barcelona
Una jueza de Esplugues de Llobregat (Barcelona) ha archivado la segunda causa que la cantante Shakira tenía abierta en España, en este caso por supuestamente defraudar 6,6 millones de euros a Hacienda en 2018, después de que la Fiscalía y las demás acusaciones pidieran cerrar la investigación.
En un auto, la titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Esplugues concluye que no existe "indicio alguno" que pueda acreditar que Shakira "de manera consciente y voluntaria" omitiera información y documentación con "trascendencia tributaria" en sus declaraciones del IRPF e impuesto de patrimonio de 2018 al asesor fiscal encargado de sus autoliquidaciones.
La defensa de la artista colombiana pidió hace tres meses el archivo de la causa en un escrito en el que reconocía "obligaciones tributarias" con Hacienda por el ejercicio de 2018 y se emplazaba a saldar esa deuda, después de que la investigada declarara por videoconferencia desde Miami y depositara en el juzgado los 6,6 millones de euros que se le reclamaban.
La Fiscalía y las acusaciones particulares ejercidas por Hacienda y por la Generalitat, en nombre de la Agencia Tributaria de Cataluña (ATC), han apoyado la petición de la defensa y han remitido a la cantante a la vía administrativa para que se ponga al corriente con el fisco, con lo que la jueza no tenía más opción que dar carpetazo al asunto.
De esa forma, quedan zanjadas las causas penales que Shakira tenía abiertas en España por fraude fiscal: la primera de ellas derivó en un juicio en el que, el pasado mes de noviembre, la artista aceptó el pago de una multa de 7,8 millones en un pacto con la Fiscalía y la Agencia Tributaria que le evitó el ingreso en prisión, tras asumir que defraudó 14,5 millones de euros entre los años 2012 y 2014.
En paralelo, Shakira tiene pendiente un litigio contencioso en la Audiencia Nacional contra la Agencia Tributaria por el ejercicio de 2011 en el que están en juego 65 millones de euros: 30 de ellos correspondientes a retenciones acumuladas en los últimos años y otros 35 en sanciones.
En un comunicado emitido por la agencia de comunicación Llorente y Cuenca, que representa a Shakira, el fiscalista José Luis Prada considera "especialmente inconcebible" que Hacienda la haya llevado a los tribunales por el ejercicio de 2011, cuando en su opinión no hay duda de que ese año no pasó en España ni la mitad del mínimo requerido para ser considerada residente fiscal en el país.
"Ese año Shakira se encontraba de gira por todo el mundo, llegando a dar 120 conciertos en 37 países y pasó, como máximo, 70 días en España", insiste el fiscalista de Shakira.
Además, Prada subraya que la multa de 35 millones de euros que se dirime en la Audiencia Nacional fue impuesta por Hacienda "sin esperar siquiera a que un tribunal se pronuncie sobre su conformidad a Derecho" y grava los ingresos de la gira de la cantante sin tener en cuenta los gastos en que incurrió, lo que "es manifiestamente contrario al principio constitucional de capacidad económica".
Por su parte, los abogados Pau Molins y Miriam Company, del bufete Molins que ha defendido a la artista, consideran que el archivo de la causa demuestra que "nunca hubo comportamiento defraudatorio por parte de la cantante", por lo que "no tenía sentido continuar con esta investigación penal".
Según Company, la investigación se sostenía en "complicadas teorías y conceptos técnicos de difícil comprensión, incluso para fiscalistas expertos".
De hecho, en su auto, la magistrada mantiene que hay "indicios suficientes" de que la liquidación del IRPF y el impuesto de patrimonio del ejercicio 2018 que presentó Shakira a través de su asesor fiscal "contenían irregularidades que fueron detectadas y puestas de manifiesto en las actuaciones de inspección y comprobación" llevadas a cabo por la Agencia Tributaria.
En concreto, añade el auto, Shakira dejó de ingresar a la AEAT 5,3 millones en concepto de IRPF y otros 547.512 euros en impuesto de patrimonio.
No obstante, la jueza recuerda que para cometer un delito contra la Hacienda pública no basta con que "se hayan producido irregularidades en las declaraciones tributarias presentadas", sino que también es necesario que "dicha conducta se haya llevado a cabo con el ánimo de defraudar".
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