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Condenada una supervisora de limpieza por llamar "negro de mierda" y otros ataques racistas a un empleado

La sentencia enfatiza la responsabilidad de los empleadores y supervisores de evitar cualquier conducta discriminatoria o racista en el ámbito laboral.

Varias personas durante una concentración convocada por STOP Racismo, a 27 de junio de 2021.
Varias personas durante una concentración convocada por STOP Racismo, a 27 de junio de 2021. DIMA / Europa Press

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado a una supervisora de una empresa de limpieza de autobuses por vulnerar derechos constitucionales, tras insultar repetidamente a un trabajador con referencias racistas, como llamarlo "negro de mierda".

Este fallo revierte una sentencia previa de la Audiencia de Granada, que absolvió a la acusada. La Fiscalía y la acusación particular apelaron esa decisión, lo que llevó al TSJA a emitir una condena de seis meses de prisión, una multa de 540 euros y la inhabilitación de la supervisora por tres años para ejercer en entornos educativos, deportivos y recreativos.

El caso se remonta a hace más de diez años, cuando la acusada, que supervisaba la limpieza de los autobuses de Alsa en Granada, comenzó a criticar el trabajo del empleado, que finalmente solicitó una baja médica en 2014 debido a la presión laboral y los comentarios despectivos.

En 2019, la supervisora volvió a emitir quejas similares, concentrando sus críticas en el mismo trabajador, a pesar de que la limpieza de los autobuses era responsabilidad de más empleados. Durante estas recriminaciones, se refirió a él llamándole "pasmarote" y "negrillo de mierda", comentarios que también utilizó para hablar con terceras personas con las que se lamentó de la "mala suerte" porque "hemos pillado que ha limpiado el negro".

Los comentarios racistas contribuyeron al deterioro de la salud mental del empleado, quien solicitó una segunda baja médica por ansiedad generalizada, según un informe psiquiátrico. A pesar del daño sufrido, el trabajador decidió renunciar a cualquier compensación económica por los hechos.

Inicialmente, la Audiencia de Granada absolvió a la supervisora, argumentando que no hubo intención directa de causar daño. Sin embargo, los recursos presentados subrayaron que los insultos racistas no eran meros comentarios, sino que buscaban menospreciar al trabajador por su raza.

El TSJA, tras revisar los hechos, consideró que la acusada vulneró la dignidad del empleado, actuando con motivos claramente discriminatorios por su origen étnico.

Esta condena enfatiza la responsabilidad de los empleadores y supervisores de evitar cualquier conducta discriminatoria o racista en el ámbito laboral, ya que atenta contra los derechos fundamentales de los trabajadores.

De igual modo, la sentencia subraya la importancia de proteger a los empleados frente a comportamientos vejatorios y discriminatorios en el entorno de trabajo, reforzando las garantías constitucionales.

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