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El Constitucional anula la reforma del Impuesto de Sociedades de Rajoy

El TC ha considerado que los cambios introducidos por el Partido Popular vulneraban el deber de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos.

18/1/24 - Fachada del Tribunal Constitucional (TC).
Fachada del Tribunal Constitucional (TC). Juan Carlos Hidalgo / efe

El Tribunal Constitucional (TC) ha declarado inconstitucional la reforma del Impuesto de Sociedades implementada por el Gobierno de Mariano Rajoy en 2016, al considerar que vulnera el deber de contribuir a los gastos públicos por modificar aspectos esenciales del tributo mediante un real decreto.

El Constitucional explica que un decreto ley no puede alterar elementos esenciales de los tributos, algo que hace la norma de 2016 al afectar a la base imponible y la cuota del impuesto, unos cambios que el propio texto consideraba "de relevancia" y que además iban acompañados por previsiones de impacto recaudatorio.

Al introducir estos cambios por decreto ley, se vulneró el artículo 86.1 de la Constitución en el apartado que regula el deber de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos.

Sin efectos retroactivos

Según ha informado este jueves el Constitucional, las modificaciones declaradas inconstitucionales son los topes a la compensación de bases imponibles negativas de ejercicios anteriores, la limitación de deducciones por doble imposición y la obligación de integrar en la base del impuesto los deterioros de valor de sus participaciones fiscalmente deducibles.

La nota remitida por el Constitucional aclara que, por seguridad jurídica, la sentencia no tiene efecto retroactivo salvo para liquidaciones ya impugnadas y pendientes de resolución.

La sentencia parte de una cuestión de inconstitucionalidad planteada por la sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional respecto al real decreto 3/2016, que modificó varios puntos del impuesto de sociedades con el objetivo de eliminar deducciones y recaudar así 4.300 millones de euros más al año, según explicó el entonces ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro.

Se trata del mismo criterio que ya aplicó el Tribunal para enjuiciar el real decreto 2/2016, por el que se incrementaron los pagos fraccionados del impuesto de sociedades de las grandes empresas, que ya fue declarado inconstitucional en julio de 2020.

La sentencia, en la que ha sido ponente el magistrado César Tolosa Tribiño, se ha adoptado por unanimidad, aunque el magistrado Enrique Arnaldo –del sector conservador– ha anunciado su intención de formular un voto particular relativo a la modulación de sus efectos.

Montero critica la "mala gestión" del anterior Gobierno

La vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha criticado la "mala gestión" del anterior Gobierno del Partido Popular tras la declaración de inconstitucionalidad por parte del TC de varias medidas del Ejecutivo de Rajoy.

Así, Montero ha afirmado en la red social X que se trata de la "enésima sentencia del Tribunal Constitucional que anula una medida fiscal aprobada por el Gobierno del PP".


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