejo de Gobierno andaluz autorizó la "prevalencia del interés general sobre el forestal" para la ampliación del cementerio.
El acuerdo fue publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) del 13 de agosto de 2010. El documento demuestra dos cosas: que la finca es de dominio público y que solo los dos ayuntamientos gaditanos podían solicitar el cambio de uso para sumar más espacio al camposanto. Es más: el BOJA ya reconoce de forma explícita que ambos consistorios son "cotitulares" de los terrenos afectados del "monte público".
La autorización del notario eclesiástico
Solo entre 1998 y 2015, la Iglesia inscribió casi 2.500 necrópolis, muchas de ellas de titularidad municipal
La doble inmatriculación solo puede ser subsanada por un juez, según señalaron las fuentes consultadas, ya que el registro de la propiedad no tiene facultades para hacerlo, pese a que la inscripción episcopal se ejecutó de forma irregular por uno de sus funcionarios públicos.
Hay otro dato que resulta claramente anómalo. En la nota simple de la inmatriculación del obispo en 1983, se asegura que el cementerio fue adquirido por "título de compraventa en virtud de escritura pública". Lo cual es, a todas luces, incongruente con la naturaleza demanial de la finca sobre la que se asienta.
La nota registral, además, indica que el acto jurídico fue "autorizado por el notario Antonio Dorado Soto", en referencia al obispo de Cádiz. Históricamente, la Iglesia católica nombraba notarios apostólicos para dar fe o autentificar documentos de actuaciones civiles, criminales, económicas o patrimoniales.
Con la separación de la Iglesia y el Estado, materializada en la Constitución de 1978, los notarios eclesiásticos ya no tienen jurisdicción alguna fuera de los asuntos estrictamente diocesanos. El de Barbate es uno más de los miles de cementerios inmatriculados por la Iglesia católica gracias al subterfugio hipotecario que le permitía inscribir bienes sin aportar títulos de propiedad.
Solo entre 1998 y 2015 inscribió casi 2.500 necrópolis, muchas de ellas de titularidad municipal. Y en infinidad de casos los ayuntamientos han seguido sufragando el mantenimiento de los camposantos, pese a haber sido inscritos de forma unilateral por los obispos
¿Te ha resultado interesante esta noticia?
Comentarios
<% if(canWriteComments) { %> <% } %>Comentarios:
<% if(_.allKeys(comments).length > 0) { %> <% _.each(comments, function(comment) { %>-
<% if(comment.user.image) { %>
<% } else { %>
<%= comment.user.firstLetter %>
<% } %>
<%= comment.user.username %>
<%= comment.published %>
<%= comment.dateTime %>
<%= comment.text %>
Responder
<% if(_.allKeys(comment.children.models).length > 0) { %>
<% }); %>
<% } else { %>
- No hay comentarios para esta noticia.
<% } %>
Mostrar más comentarios<% _.each(comment.children.models, function(children) { %> <% children = children.toJSON() %>-
<% if(children.user.image) { %>
<% } else { %>
<%= children.user.firstLetter %>
<% } %>
<% if(children.parent.id != comment.id) { %>
en respuesta a <%= children.parent.username %>
<% } %>
<%= children.user.username %>
<%= children.published %>
<%= children.dateTime %>
<%= children.text %>
Responder
<% }); %>
<% } %> <% if(canWriteComments) { %> <% } %>