madrid
Actualizado:La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) pone a disposición de los ciudadanos españoles las nuevas fechas para realizar el borrador de la Declaración de la Renta 2022-2023. A partir del próximo 11 de abril y hasta el 30 de junio son los plazos para que los contribuyentes declaren el IRPF correspondiente al ejercicio del año 2022.
La Declaración de la Renta se puede hacer de forma telemática siempre y cuando se disponga de certificado o DNI electrónico o el sistema de Cl@ve PIN para identificarse en la página web de la Agencia Tributaria y acceder al apartado dedicado a la Campaña de la Renta. También se puede realizar desde la aplicación de la Agencia Tributaria, presencialmente o telefónicamente en los plazos establecidos, a los números 91 553 00 71 / 901 22 33 44.
Fechas a tener en cuenta para la Declaración de la Renta
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11 de abril: se abre la fecha para presentar el borrador de Hacienda por Internet.
3 de mayo: se abre fecha para solicitar cita para confeccionar la declaración de la renta por teléfono.
5 de mayo: La AEAT podrá realizar su declaración de la renta por teléfono.
25 de mayo: se abre el plazo para solicitar fecha presencialmente en las oficinas.
1 de junio: se abre el plazo para confeccionar la declaración de la Renta 2022 presencialmente en las oficinas.
29 de junio: se cierran los plazos para solicitar cita tanto por Internet, como por teléfono y presencial.
30 de junio: termina la campaña de la Declaración de la Renta correspondiente al año 2022.
Novedades de este año en la Declaración de la Renta
Una de las novedades que ofrece esta campaña es que la aportación individual máxima de los planes de pensiones privados con derecho a deducción en el IRPF pasa a 1.500 euros anuales, una cifra que anteriormente se situaba en los 2.000 euros. Las aportaciones máximas por parte de las empresas con derecho a deducción aumentan a 8.500 euros.
Además, entre las novedades de los Presupuestos Generales del Estado de 2023 se encuentra los cambios de las escalas del gravamen del IRPF aprobadas para paliar la escalada de la inflación y también el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas para gravar mediante una cuota adicional los patrimonios de las personas físicas de cuantía superior a tres millones de euros.
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