madrid
Actualizado:El Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña ha emitido una providencia en la que requiere al Estado para que en el plazo de diez días indique "de forma detallada y separada" qué bienes del inventario realizado el 11 de noviembre de 2020 son objeto de la demanda que presentó hace tres semanas por la propiedad de más de 500 bienes del Pazo de Meirás ante el Juzgado de Primera Instancia número 70 de Madrid.
La Abogacía del Estado pide en su demanda una petición de medida cautelar para que se acuerde la permanencia de los bienes en el inmueble, en depósito del Estado, hasta que el juzgado resuelva sobre su propiedad.
El juez Francisco Javier García Aponte solicita en su providencia, a la que ha tenido acceso este diario, que la Abogacía del Estado especifique cuáles de esos bienes no han sido objeto de la demanda y que, por tanto, "no quedarían afectados" por el pronunciamiento que pudiera dictar el juzgado de Madrid.
El juez también ha decretado la suspensión, hasta que se resuelva la petición efectuada por el Estado, del plazo concedido a las partes el pasado 26 de septiembre para que indicasen "el tiempo que previsiblemente considerasen necesario para la práctica de la diligencia, así como para que identificasen a las personas que intervendrán y medios que van a ser empleados para la realización de la entrega de los bienes con seguridad". Contra la providencia cabe presentar recurso de reposición, en el plazo de cinco días.
En su decreto del pasado mes de septiembre, este juzgado decretó que la entrega de los bienes del Pazo de Meirás que pertenezcan a la familia Franco debe hacerse en presencia de una comisión judicial y de las partes personadas en el procedimiento, tomando como base el inventario elaborado en noviembre de 2020.
La familia Franco, tal y como estableció el juzgado en un auto del pasado mes de julio, no podrá retirar todos aquellos bienes que en ese momento reclamaron el Estado, la Xunta y los ayuntamientos de A Coruña y Sada -a excepción de las alfombras pasilleras- porque el magistrado entendió que son bienes inmuebles, es decir, inseparables del pazo. Además, la letrada de la Administración de Justicia indicó que para el traslado de los bienes de interés cultural será necesario contar con la autorización de la Xunta.
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