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Discriminación de género Un juzgado obliga a la Junta de Andalucía a contratar a una médica discriminada por estar embarazada

La sanitaria accedió al puesto de especialista en radiofarmacia a través de un proceso selectivo en el que quedó la primera. Sin embargo, el contrato no se formalizó, según el centro porque "había riesgo para ambos" al "trabajar con radiofármacos".

Dos profesionales de la sanidad en el pasillo de un hospital. E.P.

efe

El Juzgado Contencioso Administrativo 2 de Granada ha obligado al Servicio Andaluz de Salud a formalizar un contrato en radiofarmacia a una médico que pasó el proceso de selección para el Hospital Reina Sofía de Córdoba y que no llegó a acceder por estar embarazada.

La sentencia, a la que hoy ha tenido acceso Efe y contra la que cabe recurso de apelación, estima el recurso interpuesto por la sanitaria, anula la resolución que indicó que no podía trabajar en la unidad, y le impone parte de las costas a la administración.

Tras conocer la sentencia, el Hospital ha pedido "disculpas" por la "situación provocada en su momento" a la médico y ha anunciado que se va a proceder a "la contratación de esta profesional en las mismas condiciones que se ofertó en su día". El centro ha indicado que "este hospital actuó pensando en todo momento en la protección del bebé y de la madre, ya que se trata de un servicio en el que se trabaja con radiofármacos y hubiera habido riesgo para ambos".

La resolución recoge que el pasado 5 de abril del 2017 el hospital cordobés convocó un proceso selectivo para cubrir un puesto de Facultativo Especialista Área especialidad Radiofarmacia, con carácter de sustitución. Esta convocatoria estaba precisamente motivada ante la urgencia de cubrir el puesto como consecuencia de la ausencia de su titular por riesgo de embarazo y baja maternal.

En el proceso selectivo la médico fue la primera seleccionada , pero en su escrito de demanda indica que no la contrataron por estar embarazada

En el proceso selectivo resultó como primera seleccionada la médico, que pidió la formalización del contrato y que, en su escrito de demanda, indicó que esta no se había producido porque estaba embarazada, lo que consideraba una discriminación por razón de sexo que, además, vulneraba las normas de la convocatoria del puesto.

Según la administración sanitaria demandada el nombramiento no se llegó a formalizar al no tener en ese momento la interesada la aptitud necesaria para el desempeño de las funciones correspondientes al puesto convocado.

A la facultativa, que ha sido asesorada por el sindicato CSIF, no se le ofreció contrato porque, previamente a su formalización, se la obligó a pasar un control médico y, al estar embarazada, el jefe de servicio de protección radiológica notificó que no podía prestar servicios, lo que provocó que desde el sistema de gestión de prevención de riesgos laborales se la considerara como no apta.

Según la juez, examinadas las actuaciones, procede estimar su recurso ya que los tratos desfavorables en el trabajo basados en el embarazo o la maternidad, al afectar exclusivamente a la mujer, "constituyen una discriminación por razón de sexo", indica la sentencia.

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