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Sentencia del 'procés' El Supremo subraya que los 'Jordis' tuvieron una contribución "decisiva" en el 'procés'

El expresidente de la Asamblea Nacional Catalana (ANC) y el presidente de Òmnium Cultural han sido condenados a nueve años de cárcel y otros nueve de inhabilitación por sedición.

Jordi Sànchez, expresidente de la Asamblea Nacional Catalana (ANC), y Jordi Cuixart, presidente de Òmnium Cultural, acuden a la Audiencia Nacional. EFE

PILAR ARAQUE CONDE

Jordi Sànchez, expresidente de la Asamblea Nacional Catalana (ANC), y Jordi Cuixart, presidente de Òmnium Cultural, –condenados a nueve años de cárcel y otros nueve de inhabilitación por sedición– tuvieron una función relevante en la movilización de los ciudadanos. Asimismo, su contribución "resultaba decisiva para los fines ideados", tal y como señala la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo en la sentencia del procés, dada a conocer este lunes.

El Alto Tribunal destaca en un fallo de 493 páginas la capacidad de liderazgo ejercida por ambos: "La ausencia de violencia en convocatorias multitudinarias añadía una seña de identidad que reforzaba, si cabe, su capacidad de convocatoria. De ahí que la vanguardia para la movilización ciudadana dirigida a la celebración del
referéndum fuera asumida por ambos acusados", abunda la sentencia escrita por el presidente del tribunal que juzga el procés, Manuel Marchena.

Asimismo, subraya la participación "activa" en el diseño de las distintas "hojas de ruta" que han marcado el paso del "supuesto camino hacia la independencia". "Su autonomía orgánica y funcional y su funcionamiento asambleario no han sido obstáculo, en los últimos años, para mantener un estrecho contacto con los dirigentes políticos nacionalistas".

La sentencia indica que las organizaciones lideradas por los dirigentes independentistas, ANC y Òmnium Cultural, fueron puestas "al servicio de la maniobra de presión política". 

Sànchez, erigido como interlocutor

Sànchez asumió el papel de "interlocutor", así como la "promoción" y el "liderazgo" de la concentración que tuvo lugar el 20 de septiembre de 2017 a las puertas de las oficinas de Vicepresidencia y la conselleria d'Economia, una movilización que se prolongó hasta las 07.00 horas del día siguiente. El fallo señala que la intención del exlíder de la ANC era la de "dificultar y bloquear" la actuación judicial que en esos momentos se desarrollaba en el interior del edificio institucional. 

En este sentido, como interlocutor erigido ante los agentes policiales, Sànchez negó a los guardias civiles que "pudieran introducir a los detenidos en el edificio, salvo que asumieran conducirlos a pie entre el tumulto". No obstante, reconoce que el dirigente independentista, al conocer que en el interior de los coches de la Benemérita había armas, "dispuso lo necesario para aislar los vehículos", dado que los vehículos estaban rodeados por los manifestantes. Además, el Alto Tribunal sostiene que a lo largo de la noche, el condenado "cambió hacia una actitud más colaboradora" con los agentes de la Guardia Civil.

"Sànchez cambió hacia una actitud más colaboradora"

Además del liderazgo en las movilizaciones multitudinarias de los días 20 y 21 de septiembre de 2017, "su concertación con el resto de los acusados es una evidencia". Esto es, desde que asumió la presidencia de la ANC, "ha quedado acreditado" el apoyo activo de la institución a los planes del Govern liderado por Carles Puigdemont. 

"Sus decisiones fueron presentadas como inadmisibles actos de agravio a una población y se revelarían como el perfecto caldo de cultivo para la movilización genuinamente sediciosa del 1 de octubre", reza la sentencia. Y, sobre la consulta independentista del 1-O, el Alto Tribunal alude al papel movilizador de Sànchez "con el objeto de hacer evidente que la Justicia española no podía ejecutar sus legítimas decisiones".

Cuixart, uno de los pilares del movimiento sedicioso

El presidente de Òmnium Cultural, junto a Jordi Sànchez, "era uno de los pilares del movimiento sedicioso". En el fallo habla del progreso de su actuación: "Se produce un progresivo in crescendo que le llevará a dar el salto desde las llamadas a la protesta, a las manifestaciones, a la movilización legítima –todo ello sin relevancia penal alguna– a empujar a la ciudadanía simpatizante con el movimiento secesionista a la resistencia activa, a la oposición por vías de hecho al cumplimiento de órdenes judiciales, o de cualesquiera decisiones de las autoridades que contradijesen u obstaculizasen ese propósito firme de realizar un referéndum basado en un supuesto derecho de autodeterminación".

El Tribunal Supremo sostiene que las proclamas empleadas por Cuixart en sus acciones reivindicativas "evidencian" que no se trataba de "simbolismo o metáforas". En este sentido, indica el tribunal, "cuando hablaba de 'aturar' la actuación de la Guardia Civil o gritaba que ni la Guardia Civil, ni las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, ni el Tribunal Constitucional, ni ningún tribunal podrían detener sus objetivos, estaba pensando en eso, en oponerse también materialmente –y no solo con los medios legales o ejerciendo el derecho a la protesta– a la ejecución de esos eventuales mandatos judiciales". 

"No se puede defender si no es mediante la oposición y la resistencia, aunque no sea agresiva"

En cuanto a la consulta ciudadana del 1-O, la sentencia confirma que las pruebas practicadas "excluyen cualquier duda" acerca de que el movimiento Escoles Obertes fue apoyado, estimulado, multiplicado y alentado por Cuixart. "El recurrente admite que OC no solo vio con simpatía la iniciativa Escoles Obertes sino que la apoyaron y alentaron. Esas actividades pretendían de forma directa e indisimulada evitar el cierre de los centros que se había ordenado a los Mossos d’Esquadra", explica la sentencia.

Y, aunque Cuixart alentara a "defender pacíficamente los colegios electorales", el TS entiende que "no se puede defender si no es mediante la oposición y la resistencia, aunque no sea agresiva". Asimismo, considera que los llamamientos en los que el dirigente independentista incitaba al voto eran, en realidad, "para hacer fuerza o resistencia a la acción policial".

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