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Despedido por enviar correos electrónicos con imágenes de un pene erecto a una compañera de trabajo 

El hombre justificó sus actos diciendo que lo había enviado como halago y "porque le ponía", no para humillarla.

Fotografía de archivo. Un hombre escribiendo en el ordenador.
Fotografía de archivo. Un hombre escribiendo en el ordenador. Pixabay

Un juzgado de Lo Social de Murcia ha declarado procedente el despido del trabajador de una empresa que envió a una compañera siete correos electrónicos con la imagen de un pene en erección y que, tras pedirle disculpas, le dijo que no lo había hecho para humillarla, sino como halago y "porque le ponía".

La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, señala que sus ofensas fueron de especial gravedad por el contexto en el que se produjeron los hechos y, también, por las fotografías, además de tener en cuenta que se amparó en el anonimato "para el hostigamiento, que afectó a la dignidad de la mujer".

En una de las fotografías aparecía la mujer de fondo de pantalla junto al pene

En un principio la destinataria de los envíos pensó que se trataba de un correo basura indiscriminado, pero que después comprobó que iban dirigidos a ella porque en uno de los últimos figuraba una fotografía suya como fondo de pantalla, junto con la imagen del pene, por lo que se lo dijo a su jefe. 

Mientras ellas se dirigía a una comisaría a denunciar los hechos, el jefe habló con el trabajador por si conocía algo de lo ocurrido, contestándole que sabía poca cosa, solo lo que ella le había contado. De inmediato, el ahora despedido la llamó y le pidió que no pusiera la denuncia, ya que quería contarle algo "muy importante" relacionado con el tema. Cuando ambos se vieron en la sede de la empresa, ubicada en un municipio de Murcia, reconoció lo que había hecho, pidiéndole disculpas y diciéndole que le había enviado los correos como halago, no siendo consciente de que podían hacerle daño.

Las explicaciones no convencieron a su compañera, que, finalmente, denunció lo ocurrido, mientras que la empresa acordaba el despido del empleado, lo que le fue comunicado a través de una carta en la que le reprochaba que había tenido una conducta "totalmente censurable que no se puede permitir". Y añadía la empresa que la misma "constituía una grave falta de respeto y consideración a la dignidad de su compañera de trabajo". La sentencia puede ser recurrida en segunda instancia ante la Sala de Lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia.

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