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Actualizado:La sentencia del Tribunal Constitucional que anula el impuesto de plusvalía municipal sigue generando incertidumbre entre los contribuyentes mientras ha puesto a los ayuntamientos de toda España al borde de un ataque de nervios.
El Tribunal Constitucional considera inconstitucionales varios apartados del artículo 107 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales que establece la base imponible de este tributo (llamado Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana). El texto de ese artículo fue modificado en el año 2004 cuando el presidente del Gobierno era José María Aznar.
En concreto, el Constitucional rechaza que se use el valor catastral determinado a efectos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y se multiplique por un coeficiente de revalorización para determinar el cálculo de su base imponible. Considera que esa forma de calcular la base sobre la que se aplica el impuesto va en contra del principio de capacidad económica recogido en la Constitución Española.
Pero los contribuyentes que ya han pagado el impuesto no van a poder reclamar por lo supuestamente pagado de más. Según un borrador de la sentencia, el Tribunal Constitucional descarta que su decisión tenga carácter retroactivo. Por tanto, cierra la puerta a que se pueda reclamar por el impuesto de plusvalía ya pagado. Sólo permite reclamar su devolución a aquellos contribuyentes que antes del fallo tuvieran ya abierto un recurso, según adelanta el diario El País.
Los municipios, mientras tanto, demandan al Gobierno la aprobación "urgente" de una norma legal que reforme el impuesto sobre las plusvalías, de manera que "garantice la seguridad jurídica de los ciudadanos y los Gobiernos locales y la correspondiente recaudación para las haciendas locales".
La Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) publicó este jueves una declaración en la que reclama al Gobierno un fondo compensatorio por la cantidad que dejará de recaudar con este impuesto, en torno a los 2.500 millones de euros al año. Además, los municipios también exigen con carácter de urgencia una norma que aporte seguridad jurídica tras el fallo del Constitucional.
El Gobierno ha cogido el guante. La ministra de Política Territorial y portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez, aseguró este jueves que el Ejecutivo dará respuesta a esta situación pero que en todo caso esperará a conocer los detalles de la sentencia para actuar. "Estamos esperando a conocer concretamente la formulación en que se expresa el Constitucional para dar una respuesta que dé satisfacción a esta situación que realmente provoca una merma importante en las arcas municipales y en los recursos para la prestación de servicios básicos a la ciudadanía", aseguró la portavoz del Gobierno.
En ese sentido, Rodríguez explicó que el Gobierno y la Agencia Tributaria ya tienen preparada una batería de "textos y borradores". Sin embargo, la portavoz no quiso avanzar más detalles y se limitó a afirmar que la respuesta del Gobierno "dependerá del tenor de la sentencia". El Ejecutivo actuará, pero no explicita de manera clara ni qué hará, ni cómo lo hará, ni tan siquiera cuándo lo hará.
Otros, como el Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) también proponen un nuevo impuesto municipal de plusvalías que se determine por la diferencia entre el valor de adquisición y el de transmisión del suelo, incluidas las plusvalías generadas en menos de un año, que pueden ser plusvalías especulativas.
¿Qué es el impuesto de la plusvalía?
El impuesto de la plusvalía municipal —en su nomenclatura oficial Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU)— es un tributo de carácter local que grava la revalorización que suelen experimentar las viviendas. Es decir, es el impuesto que grava la diferencia del precio del inmueble entre el momento en que se compró o recibió la vivienda y el el momento de venderla. Hasta ahora estaban obligados a pagarlo todos aquellos contribuyentes que vendan una vivienda, la hereden o la reciban en donación.
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