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La Audiencia Nacional archiva el caso Vitaldent al no haber quedado acreditados los delitos de estafa y blanqueo de capitales

La causa tiene su origen en una denuncia conjunta de una veintena de franquiciados interpuesta en 2013 contra la antigua cúpula directiva.

12/05/2020 Entrada de una clínica de de Vitaldent
Entrada de una clínica de de Vitaldent. Marta Fernández / Europa Press (Foto de ARCHIVO)

El juez de la Audiencia Nacional, Manuel García-Castellón, ha acordado el archivo del conocido como "caso Vitaldent". La resolución, dictada este miércoles, recoge que los hechos delictivos que se atribuían a la antigua directiva por estafar más de diez millones de euros a sus franquiciados y blanquear capitales no han quedado acreditados. 

En la resolución, además, se acuerda el sobreseimiento libre y se oficia a comunicar, una vez sea firme la resolución, a la Agencia Tributaria para dejar sin efecto la suspensión de las actividades inspectoras consecuencia del presente procedimiento penal

La causa tiene su origen en una denuncia conjunta de una veintena de franquiciados interpuesta en 2013 contra la antigua cúpula directiva por presuntos delitos de estafa, apropiación indebida, blanqueo de capitales, contra la Hacienda Pública, organización criminal y falsedad documental. 

Las franquicias denunciaban que estaban obligadas a cobrar a sus pacientes en metálico

Las franquicias denunciaban que estaban obligadas a cobrar a sus pacientes en metálico, así como a pagar en negro un 10% de su facturación al presidente Ernesto Colman. 

La investigación recayó en el Juzgado de Instrucción número 2 de Majadahonda y su titular decretó el ingreso en prisión para trece detenidos, entre los que se encontraban el presidente y el vicepresidente Bartolome Conté. 

La juez del caso se inhibió a favor de la Audiencia Nacional debido a la complejidad del mismo. En su opinión, la cúpula de la franquicia dental "diseñó y participó en un complejo sistema defraudatorio hacia franquiciados, clientes y pacientes, así como a la propia Hacienda Estatal, valiéndose de su cargo como principales responsables de la empresa". 

El juez de la Audiencia Nacional, García-Castellón, en la argumentación jurídica esgrime, en lo referido al delito fiscal, que este ilícito penal es "un delito de resultado, en el que éste implica un perjuicio patrimonial, que se identifica con el importe defraudado". Además, señala que "no habiéndose determinado el mismo a lo largo de la presente instrucción, tras los sucesivos y complementarios informes de la AEAT procede acordar el archivo respecto de estos delitos imputados. 

Sobre los delitos de estafa y apropiación indebida, apunta igualmente que no se ha acreditado la existencia de los elementos típicos y, en este sentido, "no se alcanza a desdibujar las resoluciones, que, desde el campo civil —laudos arbitrales— han ido recayendo en los diferentes procedimientos ya resueltos". 

En lo que al contrato de franquicia se refiere, el juez subraya que "el mismo no puede ser considerado el engaño, o vehículo del fraude, no alcanzando el concepto de piedra angular de la estafa" por cuanto "el contrato de franquicia era, con variaciones menores fruto del paso del tiempo, idéntico para todos los franquiciados". 

Agrega que el mismo "responde al modelo habitual en el negocio de franquicia, siendo elaborado por asesores externos de reconocido prestigio". 

El juez, sobre las cláusulas y las obligaciones derivadas de ellas, indica que "los firmantes eran perfectos conocedores de todos los extremos del contrato y ninguna salvedad se hizo". Según García-Castellón, ambas partes "conocían perfectamente todos los extremos que ahora trata de revestirse como susceptibles de presentar caracteres penales". 

Nada más que indagar

El pasado mes de julio, el instructor concluyó la instrucción cuando recibió los últimos informes de la Agencia Tributaria sobre una de las empresas que, según la Fiscalía Anticorrupción, estaría implicada en esta presunta estafa cuyo alcance ascendería a unos 10 millones de euros, de acuerdo con los cálculos del Ministerio Público. 

El juez rechazó la petición de la Fiscalía de llamar a declarar en calidad de imputadas a nueve sociedades por ser "las mercantiles que controlaban realmente el negocio en cuyo seno se han producido las actividades delictivas de defraudación" y de blanqueo de capitales. Ya en febrero, rechazó la imputación de 125 sociedades, incluidas esas nueve. 

Tras los informes, el juez concluyó que no había nada más que indagar, subrayando que, desde principios de 2020, "lo único que ha habido es un nuevo informe de la AEAT del 12 de marzo de 2021 que viene a ratificar uno presentado en enero del año anterior". 

En este último informe, la Agencia Tributaria analizaba documentación relativa a una de dichas sociedades, Laboratorios Lucas Nicolás SL, sobre los ejercicios 2011, 2012, 2013 y 2015. 

Los informes de Hacienda

Los peritos de Hacienda indicaron que "los saldos que se desprenden del balance de comprobación de sumas y saldos se corresponden exactamente con los importes que la sociedad hace constar en el balance y cuenta de pérdidas y ganancias declarados en la autoliquidación del Impuesto de Sociedades" en esos ejercicios. 

"También se ha comprobado que los importes que constan en el balance se corresponden fielmente con los importes de los mayores de las cuentas del grupo 7 del Plan General de Contabilidad", añaden. 

Analizaban un tercer bloque de papeles formado por facturas y abonos que "en principio parecen constituir el soporte documental de los asientos de los mayores", porque no se ha detectado ninguna irregularidad entre la relación de facturas y los documentos individuales. 

Sin embargo, "si se quiere buscar la correspondencia entre las facturas y los asientos de los mayores, surge un problema importante: en los mayores no se vincula cada asiento con el número de factura que consta en las propias facturas", matizan. 

Aunque a renglón seguido explican que "esto no puede conducir automáticamente a la conclusión de que no exista una correspondencia entre las facturas y los mayores", ya que "en algún caso se ha visto que una factura concreta está asentada en varios mayores (desglosado su importe) o en varios asientos de un mismo mayor". 

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