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La familia Campos Peña, condenada por el expolio de agua en Doñana, se libra de la cárcel al ver rebajada la pena

La Audiencia de Sevilla reduce a un año y medio la condena por haber sido juzgados con una década de retraso.

Imagen del Parque Natural de Doñana en Huelva, Andalucía (España).
Imagen del Parque Natural de Doñana en Huelva, Andalucía (España). Francisco J. Olmo / Europa Press

La familia Campos Peña, condenada por el expolio de agua en Doñana, podrá eludir la cárcel tras la sentencia de la Audiencia de Sevilla, que ha reducido su condena de tres años y medio de prisión a un año y medio, informa El País

Los cinco hermanos, propietarios de la finca Hato Blanco Viejo en Aznalcázar (Sevilla), fueron los primeros latifundistas en ser condenados a más de dos años de prisión en septiembre de 2023 por el saqueo de agua en el acuífero del Parque Nacional. En total, robaron 19,4 millones de metros cúbicos de agua entre 2008 y 2013.

Sin embargo, la Audiencia de Sevilla ha reducido su condena a la mitad al considerar que existe una atenuante muy cualificada. Es decir, aunque son culpables de un delito contra el medio ambiente y otro de daños, como la Justicia tardó una década en condenarlos, podrán evitar la cárcel.

La condena del Juzgado 14 de lo Penal en Sevilla marcó un hito debido a la contundente sentencia inicial, ya que hasta ese momento, los agricultores infractores de Huelva y Sevilla nunca habían recibido más de dos años de prisión por el consumo del ya sobreexplotado acuífero de Doñana.

Los magistrados Mercedes Fernández, Elvira Alberola y Joaquín Yust desbarataron el fallo inicial y estimaron de forma parcial el recurso de los terratenientes, que así evitan entrar en prisión.

Finalmente,  han sido condenados a un año de prisión por el delito contra el medio ambiente y seis meses por el delito de daños, además de una multa de 4.200 euros y 1,9 millones en indemnizaciones por el robo masivo de agua.

Los hechos se remontan a 2008

El tribunal ha recordado que los hechos se remontan a 2008, 16 años antes de esta sentencia, y ha señalado la "paralización absoluta" de los infractores durante más de tres años, así como los cuatro años que tardó la Justicia en celebrar el juicio en primera instancia.

Aunque la sentencia ha reconocido la complejidad del caso, el número de acusados, testigos e informes de expertos implicados en el proceso, no justifica el retraso de más de una década en el enjuiciamiento de los terratenientes. Los jueces destacan que "la dilación ha resultado hiperextraordinaria".

La Audiencia reconoce que "la extensión temporal –de seis años– y la gravedad del hecho" refuerzan el grave delito contra el medio ambiente cometido.

También critica a la jueza de primera instancia, Isabel de Luque, al señalar que su valoración para aumentar la pena por encima del mínimo legal requería "un razonamiento de mayor calado", dado que el delito contra el medio ambiente tiene una pena máxima de cinco años de prisión, mientras que los hermanos han recibido solo un año.

La sentencia recuerda que los terratenientes podían haber evitado el daño al medio ambiente utilizando mecanismos de control para la extracción de agua de los pozos, tanto autorizados como ilegales, pero optaron por no hacerlo. "De manera consciente y voluntaria, los contadores no existieron", reprochan los magistrados.

Algunos familiares no estaban implicados en la gestión

Amanda, José María y Antonio Campos Peña, tres de los hermanos, intentaron eludir la condena alegando que no estaban implicados en la administración de la finca. Sin embargo, los jueces les recordaron que era "insostenible" argumentar que ellos y sus socios desconocían los "años de sanciones" impuestas por la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, tres de las cuales fueron ratificadas por el Supremo.

Entre los hermanos condenados, uno es sacerdote y otro reside en el Reino Unido, y ambos tenían el "nivel intelectual suficiente" para percatarse de la "constante extracción ilegal de aguas". "Ignorar, desconocer o mirar hacia otro lado no se sostiene cuando las advertencias fueron múltiples y prolongadas en el tiempo", concluye la Audiencia.

Desde 2005, los Campos Peña decidieron impedir el acceso a la policía a su finca, hasta que la Confederación, dependiente del Ministerio de Transición Ecológica, regularizó los cultivos hace seis años, en 2018.

"La constante obstaculización a la policía de aguas cuando pretendían acceder a la finca, una vez advertidas zonas no autorizadas donde se regaba, y sobre todo, la ausencia absoluta de control respecto al agua a extraer" son algunos de los problemas destacados. Los propietarios infractores llegaron a acumular más de cinco millones en multas.

La familia también recurrió la cuantía de la multa de 4.200 euros, pero la Audiencia de Sevilla no la desestimó al recordar su capacidad patrimonial, dado que las fincas de la familia están valoradas en 3,3 millones de euros.

El nivel del acuífero bajó 15 metros por la magnitud del robo

El robo fue de tal magnitud que el nivel freático del acuífero bajó hasta 15 metros, resaltó el perito adscrito a la Unidad Técnica de la Fiscalía de Medio Ambiente. Tenían permiso para regar 456 hectáreas de un total de 1.044 cultivadas con arroz, algodón y remolacha.

La sentencia de la Audiencia de Sevilla solo admite recurrir a la tasación ante el Tribunal Supremo por infracción de ley. Juan Luis Pérez Marín, abogado de la familia, ha rechazado confirmar el fallo condenatorio ante el tribunal.

La condena de la Audiencia de Sevilla confirma que los Campos Peña deben pagar 1,9 millones de euros como indemnización. Sin embargo, su continua litigación les ha permitido ahorrar mucho dinero en la última década: de los 5,7 millones que debieron pagar en multas, solo abonaron 770.072 euros, es decir, el 13% del total, según la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

Entre 1997 y 2013, acumularon 14 multas millonarias, tres de las cuales fueron ratificadas por el Supremo. De estas últimas, la Confederación no cobró ni un céntimo de los 2,1 millones en sanciones.

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