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Libertad de expresión La Justicia tumba la pretensión de una inmobiliaria de censurar críticas en la red

La libertad de opinión en internet está hoy un poquito más protegida, a raíz de un potente auto en la Audiencia Provincial de Madrid en el que se protege la libre expresión en los foros online frente a los intentos de una compañía que construye en Valdebebas (Madrid) por silenciar críticas fundadas contra sus pisos a golpe de querella.

Captura de pantalla de la web promocional de Valdebebas 126, objeto de las críticas ahora judicialmente amparadas.
Captura de pantalla de la web promocional de Valdebebas 126, objeto de las críticas ahora judicialmente amparadas. Público

No hay delito alguno en criticar la calidad de la construcción de unos pisos de obra nueva que presumen de ser los más 'teckies' de Madrid. Sin embargo, la experiencia de una pareja con la inmobiliaria Valenor ha sido poco menos que una pesadilla: la empresa les puso una querella por injurias y calumnias al usuario de un foro por comentar los "problemas de insonorización, frío y aire con las ventanas" de los pisos de la promoción Valdebebas 127, entre otras opiniones. Pedían dos años de cárcel a cada uno, la máxima pena posible para el delito de calumnias.

Aunque absueltos, esta broma le ha costado a la pareja, además de los gastos en abogado y procurador, una consigna judicial de 50.000 euros que ahora deberán recuperar.

El auto de la Audiencia Provincial de Madrid que dicta el libre sobreseimiento de la causa (que, por tanto, no se puede reabrir al ser ya cosa juzgada) supone un auténtico bofetón no sólo para la inmobiliaria Valenor, sino para el juez del juzgado de instrucción 50 de Madrid, que admitió a trámite la denuncia en noviembre de 2020, y que tuvo una gran repercusión mediática.

La Audiencia Provincial estima la apelación de la pareja de usuarios afectados, denunciados por la citada inmobiliaria —propiedad de Bisbel Hispania, SLU--  por comentarios en el foro de internet nuevosvecinos.com tales como los siguientes:

  • “Me parece un poco lamentable que pisos con estos precios y que presumen de estar perfectamente aislados del exterior para ahorro energético presenten estos problemas. Si nos pasase a nosotros en la segunda fase tomaremos las medidas legales oportunas”.

  • "Creo que si se ríen de ti deberías de tomar las medidas legales oportunas. Te ha costado un dineral el piso como para tener que aguantar calidades basura habiendo pagado por excelentes" (A raíz de otro comentario de un tercero en el que se quejaba de problemas de aislamiento térmico y acústico de la vivienda adquirida).

  • “Seguramente más de un comprador se lo pensará tres veces antes de entrar en dichas promociones y soltar más de medio millón de euros viendo lo que está pasando aquí con evidencias fotográficas y experiencias de los compradores anteriores" (comentario a alguna publicación de fotos publicadas por otros usuarios).

  • Asimismo, el acusado afirmó en el mismo foto y vio unas goteras, por lo que puso un emoji de un pulgar hacia abajo.

El juez de instrucción vio indicios de delito en la querella interpuesta la inmobiliaria a pesar de que, como recordaba el abogado de la defensa, David Bravo, esos comentarios no se refieren a "las calidades de la vivienda en las que habitan" los investigados —como recogía el auto ahora anulado—, sino que son valoraciones sobre experiencias narradas por quien abrió el hilo del foro y publicó las fotografías. ¿No es eso acaso la base de los foros de opinión en la red?

"En contra de lo que se dice en los autos de 26 de octubre y de 14 de diciembre de 2020", dice ahora la Audiencia Provincial en un auto al que ha tenido acceso Público, "los querellados no han hecho 'todo tipo de comentarios denigratorios', ni 'cierto tipo de comentarios' relativos a 'daños en su vivienda' ni a 'las malas calidades de la vivienda en la que habitan" y, ni tan siquiera, sobre ninguna otra vivienda'. Sólo se opinaba sobre un comentario anterior.

A continuación, critica que las alegaciones de la inmobiliaria "carecen del más mínimo rigor": una de las partes querelladas no participó ni siquiera en el foro ("la cuestión no merece más comentarios", dice literalmente el auto), y el otro "no afirmó que las calidades fueran 'basura', se limitó a decirle a una compradora [Dª Lidia] que aseguraba tener malas calidades que no tenía que aguantar calidades basura con lo que había pagado". Encima, la inmobiliaria aporta testimonio de tres de sus subcontratas como indicio: parte de sus acusaciones eran de oídas.

Es más, el auto señala que, "curiosamente, los querellantes reconocen en su escrito de impugnación que los defectos de la vivienda de Dª Lidia ya han sido reparados, lo que indica que efectivamente dicha vivienda tenía algún defecto".

"[Los foros] son expresión de opiniones favorables y desfavorables respecto a todo tipo de temas y personas"

Los jueces, en un completo resumen jurisprudencial, afirman que "este tipo de publicaciones en internet [los foros] son una forma de expresión de opiniones favorables y desfavorables respecto a todo tipo de temas y personas". "A través de ellas se ejerce el derecho a la libre expresión de ideas y opiniones", razona, para recordar que para el delito de calumnias (que también se 'coló' en la querella) "no bastan imputaciones genéricas" (STS 02/2018): "No es calumnia, en principio, llamar a otra persona "estafador" o "ladrón", si no se le atribuyen específicamente hechos que sean constitutivos de tales figuras penales", dice el Supremo.

De esta manera, la libertad de expresión —principal fundamento de la inmensa riqueza que ha proporcionado internet— queda un poco más protegida frente a quienes utilizan las leyes (especialmente las penales) para amedrentar a los críticos.

Por otro lado, el abogado de la defensa, David Bravo, apunta que dicha inmobiliaria llegó a manifestar en el juzgado que lo que escribió en su día en Twitter sobre este caso (ni más ni menos que lo que afirma ahora la Audiencia Provincial de Madrid) atacaba su buen nombre al calificar lo publicado de "fragmentado" y torticero.

Conviene recordar que Valdebebas 127, un proyecto en cuya promoción se ha implicado el presidente de la promotora, César Cort, tuvo que suspender hasta en dos ocasiones por los problemas judiciales a los que se enfrentó el desarrollo urbanístico, primero con la anulación del Plan de Madrid por el Tribunal Supremo, y después con las alegaciones presentadas contra las licencias de obra, informa El Mundo.

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