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La Junta Electoral propone que Podemos y Ciudadanos salgan en los telediarios también

El árbitro electoral elabora una propuesta de instrucción que somete a consulta a los partidos con representación en el Congreso de los Diputados y el Parlamento Europeo, que deberán responder antes del día 7 de abril.

Pablo Iglesias, secretario general de Podemos, junto a Jorge Bravo, presidente de la Asociación Unificada de Militares Españoles (AUME). EFE

JUAN ANTONIO BLAY

MADRID.- La Junta Electoral Central (JEC), el máximo árbitro para dilucidar la aplicación de la normativa electoral, básicamente recogida en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), es partidaria de que los partidos emergentes que han obtenido respaldo de los electores en los recientes comicios tengan el mismo tratamiento en los espacios informativos de los medios de comunicación públicos en los periodos electorales que se avecinan.

En consecuencia, de cara a las elecciones municipales y autonómicas del 24 de mayo y los comicios generales de este año, previsiblemente en el mes de noviembre, los partidos Podemos y Ciutadans deberán tener un seguimiento informativo de sus actos electorales durante las campañas previas a los días de votación. También una consideración especial desde la convocatoria de los procesos electorales.

Así se desprende del proyecto de instrucción que ha elaborado la JEC en su última reunión plenaria, el pasado miércoles día 25, y que ha sido publicada en la página web de esta institución. Este proyecto de instrucción se ha remitido a los partidos políticos con representación en el Congreso de los Diputados y en el Parlamento Europeo para que realicen las alegaciones que consideren oportunas. Ante la inminencia de las elecciones municipales y autonómicas la JEC ha dado de plazo hasta el día 7 de abril a las formaciones políticas para que presenten sus opiniones sobre esta iniciativa.

El proyecto de instrucción elaborado por la JEC viene a reformar parcialmente la instrucción vigente desde el mes de marzo de 2011 que aplica el principio de equidad en la concurrencia de las opciones políticas ante cualquier proceso electoral recogido en el artículo 88 de la LOREG.

Hace unas semanas, de forma provisional, la JEC dictó un acuerdo por el cual obligaba a la inclusión de formaciones emergentes como Podemos y Ciutadans en el seguimiento informativo por pate de los medios de titularidad pública en la campaña electoral para la elección del Parlamento de Andalucía..

Pues bien, ante la proliferación de procesos electorales en ciernes la JEC quiere convertir este principio de concurrencia en igualdad de condiciones en una instrucción permanente. De ahí que haya elaborado este proyecto de instrucción que se ha sometido a las aportaciones de las fuerzas políticas con representación parlamentaria en Madrid y en Bruselas.

Hasta este momento la instrucción vigente – la 4/2011, de 24 de marzo – obliga a los medios de titularidad pública a realizar en las campañas electorales el seguimiento en sus informativos de aquellas fuerzas políticas que hubiesen obtenido representación institucional en comicios electorales similares. La cobertura de otras formaciones políticas era opcional.

“Obliga a los medios públicos a proporcionarles una cobertura informativa mayor que la dedicada a otras fuerzas políticas sin representación, si bien inferior a la concedida a las que sí la lograron”

En la nueva instrucción la JEC estima que “los principios de pluralismo político e igualdad (…) exigen reconocer como grupo político significativo a aquellas formaciones políticas concurrentes a las elecciones que no alcanzaron representación en las últimas equivalentes pero que han obtenido en procesos electorales recientes en el mismo ámbito territorial al que se refiere la convocatoria actual unos resultados que acreditan un amplio apoyo de los electores”. Esa circunstancia, añade la JEC, “obliga a los medios públicos a proporcionarles una cobertura informativa mayor que la dedicada a otras fuerzas políticas sin representación, si bien inferior a la concedida a las que sí la lograron”.

En consecuencia, el texto del proyecto de instrucción de la JEC establece que para entrar en esta categoría de fuerza política representativa se tomará como referencia haber obtenido el 5% o más del porcentaje de votos en comicios recientes. De esta forma, por ejemplo, formaciones políticas como Podemos y Ciutadans quedarán equiparadas a los partidos que cuenten con escaños en los parlamentos autonómicos que ahora se disuelven o en los ayuntamientos que cesan en sus funciones de cara los comicios del 24 de mayo.

El tiempo dedicado a la cobertura informativa de estas fuerzas políticas emergentes será inferior al que corresponde a aquellas que sí tienen representación institucional hasta este momento en un ámbito territorial determinado

Eso sí, según el proyecto de instrucción, el tiempo dedicado a la cobertura informativa de estas fuerzas políticas emergentes será inferior al que corresponde a aquellas que sí tienen representación institucional hasta este momento en un ámbito territorial determinado.

Es la primera vez que la JEC actúa en estos términos a la hora de interpretar los principios de equidad de concurrencia ante unos comicios electorales que se recogen en la LOREG, una norma vigente desde 1985, aunque ha sufrido numerosas modificaciones. Precisamente, la labor de la JEC estriba, entre otros cometidos, en velar por la aplicación de las reglas establecidas y adecuarlas a cada momento.

En los últimos años han aparecido diversas voces reclamando la elaboración de una nueva legislación electoral por entender que las actuales circunstancias convierten a la LOREG en un texto superado. De momento, las formaciones más representativas han optado por modificaciones puntuales.

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