madrid
Actualizado:El Tribunal de Estrasburgo emitió este martes un fallo histórico a favor de una de las tres demandas planteadas por la acción insuficiente de los Estados para limitar la crisis climática y señaló que Suiza había violado los derechos humanos de un grupo de mujeres de edad avanzada. Con esta sentencia, es la primera vez que este tribunal se pronuncia sobre las políticas de los países miembros para combatir el calentamiento global.
La presidenta del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), Síofra O'Leary, señaló que Suiza había violado los derechos de esas mujeres, reunidas en la asociación Verein KlimaSeniorinnen porque se han constatado "lagunas críticas" en las políticas suizas contra la crisis climática.
En concreto, los jueces europeos estimaron que Suiza incumplió sus obligaciones para con los derechos de estas ancianas (más de la mitad tienen más de 75 años) para evitar que sufran los efectos del calentamiento global.
Lo ilustraron señalando que ha habido carencias en la política suiza para cuantificar, mediante la fijación de un precio al carbono o de otra manera, la limitación de sus emisiones de efecto invernadero. En la misma línea, Suiza no respetó en el pasado los objetivos que se había fijado para disminuir esas emisiones.
Sin embargo, los jueces tumbaron la mediática demanda que habían planteado seis jóvenes portugueses contra España y otros 31 otros países europeos a los que pretendían condenar por unas políticas insuficientes para mitigar la crisis climática.
Los jueces desestimaron sus alegaciones sin entrar a examinar el fondo del asunto en primer lugar porque los seis demandantes se saltaron una regla fundamental del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), que es que hay que agotar las vías de recurso interno del país al que denuncian antes de llevar un caso a Estrasburgo. Los jóvenes habían argumentado que la urgencia climática les eximía de esa regla jurídica básica, pero el TEDH no aceptó esa tesis.
Además, los jueces europeos también señalaron que, para denunciar a otros Estados más allá de Portugal y aplicar un supuesto principio de extraterritorialidad porque su acción o inacción puede tener efectos para ellos, hay otros instrumentos jurídicos internacionales y el TEDH es el órgano competente para hacerlo.
Igualmente señalaron que no se puede dictar una política determinada a los Estados sobre lo que tendrían que hacer por los efectos que eso tendrá para personas fuera de su territorio o fuera de su autoridad y su control.
Pero más allá de este caso, que por la forma de su planteamiento ya suscitaba muchas dudas sobre la posibilidad de que saliera adelante, el movimiento contra el cambio climático recibió una nota de esperanza del Tribunal de Estrasburgo con el fallo de condena a Suiza.
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