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Complemento de productividad Zoido repartió más de un millón de euros de manera irregular entre los altos cargos de Prisiones

El entonces secretario general de Instituciones Penitenciarias justificó este plus como una recompensa por el "alto grado de compromiso y profesionalidad" de los directores, gerentes, subdirectores y administradores de las cárceles.

El exministro del Interior Juan Ignacio Zoido en una Comisión de Interior. EFE/Archivo

PÚBLICO | europa press

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha anulado el reparto de un complemento por productividad por importe de 1,1 millones de euros para directivos de Instituciones Penitenciarias, aprobado en la etapa de Ángel Yuste al frente de Prisiones y con Juan Ignacio Zoido como ministro del Interior.

En la sentencia, con fecha de 14 de noviembre y a la que ha tenido acceso Europa Press, se considera que la decisión adoptada con Ángel Yuste como secretario general de Instituciones Penitenciarias es contraria a derecho, ya que el reparto fue tomado sin ningún tipo de negociación colectiva con los representantes de los trabajadores.

En su momento, Yuste justificó este complemento, en forma de gratificación, como una recompensa por el "alto grado de compromiso y profesionalidad" de los directores, gerentes, subdirectores y administradores de las cárceles.

La sentencia confirma el fallo de 17 de abril de 2018 del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 7, que fue recurrido por la Abogacía del Estado. Fuentes de Interior en la etapa de Zoido justificaron el reparto de productividad remitiéndose a la Instrucción 3/2013, de 25 de octubre, sobre jornada y horario del personal de Servicios Periféricos.

En concreto, desde Interior se explicó que se trataba de la distribución de un excedente y que se aprobó por el órgano competente, mediante resolución administrativa motivada y pública, informándose previamente a los legítimos representantes de los trabajadores en reunión convocada única y exclusivamente a estos efectos.

Sin embargo, la Sala condena a la Administración al pago de costas y repasa en su fallo las diferentes instrucciones de la de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias para concluir que esto "no puede pretender eludir la negociación sin pretexto de un eficaz funcionamiento de la Administración". La sentencia puede ser recurrida en casación en el plazo de 30 días.

En 2017 la Administración Penitenciaria anunció que se distribuiría únicamente entre determinado personal directivo 1,1 millones de euros en concepto de productividad, una decisión denunciada por los sindicatos al entender que era unilateral y tomada sin ningún tipo de negociación.

Tras conocer el fallo, fuentes de CSIF han destacado que la sentencia refuerza su labor en el conflicto por el que, junto con otros sindicatos, reclaman mejoras laborales, lo que les ha llevado a plantear jornadas de huelga contra el actual Gobierno del PSOE.

La demanda se planteó al entender los funcionarios de prisiones que la Administración Penitenciaria no podía "regalar de forma lineal y masiva un sobresueldo" entre directores, gerentes y altos cargos de centros penitenciarios, recurriendo a una "vía clientelar y opaca" mientras las retribuciones de los trabajadores estaban congeladas y muchos habían perdido poder adquisitivo.

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