Público
Público

Cifuentes recurre ante la Audiencia la inadmisión de la querella contra Maestre

"La libertad no ampara la injuria y la Audiencia Provincial dirá la última palabra", ha expuesto Cifuentes en la red social Twitter en referencia al recurso que ha impuesto.

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Cristina Cifuentes, durante su intervención en una de las sesiones de control del pleno de la Asamblea de Madrid. EFE/Emilio Naranjo

EUROPA PRESS

MADRID.- La presidenta de la Comunidad de Madrid, Cristina Cifuentes, ha recurrido ante la Audiencia Provincial la inadmisión de la querella interpuesta contra la portavoz del Gobierno municipal, Rita Maestre, que ha acordado el Juzgado de Instrucción número 49 de Madrid.

"La libertad no ampara la injuria y la Audiencia Provincial dirá la última palabra", ha expuesto Cifuentes en la red social Twitter (aludiendo al recurso que ya ha interpuesto) en respuesta a un comentario previo del portavoz de Podemos en el Congreso, Iñigo Errejón, aludiendo a que, a su juicio, Cifuentes "ha querido encarcelar las palabras" pero que "no se podía poner coto a la libertad".

La querella fue presentada a raíz de una entrevista de Maestre en 'El Español' el pasado 18 de abril, donde Cifuentes consideraba que se había cometido un delito de calumnias e injurias graves. "En aquel momento, nadie que quisiera hablar con Cifuentes podía hacerlo. No existían cauces de diálogo. Fundamentalmente su actuación como delegada del gobierno era pegar a gente, era la jefa de los que apaleaban a los que se manifestaban en Sol", declaró Maestre.

La edil explicó posteriormente a la prensa que "no quería decir que la función de la policía sea pegar ni que ella fuera la que físicamente llevara una porra en la mano sino que como delegada del gobierno era responsable de algunas cargas".

En la sentencia, el juez sienta como base la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de 2011, que "apenas deja lugar para las restricciones a la libertad de expresión en el ámbito del discurso y el debate político, en el cual la libertad de expresión reviste la más alta importancia de las cuestiones de interés general".

"Los límites a la crítica admisible son más amplias respecto a un sujeto político exponiéndose inevitablemente y conscientemente a un control atento de sus hechos y debe mostrar por ello una mayor tolerancia", sostiene el juzgado, que apunta que esto no quiere decir que no tengan derecho a proteger su reputación.

¿Te ha resultado interesante esta noticia?