madrid
Actualizado:La Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU) promovida por el Ministerio de Universidades de Manuel Castells está en marcha y en un plazo aproximado de un mes se llevará ante el Consejo de Ministros y se pretenderá su aprobación en el Congreso de los Diputados.
Este ordenamiento, que ha sufrido modificaciones tras escuchar a la comunidad educativa, sustituirá a Ley Orgánica de Universidades promovida en 2001 y reformada en 2007. Hasta ahora había encontrado su mayor escollo en la elección de los rectores, cuestión que ya ha sido solventada después de escuchar las peticiones de la comunidad universitaria, que solicitaba que se mantuviera el sistema de sufragio universal ponderado en lugar de una comisión que designara el puesto, la primera idea que pretendía el ministerio.
El propio anteproyecto de ley, al que ha tenido acceso Público, reconoce que "la universidad del S.XXI no puede replegarse en una torre de marfil, sino que tiene que profundizar su inserción en el tejido productivo y social". Con esa meta nace la nueva ley que aspira a mejorar en espacios para la igualdad o conseguir una estructura de profesorado más estable y mejor pagada. Estas son las claves de la llamada ley de universidades.
Refuerzo de la figura del estudiantado
Los estudiantes, la base de la comunidad universitaria, verán aumentada su presencia en los órganos de toma de decisión. Además de que continuarán pudiendo votar en las elecciones para designar un rector, hay novedades significativas.
Como adelantó Público, el Consejo de Estudiantes Universitario del Estado se eleva a un órgano de coordinación y el Consejo de Gobierno y cada Consejo de Facultades y Escuelas, Consejo de Departamento y Claustro Universitario tendrán entre sus miembros a representantes de estudiantes.
Mientras que en el Consejo de Gobierno la representación de estudiantes alcanzará el 10%, en el resto de órganos mencionados tendrá que ser al menos de un 25%.
Además, "se mandata la creación de un nuevo órgano de representación en cada universidad, como es el Consejo de Estudiantes".
Reducir los contratos temporales del profesorado
Una de las principales reformas que pretende la ley es limitar el número de contratos temporales, que ocupan un grueso significativo del cuerpo de profesores y, además, termina por cubrir necesidades estructurales.
Así pues, "el profesorado con contrato laboral temporal no podrá superar el 20% en efectivos de la plantilla de personal docente e investigador". Esta medida traerá una renovación importante en los contratos docentes, ya que solo la figura de los profesores asociados representan al menos un tercio del conjunto docente e investigador.
Además, "el profesorado funcionario será como mínimo el 55% del total de personal docente e investigador de la universidad", según reza esta ley.
Limitación para los profesores asociados
Para frenar el exceso de ocupación y uso de la figura de los profesores asociados, además de la reestructuración en los contratos, la ley limitará en 120 horas lectivas por curso académico la implicación de cada profesor asociado. Estas horas, en la actualidad, se superan en muchos casos, según asegura el propio documento del ministerio.
Además, el contrato será de carácter temporal y conllevará una dedicación a
tiempo parcial y la duración será de seis meses, un año o dos años, y se
podrá renovar por períodos de igual duración, mientras se mantenga la necesidad académica.
Sin exigencias de estancias en el extranjero
Otra de las cuestiones que se ha reformado del plan inicial es exigir al profesorado estancias de al menos nueve meses en el extranjero. Esta idea ha sido reformulada y no será necesario acudir a otros países, tal y como adelantó El País.
Por tanto, "la acreditación para el acceso al Cuerpo de Profesores/as Titulares
de Universidad requerirá haber realizado una estancia única de mínimo nueve meses o varias estancias que acumuladas sumen al menos nueve meses en universidades y/o centros de investigación, españoles o extranjeros, distintos de aquella institución en la que se presentó la tesis doctoral".
Financiación de las universidades
La exposición de motivos que precede a la ley reconoce que el gasto público en educación universitaria se redujo durante la última década el doble que el gasto general educativo, lo que ha alejado al sistema universitario nacional de la media de inversión europea.
El artículo 38 de la ley recoge que "se garantizará que las universidades públicas dispongan de suficiencia financiera" y se adscribe a las reformas financieras de la ley Celaà por lo se "acordará un plan de incremento del gasto público en
educación para los próximos diez años".
Control al crecimiento de universidades privadas
Así como la ley Celaá ha traído una legislación que pone freno al crecimiento de la educación privada en detrimento de la pública, la ley de universidades velará por controlar los requisitos para la creación y funcionamiento de universidades, ya que los actuales "no han demostrado ser suficientes para asegurar los criterios mínimos de calidad".
Los sistemas de evaluación de calidad como la ANECA y el EQAR seguirán teniendo el peso que les corresponde, pero hay un apartado concreto de Régimen específico de las universidades privadas para legislar sobre la formación de éstas.
Además, la ley dejará estipulado que la decisión queda en manos del Ejecutivo: "El Gobierno, mediante real decreto, determinará las condiciones y requisitos básicos para la creación de universidades públicas y el reconocimiento de universidades privadas".
Promoción de equidad y unidades de igualdad
Será exigible que todas las universidades dispongan "como mínimo" de unidades de igualdad, de diversidad, de defensoría del universitario y de inspección de servicios, "dotadas con recursos humanos y económicos suficientes".
Además, tal y como recoge el artículo 53, "se podrá establecer medidas de acción positiva en los concursos de acceso a plazas de personal docente e investigador funcionario y contratado para favorecer el acceso de las mujeres".
Inversión obligatoria en investigación
Una medida novedosa dentro de la ley de universidades es que todos los centros, públicos o privados, deberán invertir al menos el 5% de su presupuesto en programas propios de investigación.
Además, el presupuesto de las universidades será "público, único, equilibrado, y
comprenderá la totalidad de sus ingresos y gastos".
Títulos universitarios firmados por el rey
Otra de las polémicas alentadas por la derecha tuvo que ver con que, según se interpretó del primer borrador, el rey dejaría de firmar los títulos universitarios. En una entrevista con Público, el ministro explicaba que hay un decreto del 2010 que define el procedimiento administrativo y las características de los títulos. "Os anticipo que ya hemos decidido que no hace falta crear un escándalo absolutamente ilógico por una cuestión puramente formal porque nosotros no queríamos cambiar el procedimiento de expedición de títulos". Y así ha sido. El ministerio ha decidido dar marcha atrás sobre la idea inicial y los títulos universitarios seguirán siendo firmados por el rey.
¿Te ha resultado interesante esta noticia?
Comentarios
<% if(canWriteComments) { %> <% } %>Comentarios:
<% if(_.allKeys(comments).length > 0) { %> <% _.each(comments, function(comment) { %>-
<% if(comment.user.image) { %>
<% } else { %>
<%= comment.user.firstLetter %>
<% } %>
<%= comment.user.username %>
<%= comment.published %>
<%= comment.dateTime %>
<%= comment.text %>
Responder
<% if(_.allKeys(comment.children.models).length > 0) { %>
<% }); %>
<% } else { %>
- No hay comentarios para esta noticia.
<% } %>
Mostrar más comentarios<% _.each(comment.children.models, function(children) { %> <% children = children.toJSON() %>-
<% if(children.user.image) { %>
<% } else { %>
<%= children.user.firstLetter %>
<% } %>
<% if(children.parent.id != comment.id) { %>
en respuesta a <%= children.parent.username %>
<% } %>
<%= children.user.username %>
<%= children.published %>
<%= children.dateTime %>
<%= children.text %>
Responder
<% }); %>
<% } %> <% if(canWriteComments) { %> <% } %>