MADRID.- La Fiscalía del Tribunal Supremo ha presentado un informe en el que solicita la inadmisión de la querella presentada por el ministro de Industria, Energía y Turismo en funciones, José Manuel Soria, contra la juez en excedencia Victoria Rosell, actual diputada por Podemos, por los delitos de calumnias, injurias, prevaricación judicial, retardo malicioso en la administración de justicia y cohecho.
Los tres últimos delitos se los atribuía el ministro a Rosell por presuntamente favorecer al empresario Miguel Ángel Ramírez, presidente de la Unión Deportiva Las Palmas, con el que la pareja de la magistrada, el periodista Carlos Sosa, negociaba la compra de una emisora de radio por cerca de 300.000 euros. La Fiscalía considera que el ministro en funciones carece de legitimación para acusar en relación con estos hechos.
En su informe, la Fiscalía dice además que Soria no ha acreditado lo suficiente en su querella la existencia de delitos e injurias y calumnias. Soria se refería a unas declaraciones realizadas por la actual diputada de Podemos en la que le acusaba "manipular" e "instrumentalizar" a la Fiscalía, ante la que fue denunciada por los hechos referidos a Ramírez, con el fin de perjudicarle en la contienda electoral.
El fiscal considera que el ministro acusa de las injurias "sin aportar u ofrecer ningún elemento o principio de prueba que avale razonablemente su realidad, ausencia de elemento de prueba que deben conducir a la inadmisión de la querella".
El querellante cita una noticia publicada en un medio digital, según el cual Victoria Rosell había afirmado: "No he hecho nunca nada ilegal, ni ilícito disciplinariamente ni mucho menos penal. El contrato se firmó después de que yo dejase el Juzgado para entrar en política. Es un intento de José Manuel Soria y del PP para neutralizar a un rival político usando la Fiscalía".
Declaraciones en campaña
Las manifestaciones que se atribuyen a Rosell se realizaron en plena campaña electoral para las elecciones generales del pasado diciembre en las que tanto Soria como la juez en excedencia presentaron su candidatura al Congreso de los Diputados por la circunscripción de Las Palmas.
La Fiscalía del Supremo considera que en un contexto de confrontación electoral, las manifestaciones publicadas no pueden ser consideradas un atentado al honor o dignidad del querellante, ni tampoco un delito de calumnias pues no se imputa formalmente la comisión de ilícito penal alguno.
La querella, por último, imputa a la querellada un retraso y paralización intencional en la tramitación de las diligencias previas relacionado con la transacción comercial de su pareja sentimental. Este retraso, indica la Fiscalía en su informe, fue objeto de una queja ante la Inspección del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que procedió a su archivo.
La Fiscalía afirma que "el simple retraso no revela, por sí mismo, un ánimo malicioso por más que no se haya empleado toda la diligencia necesaria en el cumplimiento del deber. No se aporta un mínimo principio de prueba que acredite ese elemento subjetivo, debiendo remitirse la conducta a la esfera sancionadora que ya se ha pronunciado".
Por todo lo anterior, la Fiscalía solicita al Tribunal Supremo que inadmita la querella por no ser los hechos indiciariamente constitutivos de ilícito penal alguno. Este asunto llegó al Supremo tras inhibirse el juez de instrucción 27 de los juzgados de Plaza de Castilla, donde fue presentada la querella antes de que se constituyeran las Cortes de la XI Legislatura.
En la querella, el titular de Industria solicita al juzgado que interrogue a Rosell en calidad de investigada y a la fiscal delegada de Delitos Económicos de Las Palmas de Gran Canaria Evangelina Ríos como testigo, por lesionar su dignidad pues "una campaña electoral no implica una patente de corso para la difamación".
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