madrid
Actualizado:Hasta en cinco ocasiones diversos expertos de Naciones Unidas han pedido explicaciones a nuestro país a lo largo de los dos últimos años por distintos casos en los que la Justicia ha utilizado el inexistente Síndrome de Alienación Parental (SAP), un estereotipo de mala madre que tiene como consecuencia victimizar a las mujeres y desproteger a los niños que acaban separados. Sin embargo, ninguna de las comunicaciones ha tenido como resultado una intervención del Estado en dichos casos ni una mejora de los procedimientos que se sigue en la Justicia. O tal vez, incluso, todo lo contrario. En algunos la virulencia del sistema parece haberse incrementado.
Entre octubre de 2019 y noviembre de 2021, alguno o varios de los Relatores Especiales de Naciones Unidad (existe esta figura independiente de los gobiernos para monitorear la posible vulneración de distintos derechos humanos) se han dirigido a España para preguntar por cuatro casos específicamente. Por el María Noel; el de una mujer y su hija en Alicante a la que se revocó la orden de protección hacia la niña y decretó la custodia compartida, pese a existir informes que atestiguaban un posible abuso sexual; el de Irune Custumero y el de Diana García.
En cuatro ocasiones lo hicieron por el procedimiento habitual que tiene este sistema especial de protección de Naciones Unidas, por el que envía comunicaciones a los países miembros firmado por uno o varios de estos relatores y piden al Estado que responda en un plazo de dos meses sobre las medidas adoptadas para proteger a madres e hijos, así como acciones concretas para evitar que el maltrato institucional continúe.
Sin embargo una de las cinco notas firmada por ocho expertos tuvo otra característica y se emitió como una nota de prensa en la que los relatores denunciaron lo que consideran un "patrón estructural" en la justicia española que desprotege a madres y a sus hijos e hijas.
Entre los casos por los que se interesaron los expertos de Naciones Unidas figura el de María Noel, una uruguaya que denunció abusos sexuales de su pareja y padre de la niña hacia ésta. Diversos informes elaborados en Uruguay, donde madre e hija pasaban una temporada y donde la menor narró los abusos, atestiguaban la validez del relato de la menor y de la madre. Sin embargo, una vez en España los técnicos forenses de los juzgados de Lleida desecharon los informes de país sudamericano y elaboraron otro en el que consideraban a la madre como alienadora, con rasgos paranoides y que no estaba capacitada para la maternidad. En un mes y medio un juzgado de Lleida sobreseyó la causa de los abusos y un juzgado de lo civil le dio la custodia al padre de la niña acusado de abusar sexualmente de la menor. A la madre le concedieron dos horas de visita a la semana, vigiladas en un punto de encuentro familiar.
La ONU pidió explicaciones sobre su caso en octubre de 2019. Exigía a España velar por el bienestar tanto de la madre como de la niña y advertía a sobre la utilización de estereotipos en el sistema de Justicia. El Gobierno, a través del Ministerio de Exteriores, respondió a la petición de información de la ONU con un escrito en el que no hacía ninguna mención al caso concreto, sino que explicaba las diversas leyes aprobadas en nuestro país a lo largo de los últimos 15 años en materia de violencia de género y protección de los menores.
A pesar de esta comunicación de Naciones Unidas, la situación de María Noel y de su hija no mejoró. Desde abril pasado, cuando se acabó el plazo de las visitas en el punto de encuentro, madre e hija no se han vuelto a ver. Desde hace nueve meses no hay estipulados encuentros y tal como denuncia la madre, el juzgado no ha respondido a ninguna de las peticiones que ella y su abogado han realizado. Silencio absoluto.
Otro de los casos por los que se interesó la Relatora contra la violencia hacia la mujer, sus causas y consecuencias de Naciones Unidas fue el de Irune Costumero. Una madre a la que los servicios sociales de Bizkaia la separaron de su hija de forma violenta, asumieron la tutela de la menor y cediéndosela temporalmente al padre, sin que mediara una orden judicial. El argumento es que Costumero interfería en la relación paternofilial. Durante años madre e hija solo pudieron verse cuatro horas a la semana en un punto de encuentro o en visitas vigiladas, sin posibilidad de pernoctas, ni de vacaciones.
Los funcionarios consideraron que Costumero aplicaba un síndrome de alienación "marental" hacia su hija, una patología que no existe ni está reconocida por ninguna entidad médica o psiquiátrica internacional y que es rechazada por la Organización Mundial de la Salud, pero que en el País Vasco se cuela en los juzgados y en la administración por una ley foral llamada Balora.
Costumero denunció a cuatro funcionarios que formaban la cúpula de los servicios sociales de Bizkaia por prevaricación. Antes de que tuviera lugar el juicio, en septiembre de 2020, la Relatora de la ONU contra la violencia hacia a mujer, pidió a España que explicaciones sobre el caso y que relatara qué medidas se habían implementado para proteger tanto a la madre como a la hija, e instó a investigar y tomar medidas en este caso. También llamó la atención a nuestro país sobre la necesidad de aplicar los estándares y normas internacionales "que protegen los derechos que se les están vulnerando a las víctimas mencionadas".
La respuesta de España no fue muy distinta a la que ha dado el Gobierno en otros casos, con escasas o nulas respuestas a sobre las medidas que ha adoptado o piensa adoptar el Estado para proteger tanto a la madre como a la niña. Pero en este caso se añade un agravante más. El juicio a los responsables de los servicios sociales de Bizkaia, que tuvo lugar entre el 7 y 9 de junio pasado, fue un auténtico calvario para la madre como para su entorno familiar. Desde el inicio la imagen que se difundió de Costumero y su entorno (en el juicio declaró también su madre) fue terriblemente negativa y la de su expareja positiva. Sobre todo por la actuación de la fiscal y la jueza.
En reiteradas ocasiones la representante del ministerio fiscal defendió la existencia de supuesto SAP. Los presentes en la sala del juicio quedaron en shock por la trato discriminatorio hacia el entorno de Costumero. La decisión final del tribunal fue la de absolver a los cuatro funcionarios que se sentaban en el banquillo, en una sentencia dura y controvertida que levantó más críticas sobre el caso y sobre la utilización del supuesto síndrome en la justicia. Sin embargo, las medidas de protección pedidas por la ONU brillaron por su ausencia.
El último caso por el que se interesó la ONU se conoció este domingo. Es el Diana García, una madre que denunció abusos sexuales hacia su hija de corta edad y que en el curso de proceso judicial perdió la custodia de su hija en favor del padre de esta. En un comunicado firmado por cuatro relatoría distintas de a ONU, han vuelto a pedir explicaciones a nuestro país por lo que ya consideran como un "patrón estructural".
La persistencia de los estereotipos de género en la Justicia
El sistema Especial de derechos humanos formado por los relatores de Naciones Unidas, una figura que es independiente de los Gobiernos, está muy preocupado por la persistencia de los estereotipos de género en la justicia española, que acaban por convertir en irrelevante el testimonio de mujeres y niños. Así lo reflejan en cada comunicación que han enviado a España en los dos últimos años.
Esta presencia de los prejuicios y estereotipos en la justicia, afirman, diluye incluso los esfuerzos por avanzar en legislaciones protectoras, como la recientemente aprobada ley contra la violencia en la infancia, que en uno de sus artículos prohibe la utilización del SAP en los juzgados.
En la última comunicación hacia nuestro país, los relatores de Naciones Unidas afirma que "estudios realizados en España y otros países indican que una combinación de factores pueden afectar la efectividad de leyes que prohíben la utilización del concepto de alienación parental, incluyendo estereotipos discriminatorios respecto a la credibilidad de las mujeres víctimas de violencia en sus testimonios y la falencia del sistema de justicia en tomar en cuenta aspectos civiles (como custodia de niños y pensiones) en casos donde hay violencia doméstica por parte de hombres contra mujeres y/o sus hijos e hijas". Afirman que existe "una tendencia de la parte de los profesionales de los juzgados de familia a interpretar la guardia compartida de hijos e hijas tras un divorcio como un factor que siempre implica el interés superior del niño o niña también estaría afectando los resultados de las decisiones judiciales, muchas veces aplicando la lógica de la Alienación Parental en sus análisis aunque sin nombrarla".
La petición de Naciones Unidas para que nuestro país ponga medidas urgentes para impedir la aplicación de estereotipos en el sistema judicial ha sido una constante en los últimos años. Lo resaltó en una comunicación enviada a nuestro país en 2019, en la que se interesaba por la sentencia en el caso de La Manada, y en el que hace un amplio recorrido por otras sentencias por violencia sexual que se habían basado en estereotipos.
En dicha misiva, la Relatora Especial sobre la violencia hacia las mujeres, así como la Presidenta del Grupo de Trabajo sobre la discriminación contra la mujer en la legislación y en la práctica, afirmaban: "Nos preocupa que los estereotipos y prejuicios de género así como la ausencia de una perspectiva de género y de un análisis interseccional de la discriminación contra la mujer obstaculicen el acceso a la justicia por parte de las mujeres y niñas víctimas de delitos sexuales impidiéndoles obtener un recurso efectivo".
España ya fue condenada por usar estereotipos
Desde el año 2014 Naciones Unidad viene advirtiendo a España sobre la necesidad de atajar y eliminar este tipo de estereotipos. Lo hizo el comité antidiscriminación de Naciones Unidas (CEDAW, por sus siglas en inglés) cuando condenó a nuestro país por el caso de Ángela Gonzalez Carreño. Esta madre había presentado más de 50 denuncias para impedir que su expareja tuviera visitas no vigiladas con su hija. No fue escuchada. En una de ellas, el padre asesinó a a hija y se suicidó.
La ONU exigió a España que reconociera su responsabilidad y que indemnizara a esta madre. El Gobierno (entonces del PP), lejos de acatar la resolución, afirmó que las resoluciones de los Comités de Derechos Humanos de Naciones Unidas no son vinculantes y no movió un dedo en este caso. González Carreño tuvo que litigar en la Justicia otros cuatro años, hasta que en 2018 el Tribunal Supremo finalmente le dio la razón. En el camino había pasado casi 15 años intentando demostrar que la muerte de su hija había sido responsabilidad del Estado por aplicar estereotipos y no creer a las mujeres ni a los menores.
En su condena a España en 2014, la CEDAW pidió a nuestro país que tomara medidas urgentes para que hechos como el de González Carreño no volvieran a suceder. Las medidas iban encaminadas principalmente a la necesidad de eliminar prejuicios y estereotipos en todos los operadores del sistema de Justicia, algo que aún no se ha hecho una realidad.
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