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El presidente de Sortu, Hasier Arraiz, condenado a dos años por formar parte de la dirección de Batasuna

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, que se articula sobre la base del acuerdo entre la Fiscalía y el acusado, contempla además dos años de inhabilitación. El parlamentario de EH Bildu no entrará en prisión, por ser una pena no superior a los 24 meses de cárcel, pero no podrá ocupar ningún cargo público durante ese tiempo.

Hasier Arraiz, presidente de Sortu, a su llegada al Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. EFE

AGENCIAS

BILBAO.- El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha condenado al presidente de Sortu, Hasier Arraiz, a dos años de prisión e inhabilitación especial para cargo público por un delito de integración en organización o grupo terrorista, si bien no tendrá que ingresar en prisión, por formar parte de la Mesa Nacional de Batasuna.

La inhabilitación impuesta afecta al desempeño de cargo público de ámbito municipal, provincial, autonómico, estatal y europeo por el tiempo de condena, según se precisa en la sentencia fechada ayer y hecha pública este martes, que se articula sobre la base del acuerdo entre la Fiscalía y el acusado.

La causa contra Arraiz se desgajó del proceso principal que se siguió en la Audiencia Nacional contra 35 acusados de formar parte de la Mesa Nacional de Batasuna, reunida en la localidad de Segura (Gipuzkoa) en octubre de 2007, y que se resolvió con un acuerdo entre las partes por el que asumían los hechos pero se libraban de ingresar en prisión.

El día del juicio, tal y como había acordado con la Fiscalía, el presidente de Sortu reconoció de manera expresa e íntegramente los hechos que se le imputaban, incluida la integración en organización terrorista, al tiempo que rechazó expresamente cualquier actitud violenta y reconoció el daño causado a las víctimas del terrorismo. En el TSJPV, las acusaciones populares representadas por la Asociación de Víctimas del Terrorismo y por Dignidad y Justicia, no rubricaron el acuerdo entre el Ministerio Público y el letrado de Arraiz, y mantenían su petición de 10 años de pena para el acusado, que carece de antecedentes penales.

El Tribunal, conformado por el presidente de la Sala Civil y Penal, Juan Luis Ibarra, y los magistrados Roberto Sáiz y Nekane Bolado, ha decidido, en su sentencia, ha resuelto imponer a Arraiz la pena prevista en el subtipo atenuado de delito de terrorismo recogido en el artículo 579 bis 4 del nuevo Código Penal, al tiempo que reconoce el atenuante de dilación indebida del proceso, como solicitaron el fiscal y el letrado de la defensa.

Aún habiendo cometido un delito de terrorismo, el tribunal aclara que, "no se aprecia una especial gravedad" en los medios utilizados en las actividades propias del grupo que coordinaba en Álava, como el uso de armas, artefactos o sustancias peligrosas, "ni que hubiera impartido directrices o propuesto objetivos relativos a acciones violentas". "Tampoco se ha constatado en los hechos declarados probados que el acusado haya intervenido en actos de violencia callejera", y destaca que, "por el contrario, se recogen en la relación de hechos" que se le imputan la celebración de reuniones, discursos, ruedas de prensa, entrevistas y otros actos político-electorales, "todos ellos desvinculados de acciones violentas".

De esa manera, el tribunal hace suya una explicación que dio el letrado de Arraiz, Iñigo Iruin, en la vista sobre unos "virtuales círculos concéntricos de responsabilidad" en las acciones del grupo terrorista y situó al acusado en el círculo más exterior, y así le aplica el subtipo atenuado para delitos terroristas de menor gravedad. Asimismo, la Sala reconoce que el proceso judicial se prolongó de manera excesiva y que se vulneró por tanto el derecho de Arraiz a ser juzgado en un tiempo razonable, por lo que se valora ese atenuante muy cualificado de la pena.

Una "solución judicial" a un sumario "escrito con renglones torcidos"

Tras conocer la sentencia, el portavoz del Gobierno Vasco, Josu Erkoreka, ha opinado que la condena es una "solución judicial" que hay que valorar, ya que es fruto de un acuerdo entre la defensa y la Fiscalía, que ha situado a Arraiz en "una posición no objetivamente peor que el colectivo" que fue condenado por la Audiencia Nacional. También se ha pronunciado sobre la sentencia el presidente del PNV, Andoni Ortuzar, quien ha dicho que la condena es lo que "parecía más lógico a estas alturas" en un sumario que "se ha escrito con renglones torcidos".

La portavoz de Sortu Maite Ubiria ha expresado su "satisfacción relativa" por la condena a Arraiz y ha añadido que la fórmula del acuerdo "es válida y viable" para "encontrar soluciones a todas las consecuencias del conflicto", tanto "en materia de víctimas como en la de la excarcelación de presos" de ETA. Por su parte, el portavoz de EH Bildu Pello Urizar ha considerado un "sinsentido" la condena a Arraiz, de quien ha dicho que "no ha hecho más que trabajar en política por conseguir que Euskal Herria entre en un nuevo ciclo de paz".

La secretaria general de Podemos en Euskadi, Nagua Alba, ha considerado "llamativo" y ha lamentado que la causa contra Arraiz haya tardado en resolverse siete años. El secretario general de los socialistas guipuzcoanos, Iñaki Arriola, ha afirmado que "no ha sido una sorpresa" la condena a Arraiz, puesto que la sentencia "recoge" el pacto del acusado con la Fiscalía.

El presidente del PP vasco, Alfonso Alonso, no ha opinado sobre la sentencia, aunque ha mostrado su "sorpresa" por los "abrazos" del presidente del PNV, Andoni Ortuzar, al de Sortu, Hasier Arraiz, a la entrada de la vista del juicio.

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