sevilla
Actualizado:Felices, emocionadas y aliviadas después de cinco años pendientes de un procedimiento judicial por haber participado en el ‘aquelarre feminista’ que recorrió el centro de Sevilla un 1 de mayo con la denominación “Procesión de la Archicofradía del Santísimo Coño Insumiso y Santo Entierro de los Derechos Sociolaborales”. Así se sienten las tres mujeres que han sido absueltas de una acusación de un delito contra los sentimientos religiosos, por los que la Fiscalía solicitaba para cada una de ellas una multa de 3.000 euros, petición que la acusación particular, ejercida por la Asociación Española de Abogados Cristianos, elevaba a un año de prisión.
“Me siento muy feliz, celebrando la vida, como si me hubieran quitado de encima una losa muy pesada que he cargado durante estos cinco años”, manifestó a Público Antonia Ávalos, una de las tres mujeres procesadas, que es presidenta de la Asociación Mujeres Supervivientes de Violencia de Género en Sevilla, ciudad a la que llegó hace trece años procedente México, huyendo de los malos tratos de su expareja y trayendo con ella a una hija que entonces sólo tenía diez.
A juicio de Ávalos, finalmente el juez ha hecho valer la legítima protesta de las personas que se manifestaron el 1 de mayo de 2014 portando en andas una vagina de cartón y haciendo uso de su libertad de expresión en una época, además, en la que el Gobierno central, en manos del PP, estaba planteando una reforma regresiva de la ley del aborto en España. “Es un triunfo de nuestra libertad de expresión y de todas las personas valientes que luchan por sus derechos y por un mundo mejor”, subrayó la activista feminista.
Aunque este procedimiento judicial aún no está cerrado, porque la sentencia puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial –algo que ya ha anunciado que hará la Asociación de Abogados Cristianos-, Antonia Ávalos ha recalcado que ellas van a seguir luchando por la defensa de los derechos de las mujeres, en las manifestaciones del 25 de noviembre, contra la violencia de género, en las del 8 de marzo, y en cuantas sean necesarias. “Vamos a seguir saliendo a la calle con nuestros coños, libres e insumisos, como un estandarte de nuestra lucha. No podemos bajar la guardia, ha señalado.
La absolución dictada por el titular del Juzgado de lo Penal número 10 de Sevilla les permitirá, según Ávalos, centrarse ahora en otros asuntos de mucha más importancia para sus vidas, como sus hijos, su trabajo o la atención a las personas que acuden a su asociación.
Ana Castaño, la abogada de Olga López, otra de las activistas que ha sido absuelta, también ha valorado “muy positivamente” la sentencia, porque considera probado que en ningún momento del ‘aquelarre feminista’ del Coño insumiso hubo intención de ofender a ninguna institución religiosa o de la Semana Santa de Sevilla, como alegaba la Fiscalía y la acusación particular, aunque sí hubiera una cierta crítica satírica.
Según esta letrada, ha quedado patente que aquella protesta tan sólo tenía como objetivo poner a la mujer en el centro de la lucha y las manifestaciones del 1 de mayo, en una época en la que estaba en juego, además, el derecho al aborto. Por ello, a juicio de Ana Castaño, esta sentencia facilitará el camino a partir de ahora, proporcionando una mayor tranquilidad a quienes convoquen o participen en este tipo de protestas que pretenden ser criminalizadas.
Defensa de la libertad de expresión
La Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía, una de las organizaciones que convocó delante de los juzgados una concentración de apoyo a las tres feministas procesadas, ha destacado la importancia de la sentencia para la defensa de la libertad de expresión en España en unos momentos en los que está en juego el retroceso de los derechos y libertades.
Ávalos: "Vamos a seguir saliendo a la calle con nuestros coños, libres e insumisos"
El portavoz de Derechos Humanos, José Luis Llamas, manifestó a este periódico que ha sido “fundamental” la absolución de las tres procesadas porque se reconoce de esa forma que están amparadas por derechos fundamentales, como el de la libertad de expresión, que no pueden ser lesionados. “Los derechos fundamentales están por encima de partidismos y de ideologías”, ha recalcado.
Un fallo condenatorio hubiera sido, según Llamas, muy perjudicial, por cuanto que fomentaría la autocensura de personas y colectivos que no se atreverían a mostrar sus opiniones libremente y a ejercer su derecho a la protesta.
La presidenta de la Asociación Española de Abogados Cristianos, Polonia Castellanos, que ejerció de letrada en el juicio celebrado la semana pasada, declaró este jueves, tras conocer el fallo, que “es una pena que la Justicia se deje presionar por los más radicales” y anunció que, si es necesario, llevarán este caso al Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
En el juicio, la fiscal mantuvo la conclusiones de su informe de acusación, en el que sostenía que las acusadas habían participado en una manifestación para “hacer mofa de los símbolos y dogmas de quienes profesan la religión católica”, gritando consignas con las que trataron de atacar las verdades inmutables de la fe católica y burlarse de los referentes que esa religión considera sagrados.
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