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El camino hacia la normalización de la política penitenciaria tras el final de ETA no está exento de sobresaltos. La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha decidido bloquear las concesiones de tercer grado otorgadas por las juntas de tratamiento de las cárceles vascas a una treintena de presos, por lo que varios de ellos han tenido que regresar a prisión.
El último en volver a la cárcel ha sido Joseba Arregi, quien –según datos de Etxerat, la asociación de familiares de presos– tiene cumplidas las tres cuartas partes de la condena y había sido clasificado en tercer grado en febrero de 2022 por parte del Departamento de Justicia del Gobierno Vasco –que cuenta desde hace un año con la competencia de Prisiones transferida–, previo informe favorable de la Junta de Tratamiento de la cárcel de Martutene.
La tramitación del recurso de la Fiscalía de la Audiencia Nacional se ha prolongado durante ocho meses. "Queremos manifestar desde Etxerat nuestro rechazo e indignación por la crueldad con que se conculcan los derechos de este preso que estaría en la calle desde hace tiempo si se le aplicara la justicia ordinaria", afirmaron sus portavoces.
De acuerdo a las informaciones proporcionadas por esta asociación, treinta presos han obtenido el tercer grado tras recibir los respectivos informes favorables por parte de las juntas de tratamiento de las cárceles en las que se encuentran.
La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha presentado recursos en el 80% de los casos, de forma que ocho reclusos –Arregi entre ellos– han sido nuevamente encarcelados y otros diez están a la espera de lo que resuelva el Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria.
"Lo que aquí ocurre es que para los internos condenados por delitos de terrorismo hay dos requisitos extras, introducidos hace más de 20 años por la ley orgánica 7/2003 que aprobó el Gobierno de Aznar para el cumplimiento íntegro de unas penas que nosotros llamamos de excepción, porque únicamente son de aplicación a este tipo de condenados", afirma a Público Onintza Ostolaza Arruabarrena, una de las abogadas de presos vascos que trabaja en estos casos.
Esa ley indica que "la clasificación en el tercer grado penitenciario en el caso de penados por delitos de terrorismo o cometidos en el seno de organizaciones criminales exige que los terroristas hayan satisfecho su responsabilidad civil", así como que "hayan abandonado la actividad terrorista y hayan colaborado activamente con las autoridades para la obtención de pruebas o la identificación de otros terroristas".
Además, la normativa aprobada por el Gobierno de Aznar determinaba que los presos debían formular "una petición expresa de perdón a las víctimas de su delito", así como eran necesarios "los informes técnicos que acrediten que el preso está realmente desvinculado de la organización terrorista y del entorno y actividades de asociaciones y colectivos ilegales que la rodean y su colaboración con las autoridades".
"Compromiso real"
Ostolaza señala que aquella normativa "carece hoy de sentido", dado que habla de "una organización terrorista, en este caso ya disuelta, y de las organizaciones ilegales que la rodean, cuando no existe ya ninguna".
Las declaraciones son avaladas por informes a cargo de los psicólogos de cada cárcel
En cualquier caso, los presos que han obtenido el tercer grado realizaron previamente unos escritos "rechazando el uso de la violencia, dirigiéndose a sus propias víctimas aquellos que las tienen, apostando las vías pacíficas y reconociendo el daño causado", señala la jurista, que subraya además que dichas declaraciones son avaladas por informes a cargo de los psicólogos de cada cárcel en los que "se avala que el preso lo dice sinceramente y que hay un compromiso real".
Sin embargo, la Fiscalía de la Audiencia Nacional y el Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria "interpretan que esos escritos no son sinceros, sino utilitaristas, por lo que no se les debe creer", de tal manera que desde dichas instancias judiciales "hacen una interpretación muy restrictiva" de la normativa.
En materia de pagos por responsabilidad civil, "el fiscal y el juzgado de vigilancia penitenciaria sostienen que no es suficiente lo que se aporta, aunque el preso sea insolvente, no tenga ingresos y haga una aportación a su alcance", subraya la abogada.
"Motivación política"
Para Joaquín Urías, exletrado del Tribunal Constitucional (TC), estas resoluciones "tienen una motivación política, pero cuentan también con una base legal suficiente como para que sean inatacables. Las dos cosas son posibles, aunque parezca mentira", subrayó.
"Hay una cierta connivencia entre la Fiscalía y los jueces"
El jurista destacó que la Fiscalía de la Audiencia Nacional ha iniciado principalmente este tipo de actuaciones "desde que el Gobierno Vasco asumió competencias en materia penitenciaria", por lo que "da la impresión de que en la Audiencia y en algunos órganos centrales judiciales no ha gustado la cesión de competencias, y ellos tienen miedo de que el Gobierno Vasco utilice estas competencias de manera excesivamente benigna con los presos de ETA".
A su criterio, "hay una cierta connivencia entre la Fiscalía y los jueces, dado que estos últimos no pueden actuar de oficio", de forma que "los fiscales impugnan y los jueces anulan el tercer grado para hacer que el cumplimiento de las penas sea íntegro".
Urías destacó además que la ley del Gobierno de Aznar que ampara estas medidas "plantea problemas de constitucionalidad, porque en determinados delitos va contra la idea de la reinserción y de la propia prisión, que debe tener como finalidad la reintegración social del delincuente".
El exletrado del TC incidió además en otro punto. "Que el juez, a través del truco de que la Fiscalía lo impugne, asuma la competencia de decidir cuándo conviene o no que un preso se reintegre, es algo que, si bien está permitido en la ley, es ajeno a la lógica del sistema", agregó.
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