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Sentencia de 'La Manada' El Supremo fija el 21 de junio para la vista de recursos contra la sentencia de 'La Manada'

La Justicia ha fijado una vista pública para deliberar los recursos de casación presentados contra la sentencia que confirmó la pena de nueve años de prisión para los cinco miembros de 'La Manada' por abuso sexual.

Imagen de una de las manifestaciones en protesta por la sentencia 'La Manada' | EFE

EFE

El Tribunal Supremo ha fijado para el próximo 21 de junio una vista pública para deliberar los recursos de casación presentados contra la sentencia que confirmó la pena de nueve años de prisión para los cinco miembros de La Manada por abuso sexual de una joven madrileña en los Sanfermines de Pamplona de 2016.

Los recursos, uno de ellos el de la Fiscalía -que pide que sean condenado a 18 años de prisión por agresión sexual- se han presentado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Navarra que confirmó dichas penas de nueve años de cárcel impuestas por la Audiencia Provincial por el delito de abuso sexual con prevalimiento.

Han recurrido, además de la Fiscalía, las acusaciones ejercidas por la víctima, la Comunidad Foral de Navarra y el Ayuntamiento de Pamplona, así como las defensas de los cinco condenados, informa el Tribunal Supremo. El tribunal que examinará el caso estará presidido por el magistrado Andrés Martínez Arrieta e integrado además por Francisco Monterde, Ana Ferrer, Vicente Magro y Susana Polo, esta última como ponente.

El TSJ de Navarra confirmó la condena de nueve años de prisión a cada uno de los cinco miembros de La Manada por un delito continuado de abuso sexual con prevalimiento pero con el voto discrepante de dos magistrados que entendieron que sí hubo agresión sexual (violación).

"No es admisible forzar el derecho hasta extremos de exigir de las víctimas actitudes heroicas que inexorablemente las conducirán a sufrir males mayores"

En su recurso, la Fiscalía pide que cada uno de los cinco miembros de La Manada sean condenados a 18 años de prisión por delitos de agresión sexual y argumenta que "no es admisible forzar el derecho hasta extremos de exigir de las víctimas actitudes heroicas que inexorablemente las conducirán a sufrir males mayores". A juicio del Ministerio Público los hechos descritos en la sentencia no corresponden con un abuso sexual con prevalimiento, como determinó la Audiencia y confirmó el TSJ, sino con una "intimidación grave".

La acusación particular, ejercida por la víctima, pide también aumentar las penas de los condenados al estimar que cometieron agresión sexual, y solicita que además se condene a dos de los acusados por el robo del teléfono de la joven.

Otras sentencias sobre casos similares

El pasado mes de febrero el abogado de esta acusación Carlos Bacaicoa, en declaraciones a Efe, llamó la atención de la sentencia sobre un caso similar, el de la denominada Manada de Collado Villalba (Madrid), en la que se impusieron penas de 14 y 15 años de prisión para los acusados, superiores a las fijadas en Navarra.

Se da la circunstancia de que una sentencia del Tribunal Supremo del mes pasado califica como agresión sexual y no como abuso el delito de un hombre que violó a una mujer en el baño de un bar de Alsasua (Navarra), con lo que elevó de cuatro a seis años de cárcel la pena que le había impuesto el TSJ navarro.

Las acusaciones populares, en nombre de la Comunidad foral de Navarra y del Ayuntamiento de Pamplona, también han recurrido la sentencia de La Manada al no compartir que se califiquen los hechos como abuso sexual.

Por su parte el abogado de cuatro de los acusados, Agustín Martínez Becerra, mostró el pasado mes de diciembre su desacuerdo con la confirmación de las condenas por abusos sexuales y adelantó que recurriría la sentencia del TSj ante el Supremo para que el Alto Tribunal dicte un fallo que determine que hubo "relaciones consentidas".

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