La Unión General de Trabajadores (UGT) ha propuesto que la indemnización por despido improcedente vuelva a ser de 45 días por año trabajado con un límite de 42 mensualidades. La cifra actual es de 33 días por año con un tope de 24 mensualidades. También pide establecer indemnizaciones adicionales que funcionen como efecto disuasorio ante el despido.
El sindicato explica que la indemnización adicional estará fijada conforme a un conjunto de factores atendiendo a los daños reales (patrimoniales y personales) y que funcione como efecto disuasorio según las circunstancias concurrentes (especial grado de arbitrariedad).
Así lo explica el vicesecretario general de Política Sindical, Fernando Luján, quien afirma que “además del efecto disuasorio que tienen que tener los 45 días, que nosotros reivindicamos que se recuperen, tiene que haber un efecto resarcitorio, porque se pueden haber hecho daños mayores”.
De esta forma, Luján explica que se deben establecer una serie de parámetros por parte de los jueces para lograr una indemnización adicional a los 45 días por año trabajado, como dos meses por año de servicio, con un límite de 12 mensualidades.
Igualmente, el sindicato quiere que la legislación recoja una indemnización mínima por despido improcedente de seis meses de salario, así como que el trabajador sea el que tenga la opción de elegir entre readmisión o indemnización y pueda recuperar también los salarios de tramitación.
Medio millón de despidos al año
Según ha señalado Pepe Álvarez, secretario general del sindicato, en España se producen cada año en torno a medio millón de despidos, de los que la mayoría son improcedentes, bien porque así lo reconoce la propia empresa, bien por decisión judicial.
Luján ha recordado que en la legislación de 1976 y en la legislación de 1977 se contemplaba una indemnización de 60 días, que posteriormente se fijó en 45 días por año y después bajó a 33 días.
Por tanto, la UGT recalca la necesidad de “volver a recuperar los 45 días, que ha sido parte de nuestra reivindicación histórica desde la reforma laboral del 2012” como forma de intentar “compensar suficientemente a la víctima”.
Recalcan, asimismo, que las cuantías de las indemnizaciones por despidos sin causa no son “excesivas”. Para un contrato temporal, la indemnización media está en 1.500 euros; para un contrato parcial indefinido alcanza los 4.642 euros; para un contrato fijo-discontinuo es de 4.493 euros, y para un contrato indefinido, de 9.512 euros.
“Estos son despidos efectuados sin causa, despidos efectuados de manera arbitraria, que con estas indemnizaciones no entendemos que puedan disuadir a nadie. Por eso, entendemos que hay que dar un paso más, hay que empezar a proteger realmente el contrato de trabajo con arreglo a la Carta Social Europea e incrementar sustancialmente las indemnizaciones que se producen por el despido injusto”, ha defendido Luján.
“No es cierto que en España sea más caro despedir”
El vicesecretario general de Política Sindical también ha recalcado que, contrario a lo que se afirma, “no es cierto que en España sea más caro despedir que en el resto de los países de la OCDE”.
Según explica el propio informe, elaborado junto con la Universidad de Jaén, España es el segundo país de la OCDE y de la Unión Europea (solo por detrás de Portugal) que más intensamente ha devaluado su protección frente al despido individual.
En concreto, ha pasado de un Índice de Protección del Empleo (IPE) de 3,55 en el año 1985 a una cifra de 2 en el 2023. Eso sitúa a España por debajo de la media de la OCDE y muy por debajo de la media europea, explica el informe.
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