zaragoza
Para quienes llevan años detrás de este tema, el dictamen emitido este jueves por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea TJUE "no tiene casi nada nuevo" respecto a los anteriores pronunciamientos que ha hecho sobre este caso; el de los trabajadores que llevan años, incluso décadas, encadenando contratos de interinidad en la Administración Pública en España. ¿Nadie se había dado cuenta?
Aunque para Miriam Pinillos, secretaria de Políticas Públicas de la Federal de Servicios a la ciudadanía de Comisiones Obreras (FSC-CCOO), la sentencia introduce un matiz "relevante". El TJUE reitera algo que "compartimos plenamente" dice Pinillo: la violación de la cláusula quinta de abuso en la temporalidad en el ámbito público que recoge la directiva comunitaria 1999/70, que viene a subrayar que en España "no hay medidas disuasorias que eviten el abuso en la contratación".
Dada esta carencia, el Tribunal considera que "a falta de medidas adecuadas en el derecho nacional para prevenir y sancionar los abusos", "la conversión de los sucesivos contratos o relaciones de empleo de duración determinada en contratos o relaciones de empleo por tiempo indefinido puede constituir una de las medidas" es decir, que podría ser una medida válida para evitar abusos. En otras palabras, el TJUE avala que los interinos pasen a ser fijos (sin convertirse en funcionarios), con el fin de paliar la situación de abuso que han padecido por parte de la administración. ¿Quién decide la aplicación o no de esta medida? Los tribunales españoles.
¿Se puede en España aplicar la medida propuesta por el TJUE?
La propuesta del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de convertir a los interinos en trabajadores con contrato indefinido, como medida para prevenir y sancionar los abusos de la temporalidad en la administración pública, chocaría frontalmente con la Constitución Española. Así lo explica Raúl Olmo, de Comisiones Obreras (CCOO). El propio TJUE apunta en su sentencia que la medida que propone se podría aplicar siempre y cuando "no implique una interpretación del Derecho nacional contraria a la ley" es decir, en España, la Constitución Española (CE).
La CE dice que el acceso al empleo público tiene que respetar los principios de acceso de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, lo que viene a ser un proceso selectivo que "no puede ser sustituido por una sentencia", añade Olmo, quien recuerda además que la condición de funcionario de carrera o de fijo de la administración no se puede adquirir sin haber cumplido el proceso selectivo. "En el empleo privado no habría problema, pero en este caso concreto del que habla la sentencia tiene la complicación de que choca con la Ley", observa Raúl Olmo.
El TJUE introduce este matiz porque, en opinión de Miriam Pinillos, "el Tribunal Supremo, en la sentencia del mes de abril de este mismo año ha elevado unas cuestiones prejudiciales para ver cómo se casa, de alguna manera, el cumplimiento de la Constitución con la directiva comunitaria". El camino hacia la resolución de este conflicto podría estar (en parte) en un aumento de la indemnización.
¿Cómo resarcir a los trabajadores afectados por abuso de la Administración Pública?
El TJUE ha dicho "claramente en su sentencia" que en España no hay una medida suficientemente disuasoria porque la indemnización de 20 días marcada por el Tribunal Supremo "tampoco es razonable", observa Miriam Pinillos. Por eso el TJUE siempre ha apuntado a que una medida disuasoria podría ser la estabilidad, dependiendo de lo que dictamine el juez nacional que en el caso de este país es el Tribunal Supremo.
Las organizaciones sindicales hacen una clara diferencia entre "poner solución a la inestabilidad de las plantillas" y "el reconocimiento del abuso y su resarcimiento". En cuanto a cómo resarcir a las personas que se han visto perjudicadas por esta situación "a veces durante décadas", añade Pinillos, los sindicatos apuestan por equiparar la indemnización a la de un despido nulo, con 33 días por año trabajado, frente a los 20 días por año que la marca el Tribunal Supremo.
Las personas afectadas ¿qué pueden hacer? La secretaria de Políticas Públicas de FSC-CCOO aconseja que participen en los procesos para estabilizar su situación laboral, y después pedir ser resarcidas por el abuso padecido.
¿Se está trabajando para solucionar la inestabilidad del funcionariado?
En el año 2018 se pusieron en marcha los procesos para la estabilización del empleo en la Administración en España. El último llegó de la mano del acuerdo de estabilización, firmado con el Gobierno con el objetivo de reducir la temporalidad en las Administraciones. El acuerdo incluía medidas para limitarla al 8% y evitar su abuso en el futuro.
Los procesos de estabilización finalizarán el próximo 31 de diciembre de 2024, y desde UGT Servicios Públicos confirma que el acuerdo "está funcionando". En el mes de abril, la temporalidad abusiva se había reducido en 37 puntos, a los que habría que sumar los procesos que se están desarrollando en la actualidad: un 63%.
¿Cuántas plazas se han estabilizado?
Hasta la fecha se han convocado 592.473 plazas. Un dato que "supera, con creces" las previsiones iniciales de las Administraciones Públicas, señalan desde la Unión General de Trabajadores. A día de hoy hay más de 230.000 plazas estabilizadas. "Es necesario culminar, de una vez por todas" los procesos ordinarios y extraordinarios de estabilización, que Pinillos recuerda que están amparados por la ley que, a su vez ha sido avalada por la UE a través del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Los sindicatos señalan que quedan seis meses para que finalice el plazo y que todavía quedan más de la mitad de las plazas por estabilizar, por eso piden a las Administraciones Públicas "que se pongan las pilas" y les recuerdan que la ley establece que el incumplimiento de estos procesos conlleva "responsabilidad y sanción para los incumplidores", en este caso para los responsables de las Administraciones Públicas que "no han puesto en marcha los procesos de estabilización o se han demorado", insiste Miriam Pinillos.
¿Te ha resultado interesante esta noticia?
Comentarios
<% if(canWriteComments) { %> <% } %>Comentarios:
<% if(_.allKeys(comments).length > 0) { %> <% _.each(comments, function(comment) { %>-
<% if(comment.user.image) { %>
<% } else { %>
<%= comment.user.firstLetter %>
<% } %>
<%= comment.user.username %>
<%= comment.published %>
<%= comment.dateTime %>
<%= comment.text %>
Responder
<% if(_.allKeys(comment.children.models).length > 0) { %>
<% }); %>
<% } else { %>
- No hay comentarios para esta noticia.
<% } %>
Mostrar más comentarios<% _.each(comment.children.models, function(children) { %> <% children = children.toJSON() %>-
<% if(children.user.image) { %>
<% } else { %>
<%= children.user.firstLetter %>
<% } %>
<% if(children.parent.id != comment.id) { %>
en respuesta a <%= children.parent.username %>
<% } %>
<%= children.user.username %>
<%= children.published %>
<%= children.dateTime %>
<%= children.text %>
Responder
<% }); %>
<% } %> <% if(canWriteComments) { %> <% } %>