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Actualizado:El Tribunal Supremo mantiene las órdenes europeas de detención internacional contra el expresidente catalán Carles Puigdemont y el exconsejero Toni Comín, eurodiputados electos, al tiempo que reclama al Parlamento Europeo que les retire su inmunidad que entró en vigor al ser elegidos eurodiputados tras los comicios del 26 de mayo.
La inmunidad les salva de poder ser detenidos en la UE, pero no así en España. De pisar territorio nacional serán arrestados
El instructor de la causa del 'procés', Pablo Llarena, ha dictado dos autos este viernes que suponen que ambos dirigentes de JxCat podrán acudir desde Bélgica a la sede del Europarlamento, en Estrasburgo, y ejercer su labor política sin ser detenidos, pero sólo mientras se tramita el levantamiento de su inmunidad. A su vez, pueden viajar por Europa para acudir a la Cámara europea pero si entran en España serán arrestados: el juez considera que la inmunidad no les alcanza, al haber sido procesados por el Supremo antes de adquirir su condición de eurodiputados, por lo que ratifica la orden nacional de detención.
Llarena aplica así la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre el líder de ERC, Oriol Junqueras, que reconoció su inmunidad de desplazamiento al Parlamento Europeo desde que fue proclamado europarlamentario, el 13 de junio pasado. Según el TJUE, Junqueras adquirió esta condición con la proclamación de resultados, que se produjo sólo un día después de que quedara visto para sentencia el juicio al procés, por el que ha sido condenado a 13 años de cárcel por sedición y malversación de caudales públicos.
En dos autos, Llarena responde a la petición de las defensas de Puigdemont y Comín, que habían solicitado el levantamiento de las órdenes de detención ya que el Parlamento Europeo les ha reconocido su mandato como europarlamentarios en aplicación de la sentencia del TJUE. Ahora, Llarena les reconoce esta condición, así como el hecho de que se benefician de inmunidad, recogida en el artículo 9 del Protocolo 7 del Tratado de Funcionamiento de la UE (TFUE).
Así, el magistrado estima los recursos de Puigdemont y Comín contra sus resoluciones donde no les reconocía como eurodiputados, pero acuerda mantener activas las euroórdenes y comunica a las autoridades belgas que deben dejar sin efecto los plazos de ejecución hasta que la Eurocámara decida sobre los suplicatorios.
Llarena argumenta ante el Parlamento Europeo que debe retirar su inmunidad, ya que los hechos imputados a ambos políticos son muy anteriores a su elección y no guardan relación alguna con su actividad en la Eurocámara.
Después de varios incidentes con las euroórdenes, y de encadenar varapalos de la Justicia de otros países -fundamentalmente la alemana, que se negó a extraditar por rebelión a Puigdemont al no ver visos de la comisión de este delito, y sólo accedió a hacerlo por malversación- el juez Llarena ha mantenido activas las órdenes nacionales e internacionales de detención.
El pasado 2 de enero, la Justicia belga dejó en suspenso el proceso de extradición de ambos políticos, al considerar que gozan de inmunidad como eurodiputados.
El lunes 6, y pese a la decisión de la Junta Electoral Central (JEC) al respecto, el Europarlamento les reconoció su condición de europarlamentarios. Todo, tras la sentencia del TJUE sobre la inmunidad adquirida con sus escaños, gracias al nuevo giro al caso dado por la defensa del exvicepresident Junqueras, condenado por sedición y malversación en la causa en la que Puigdemont y Comín fueron declarados "procesados rebeldes".
Recado de Llarena al Europarlamento
En otro orden de cosas, Llarena aprovecha los autos de este viernes para mandar un recado a la Eurocámara: le recuerda que el principio de cooperación leal obliga a los Estados miembros a adoptar las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento del Derecho de la Unión, y que este impone un deber recíproco de cooperación entre el Parlamento y las autoridades judiciales nacionales.
El auto de procesamiento contra Puigdemont y Comín fue dictado el 21 de marzo de 2018 y confirmado el 19 de marzo de 2019, mucho antes de que ambos políticos entraran en las listas de las elecciones europeas del 26 de mayo pasado. Las listas fueron publicadas en el BOE en abril de 2019, si bien posteriormente debieron ser revisadas por la Junta Electoral Central (JEC).
No hay 'fumus persecutionis'
Destaca Llarena que no existe tal intención de dañar la actividad política de ambos diputados porque la acción judicial "no se refiere a opiniones o votos emitidos en el ejercicio de las funciones" de eurodiputados. Tampoco "guarda relación alguna con las actividades desempeñadas en el ejercicio de sus obligaciones parlamentarias, entonces -agrega- no se vislumbran indicios de fumus persecutionis, entendidos como elementos de hecho que apunten a que el procedimiento judicial responda a la intención de dañar la actividad política de un diputado y, por tanto, del Parlamento Europeo".
Es el presidente del Tribunal Supremo, Carlos Lesmes, quien debe remitir ahora al presidente del Parlamento Europeo, David Sassoli, los autos de Llarena para tramitar el levantamiento de la inmunidad de Puigdemont y Comín.
El juez del Supremo adjunta además el auto de procesamiento de Puigdemont y Comín, así como la sentencia condenatoria a la cúpula del procés catalán, dictada por la Sala de lo Penal del alto tribunal el 14 de octubre de 2019. Recuerda que los hechos atribuidos a ambos políticos pueden ser constitutivos de los delitos de sedición y malversación, y que estos delitos tienen un plazo de prescripción más duradero que el periodo para el que han sido elegidos como cargos públicos los procesados.
Además de reclamar la anulación de las cautelares en su contra, Puigdemont y Comín reclamaron el archivo de la causa y apartar de la misma a Llarena. Todas sus peticiones han sido rechazadas por el magistrado.
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