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El Supremo rechaza que el PP acuse en solitario en el caso ERE

Deberá comparecer bajo la dirección de Manos Limpias en el caso que afecta a los expresidentes de la Junta Manuel Chaves y José Antonio Griñán

Fachada del Tribunal Supremo. EFE

JULIA PÉREZ

MADRID.- El Tribunal Supremo ha rechazado que el PP de Andalucía ejerza la acusación popular en solitario en el caso ERE que se instruye en el alto tribunal y que afecta a los expresidentes andaluces Manuel Chaves y José Antonio Griñán y los ex consejeros Mar Moreno, Gaspar Zarrías y José Antonio Viera.

La Sala de lo Penal resuelve que las tres acusaciones populares que se han presentado actúen bajo una misma dirección y representación. En este caso la dirección corresponde a Manos Limpias, el sindicato que primero denunció el caso ante el Supremo. La tercera acusación es el controvertido abogado Emilio Rodríguez Menéndez a través de la Asociación Pro Justicia Siglo XXI.

En un auto difundido este lunes, el Supremo considera que esta dirección coordinada de la acusación popular no suprime el derecho de defensa y asistencia letrada, sino que modula su ejercicio en atención al interés general.

El Supremo recuerda que la acción popular tiene como propósito el buscar la verdad y alcanzar la justicia “desde la perspectiva del interés general y no desde la defensa de intereses particulares”, aunque lo sea con los matices que pueda aportar cada punto de vista particular.

Los posibles inconvenientes que pudiera presentar la necesidad de actuar en el proceso y dirigirse al Supremo mediante una sola representación, han de ser resueltos “por la colaboración entre los distintos actores populares para hacer compatible la expresión de una posición común con los distintos matices que pudieran caracterizar su enfoque de la causa”, sostiene el auto.

La Sala también rechaza la alegación de la defensa de José Antonio Griñán que había cuestionado la legitimación del recurrente. En este sentido, el auto afirma que la persona jurídica personada es el Partido Popular, pero, según sus estatutos, la denominación Partido Popular de Andalucía es la que corresponde utilizar cuando quienes actúan son los órganos de dicho partido en esa comunidad autónoma.

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