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El inquilino del piso asaltado en Madrid por la Policía solicita al juez que testifique Marlaska 

El fiscal ha solicitado archivar la causa para cinco de los policías y mantener la acusación solo para el responsable del operativo policial desplegado el pasado 21 de marzo para frenar una fiesta ilegal.

El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska
El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska hace declaraciones a los medios tras inaugurar este jueves, 9 de septiembre de 2021, las nuevas dependencias oficiales de la Guardia Civil en Villalbilla (Madrid). J.J. Guillén / EFE

El inquilino afectado por el caso del ariete, en el que se investiga a seis policías por irrumpir a la fuerza en una fiesta ilegal en el barrio de Salamanca, en Madrid, ha solicitado al juez Jaime Serrat, a través de su defensa, que testifique el ministro del Interior, Fernando Grande Marlaska.

La solicitud de testificar se enmarca en la batería de diligencias solicitadas este viernes por el abogado del morador, el letrado Juan Gonzalo Ospina, en el marco de la audiencia celebrada entre las partes para trasladar a los seis agentes implicados en la causa su procesamiento por un delito de allanamiento de morada.

El procedimiento tiene su origen en una querella interpuesta por el morador y a instancias de que los magistrados de la Audiencia Provincial de Madrid ordenaran investigar los posibles excesos policiales llevados a cabo en la intervención policial realizada el pasado 21de marzo.

En la vista, el fiscal ha solicitado archivar la causa respecto a cinco de los policías y mantener la acusación solo para el responsable del operativo policial desplegado el pasado 21 de marzo para frenar una fiesta ilegal que se estaba celebrando a pesar de las restricciones sanitarias por la pandemia.

El letrado Juan Gonzalo Ospina ha solicitado que el ministro testifique para acreditar que "el Ministerio del Interior no autorizó de manera previa la actuación de los agentes de la Policía Nacional para infringir el derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio cuando se cometan infracciones administrativas".

Así como acredite si "apoyó la actuación de los agentes a posteriori de sus acciones, entendiendo que dicha actuación es lícita, sin embargo, dicha función no es del Ministerio de Interior, sino de los propios tribunales".

Diligencias solicitadas

Entre otras diligencias, también ha solicitado que se cite a declarar en calidad de testigo al representante jurídico de Netpol Seguridad S.L.; así como a su directora ejecutiva e incluso al administrador de dicha empresa, a efectos de que comparezcan a manifestar si tienen algún grado de parentesco o relación análoga con los agentes investigados.

La solicitud está encaminada a conocer "el grado y conocimientos jurídicos sobre los hechos enjuiciados, sus conocimientos sobre los delitos de allanamiento de morada y contra la inviolabilidad del domicilio, así como sobre los supuestos errores de prohibición de los investigados, y si los mismos han tenido formación en dicha academia".

Recursos de los agentes

El caso está pendiente de un recurso de apelación interpuestos por los agentes en la Audiencia Provincial de Madrid. En su recurso, las defensas de los policías sostienen que "el inmueble donde sucedieron los hechos no constituye morada, sino que, por el contrario, se trata de un piso que fue alquilado con la exclusiva finalidad de celebrar fiestas, incumpliendo la normativa existente como consecuencia del Estado de Alarma decretado por la pandemia".

La impugnación recalca que es "un hecho acreditado que durante el Estado de Alarma, y más en concreto en las fechas en las que sucedieron los hechos, se alquilaron pisos turísticos que, bajo la apariencia de pisos destinados al alojamiento de turistas, se destinaron únicamente a la celebración de fiestas, eludiendo la normativa impuesta.

Los agentes afirman que observaron que se trataba de un piso utilizado para celebrar fiestas ilegales

El recurso recoge que los agentes declararon ante el juez que pudieron observar que "se trataba de un piso utilizado para la celebración de fiestas ilegales y no de un piso utilizado como vivienda, ni siquiera de carácter temporal".

"Conclusión a la que llegaron tras observar, entre otras cosas, que no constaba nombre identificativo en el buzón de la correspondencia, que la puerta del inmueble disponía de un sistema de apertura telemático o tipo WiFi de los que habitualmente se utilizan en los pisos turísticos y que, los propios vecinos, moradores del piso 1º C, y requirentes, manifestaron que se trataba de un piso utilizado únicamente para hacer fiestas de jueves a domingo.

La investigación penal se abrió a raíz de una querella del inquilino y después de que la Audiencia Provincial de Madrid ordenara investigar a los agentes por excederse en su intervención policial.

Amparados por la ley

Los policías defendieron ante el juez que su intervención se realizó conforme derecho en defensa del descanso vecinal. Manifestaron entonces que estaban amparados por la ley al considerar que se estaba cometiendo un delito de desobediencia al negarse el inquilino y las personas que estaban celebrando la fiesta en el interior a identificarse.

Sin embargo, el abogado del inquilino, el letrado Juan Gonzalo Ospina, se mostró contrario a la postura de los agentes al manifestar que en el caso de que no se hubieran identificado se hubiera incurrido en una infracción administrativo y no en un delito flagrante tipo un intento de homicidio, en cuyo caso los agentes podrían haber actuado.

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