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Moreno, Bendodo y Canal Sur suman tres condenas de la Junta Electoral por favorecer al PP con medios institucionales

La última de las amonestaciones de la Junta Electoral tiene que ver con una entrevista, anunciada en las redes oficiales del Gobierno, en la que "las afirmaciones y manifestaciones" del presidente de la Junta vulneraron la ley electoral.

El presidente del Partido Popular de Andalucía, Juanma Moreno, en el acto de presentación de los 109 candidatos del PP de Andalucía para las elecciones autonómicas del 19 de junio.
El presidente del Partido Popular de Andalucía, Juanma Moreno, en el acto de presentación de los 109 candidatos del PP de Andalucía para las elecciones autonómicas del 19 de junio. Nacho Frade / Europa Press

Son tres ya las condenas al Gobierno andaluz y a Canal Sur por el uso partidista de los medios públicos a su disposición. La Junta Electoral –la andaluza y la central– ha estimado hasta ahora parcialmente dos recursos del PSOE y otro de Adelante Andalucía y ha amonestado al presidente de la Junta, Juanma Moreno, a su consejero de la Presidencia, Elías Bendodo, y a la dirección de Canal Sur por favorecer al PP y al Gobierno andaluz. Son de este modo ya tres las condenas que acumulan los altos cargos por favorecer desde los poderes públicos al PP, uno de los partidos de Gobierno, junto a Ciudadanos.

La Ley electoral prohíbe, con las elecciones convocadas, en su artículo 50, cualquier "acto organizado o financiado, directa o indirectamente, por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos". También los que utilicen "imágenes o expresiones coincidentes o similares a las utilizadas en sus propias campañas por alguna de las entidades políticas concurrentes a las elecciones".

La última de las condenas de la Junta Electoral la hizo pública esta semana Adelante Andalucía y tiene que ver con una entrevista, anunciada en las redes oficiales del Gobierno, en la que "las afirmaciones y manifestaciones" de Moreno en el curso de una entrevista en un medio de comunicación, que fue anunciada en el perfil institucional de la Junta de Andalucía en Twitter vulneraron la ley electoral.

Procede, añade la resolución, "instar al presidente a que en lo sucesivo, extreme su deber de cuidado para evitar la realización de declaraciones o manifestaciones con incidencia electoral que vulneren" la ley. El presidente y candidato que se somete voluntariamente a una entrevista "tiene un especial deber de cuidado" y debe "guardar una especial diligencia" cuando realiza sus afirmaciones.

La Junta Electoral disculpa, eso sí, de la amonestación al presidente, cuando sus afirmaciones fueron "consecuencia de preguntas directamente" dirigidas por el periodista.

Bendodo y Canal Sur

Elías Bendodo también fue advertido por, en su caso, vulnerar la ley en una rueda de prensa tras un Consejo de Gobierno. La denuncia la puso en este caso el PSOE. La Junta Electoral fue muy contundente en su advertencia: Bendodo quebrantó "el deber de neutralidad que quienes ostentan cargos públicos han de mantener en el curso de sus intervenciones institucionales".

El consejero de la Presidencia hizo afirmaciones elogiosas sobre el Gobierno que no guardaban relación ni eran "consecuencia directa de los acuerdos adoptados" por el gabinete de Moreno. Recuerda la Junta Electoral Central: "El Tribunal Supremo ha declarado reiteradamente que la neutralidad de los poderes públicos constituye uno de los instrumentos legalmente establecidos para hacer efectiva la igualdad".

Y el canal público de Televisión, Canal Sur, según la Junta Electoral, también vulneró "la neutralidad exigible en periodo electoral". El pasado 26 de abril incluyó mensajes que "favorece a unas opciones electorales [el PP y Ciudadanos] en detrimento de otras, al contener elementos reivindicativos de la gestión desarrollada por el Gobierno en materia tributaria, sanitaria, laboral, económica y urbanística".

"Debe tenerse en cuenta –prosigue la Junta Electoral- que las manifestaciones transcritas fueron emitidas en horario de máxima audiencia y a modo de inciso entre otras noticias de actualidad, aprovechando la capacidad de difusión que es propia de los programas informativos de sobremesa".

Añade la Junta Electoral: "La información [no incluía] ningún matiz crítico o negativo que pudiese perjudicar la favorecedora imagen con la que el noticiario estaba tratando al actual Gobierno andaluz".

Y remacha: La libertad de expresión no exime "a un canal de televisión de titularidad pública del deber de respetar los principios de neutralidad informativa, pluralismo político e igualdad, exigido" por la Ley Electoral.

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