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El senador de Podemos, Ramón Espinar, ha dado hoy explicaciones sobre la venta de una vivienda que realizó en 2011. Entre sus argumentos, ha aclarado que se trataba de una "vivienda joven" y no de una VPP (Vivienda de Protección Pública). ¿En qué consisten actualmente?
Plan de Vivienda Joven de la Comunidad de Madrid
Según publica la Comunidad de Madrid en su página web, el actual Plan de Vivienda Joven nace con el objetivo de prestar una particular atención a un colectivo con especiales dificultades para acceder a una vivienda. Este modelo además admite la promoción privada, por lo que se pueden establecer cooperativas que actúan como promotores.
De este modo, la Comunidad establece un conjunto de medidas de apoyo dirigidas a los jóvenes con edad inferior a 35 años, a los que destina viviendas con Protección Pública para arrendamiento con opción de compra. Así, destina suelo para la promoción y construcción de estas viviendas e impulsa convenios de colaboración con los Ayuntamientos de la Comunidad para promover la construcción de estas viviendas en sus municipios.
Además, es la responsable de aplicar los controles técnicos sobre las viviendas que se construyen y establecer los requisitos de acceso a estas viviendas, para que sólo puedan destinarse a jóvenes que reúnan determinadas condiciones, impulsando una lista única de solicitantes en la que es imprescindible inscribirse para acceder a las viviendas. Una vez registrados los jóvenes participan en distintos procesos de selección durante la vigencia del Plan.
Así, la Comunidad concreta la renta máxima anual del alquiler de la vivienda, desde el momento de la firma del contrato y establece el precio máximo legal de venta de estas viviendas en el caso de que se ejerza la opción de compra, una vez transcurridos los siete años de arrendamiento que establece la normativa. Es la Comunidad de Madrid, en cualquier caso, la que estudia la demanda de los jóvenes sobre este tipo de viviendas.
Vivienda de Protección Pública
Según recoge la web Urbanismo.com, las VPP son un tipo especial de Viviendas de Protección Oficial con características determinadas y cuyos adquirientes también deben reunir un perfil determinado, sobre todo en lo tocante al nivel de renta.
Así, en las VPP, el área construida de la vivienda no puede superar los 110 metros cuadrados y su precio siempre estará limitado por el precio máximo legal de venta. Además, la duración de la protección pública de estas viviendas es de 20 años.
Los ingresos familiares no puede exceder de 5,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) y los adquirientes no pueden tener otra vivienda que esté sujeta a algún régimen de protección pública ni, en algunas comunidades, de una vivienda libre cuyo valor supere el 40% del precio real de la VPP. Además, será necesario que se destine a vivienda habitual.
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