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Las elecciones autonómicas en Madrid este 4 de mayo son muy especiales. No solo porque suponen el punto final a una campaña electoral marcada por una crispación máxima y una polarización sin precedentes, sino porque, además, se celebran en plena pandemia y en día laborable, algo que no ocurría desde los comicios de 1987, y que ha obligado a suspender las clases lectivas ese día.
El Gobierno de la Comunidad de Madrid ha elaborado un protocolo por la pandemia. Dicho protocolo incluye medidas generales para toda la ciudadanía y también algunas específicas para las personas más vulnerables, como es el caso de los dependientes o de los mayores de 65 años.
Más de cinco millones de madrileños están llamados a las urnas en unas elecciones a las que se presentan 20 candidaturas diferentes, aunque sólo seis cuentan con posibilidades reales de entrar en la Asamblea de Madrid. La incógnita, como siempre, estará en el nivel de movilización del electorado.
¿Cuándo y dónde se votará el 4 de mayo?
El horario de votación será el habitual: desde las 9.00 horas de la mañana hasta las 20.00 horas del 4 de mayo. La Comunidad de Madrid ha habilitado 1.084 colegios electorales y 7.265 mesas en los 179 municipios de la región para que los 5.112.658 ciudadanos que componen el censo electoral (4.783.528 residentes en Madrid y 329.130 en el extranjero) puedan ejercer su derecho al voto. La ciudad de Madrid concentra 3.387 mesas electorales repartidas en 429 colegios electorales.
¿Puede un trabajador ir a votar en horario laboral?
Sí. Tal como explicó Alejandra de la Fuente en este artículo, los trabajadores que que acudan a votar el día de las elecciones tienen un permiso especial, según contempla la actual legislación laboral. Además, el tiempo en el que se ausente el trabajador será un permiso retribuido por la empresa, por lo que el empleado no cobrará menos por ir a votar. El trabajador tiene que avisar a la empresa de su intención de ir a votar y pedir un justificante en la mesa electoral.
Aunque es cierto que los trabajadores tienen un máximo de hasta cuatro horas de permiso retribuido para ir a votar, eso no significa que se tengan que emplear esas cuatro horas. Aquellos que su horario laboral coincida en dos o más horas, pero menos de cuatro, con el de los colegios electorales dispondrán de un permiso de dos horas. Ese permiso será de tres horas para los trabajadores cuya jornada laboral coincida en cuatro o más horas, pero menos de seis, y será cuatro horas, si su jornada laboral coincide en seis o más horas desde la apertura de la votación.
¿Qué hago con los niños?
Una pregunta que llevan días haciéndose muchos padres y madres en Madrid pues ese día no habrá clases lectivas en los colegios ni en los institutos al convertirse muchos de ellos en lugar de votación. Muchos progenitores se verán abocados a pedir el día libre o a recurrir a familiares.
Protocolo Covid: horarios preferentes
El protocolo de seguridad aprobado para estas elecciones contempla varias medidas a tener en cuenta, la más relevante la que se refiere a los horarios preferentes. Aunque los ciudadanos pueden acudir a votar a la hora que ellos prefieran, la Comunidad de Madrid recomienda que los mayores de 65 años y las personas vulnerables voten de 10.00 a 12.00 horas de la mañana y que las personas con síntomas o con la enfermedad activa lo hagan durante la última hora: de 19.00 a 20.00 horas.
Otras medidas contra la pandemia
Los locales electorales deben disponer de personal que controle el acceso ordenado de los votantes, que organice las colas y que garantice las distancias de seguridad, la entrada y salida por los accesos correctos y evitar las aglomeraciones. También deberá garantizar el cumplimiento de la obligación de llevar mascarilla.
Además, los colegios electorales contarán con un recorrido de entrada y otro de salida y se ventilarán de manera constante, con puertas y ventanas abiertas, antes y durante la jornada electoral. También se intesificarán las actuaciones de limpieza y desinfección de todas las superficies y mesas del local electoral en intervalos de tres horas y habrá marcas en el suelo indicando los dos metros de distancia que se han de mantener entre votantes y miembros de las mesas, también entre estos últimos entre sí.
Cinco millones de mascarillas y 55.000 litros de gel hidroalcohólico a la entrada de los colegios
Los ciudadanos que acudan a votar dispondrán de gel hidroalcohólico y guantes a la entrada de los colegios y recibirán, además, una mascarilla quirúrgica que se pondrán sobre las que traigan de casa. Se repartirán cinco millones de mascarillas y 55.000 litros de gel.
El DNI, en una bandeja
El protocolo antocovid también específica que el ciudadano tendrá que depositar en una bandeja, y con la foto hacia arriba, el DNI. En ningún caso los votantes deberán quitarse la mascarilla, salvo que se lo pida algún miembro de la mesa.
Al colegio, ¿solo o acompañado?
En el protocolo de seguridad se recomienda al votante que acuda solo, salvo en el caso de que necesite ayuda o sea una persona dependiente, pero no establece ninguna prohibición al respecto. Es más, los ciudadanos puede acudir al colegio electoral con quien quieran, incluso acompañados por niños, tal como aclaró hace unos días la Junta Electoral a la Consejería de Sanidad madrileña. Quienes tengan más de 65 años o alguna discapacidad tendrán prioridad para entrar.
Seguridad ciudadana
Las medidas de seguridad ciudadana serán las habituales para una cita electoral como esta. Un total de 4.500 policías nacionales y 2.200 guardias civiles para reforzar la seguridad durante ese día, según ha desvelado la delegada del Gobierno en Madrid, Mercedes González.
65 euros de dieta por formar parte de la mesa electoral
Los ayuntamientos madrileños sortearon entre el 5 y el 9 de abril los ciudadanos mayores de 18 años que ejercerán como integrantes en las mesas electorales, tanto los miembros titulares como los suplentes. En la ciudad de Madrid han sido designados 30.483 ciudadanos con derecho a voto y más de 41.000 en toda la Comunidad de Madrid. Tanto el presidente como los dos vocales de cada mesa recibirán una retribución de 65 euros.
¿Puede uno renunciar a ser miembro de una mesa electoral?
La ley es clara al respecto: un ciudadano elegido para formar parte de una mesa electoral está obligado a presentarse o a justificar debidamente su ausencia. No presentarse sin justificación implica penas de prisión de tres meses a un año o multa de seis a 24 meses, dado que se considera un delito electoral. En estas elecciones aquellos que hayan sido designados presidente o vocal de una mesa y tengan entre 65 y 70 años podrán renunciar al cargo. También si presentan una discapacidad igual o superior al 33%, han formado parte de una mesa electoral con anterioridad al menos en tres ocasiones en los últimos diez años, son personal sanitario que esté de guardia o las personas que sufran grave trastorno por razón de las cargas familiares.
¿Qué ocurre si un miembro de una mesa tiene que trabajar?
Si un trabajador tiene que ejercer de presidente, vocal, interventor o apoderado de mesa electoral, tiene derecho a un permiso retribuido de jornada completa, al que se suma, salvo para los apoderados, un permiso adicional de cinco horas el día siguiente. En caso de sufrir un percance se considerará accidente de trabajo.
Medidas extraordinarias para los integrantes de las mesas
En el manual de instrucciones para los miembros de las mesas electorales se específica claramente las medidas extra de seguridad por la pandemia para ell personal que participa en la mesa electoral, tanto los miembros como interventores. La Consejería de Sanidad ha descartado vacunar a los miembros de las mesas electorales y tampoco les realizará ningún tipo de test. Sí dispondrán, en cambio, de dos mascarillas FPP2 que tendrán que usar a lo largo de la jornada electoral, "salvo que no puedan utilizar esta protección por problemas de salud". Las directrices sanitarias de la Comunidad de Madrid establecen que en ese caso, "los miembros de la mesa deberán utilizar mascarilla quirúrgica y pantalla facial. La excepción de utilización de mascarilla FFP2 se acreditará a la Presidencia de la mesa mediante informe médico. El uso de pantalla de protección facial será opcional excepto con la utilización de mascarilla quirúrgica".
Además, las mesas de votación, con una longitud mínima de 1,5 metros, se situarán a una distancia mínima de tres metros entre ellas. Los miembros de las mesas tienen orden de no circular entre las mesas. Cada una messa dispondrá "de spray con producto viricida adecuado y con toallas de papel desechable o similar para su higienización periódica por parte de los usuarios". Los ocupantes de la mesa, deberán desinfectar su zona de trabajo antes de iniciar y cada uno de ellos utilizará su propio bolígrafo o material de oficina.
Presentación de síntomas durante la jornada electoral
La Comunidad de Madrid establece que "Si durante el proceso de la votación, alguno de los miembros de la mesa o de los votantes que se encontraran en el interior del local electoral, comenzaran a encontrarse mal y refirieran síntomas de infección por covid, se le pedirá que se mantenga apartado del resto del personal; un miembro de la mesa o la persona que detecte esta situación avisará inmediatamente al responsable de seguridad sanitaria que le acompañará a una sala habilitada para el aislamiento de posibles casos de infección. Si esta persona estuviera utilizando una mascarilla quirúrgica, se le proporcionará una mascarilla FFP2 y una bolsa. Cuando se encuentre en la sala de aislamiento, deberá sustituir su mascarilla y depositar la anterior en la bolsa, que anudará y tirará en la papelera con pedal dispuesta en la sala. El responsable de seguridad sanitaria se pondrá en contacto con los servicios sanitarios (teléfono 112) que valorarán el procedimiento de actuación".
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