MADRID
Actualizado:"La apelación a defender la unidad de España no puede enturbiar el entendimiento sobre ningún derecho fundamental". Si las defensas de 7 de los 12 procesados peleaban en la penúltima jornada del juicio a la cúpula del procés por desmontar las acusaciones por rebelión, sedición y malversación, la letrada de Jordi Cuixart, Marina Roig, arrancaba este miércoles denunciando la vulneración de derechos de su representando, y la "criminalización de la participación colectiva" y la protesta que, a su entender, subyace a su procesamiento.
En la 52 y última sesión del juicio, ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, la letrada Roig ha dedicado más de la mitad de su intervención, casi media hora, a ahondar en esta cuestión, y no tanto a desmontar las acusaciones por los supuestos delitos de rebelión y sedición que la Fiscalía y la Abogacía del Estado, respectivamente, atribuyen al presidente de Òmnium Cultural. Se expone a peticiones de pena de hasta 17 años de cárcel.
Los letrados complementan unas intervenciones con otras: unos se centran en desmontar la rebelión o la sedición, otros la malversación
Hasta ahora, los letrados han protagonizado intervenciones complementarias, y la de Roig, a menudo marcada por su tono atropellado, se centraba especialmente en la vulneración de estos derechos, entre ellos el derecho de reunión y expresión -"La libertad de expresión es un derecho, no un privilegio"-. Y, donde la Fiscalía aprecia un "golpe de Estado", o una acción insurreccional, la letrada aseguraba que estas palabras quedan "vacías de contenido" si se confrontan con las pruebas expuestas en los cuatro meses de juicio.
En esencia, según Roig no puede hablarse de un delito de rebelión, ya que los casos "aislados" de agresiones de ciudadanos a policías, acotados en la jornada del referéndum soberanista del 1 de Octubre de 2017, son responsabilidad de quienes perpetraron estas agresiones, no de organizaciones sociales como Òmnium, que llamó a participar en la consulta. Tampoco podría darse la sedición que aprecia la Fiscalía, ya que "un acto de protesta, en principio, no constituye un acto de sedición".
Según la letrada, afirmar que lo ocurrido en el otoño de 2017 en Catalunya es un "conflicto político", en ningún caso supone minimizar los hechos", sino refererirse a ellos en su justo término.
"El altar majestuoso" y el rechazo a la violencia
La protesta del 20-S, frente a la sede de Economía de la Generalitat, es uno de los ejes del relato de la acusación, si bien es especialmente importante para los Jordis, Cuixart y Sanchez. Para el Ministerio Público esta jornada es el máximo exponente del liderazgo que ambos ejercían sobre las movilizaciones, y Roig ha insistido en el carácter "legítimo" de esta protesta.
El 20-S "Cuixart exhortó a la ciudadanía a que se comportara de manera no violenta", y desconvocó la protesta
Lejos de querer impedir el registro que tenía lugar en la sede de Economía, los miles de personas concentradas "protestaban", expresaban su malestar por este actuación, distinguía la abogada -"La intención nunca fue impedir la actuación, sino protestar contra ella". También incidía en que este registro fue irregular, como reconoció la letrada de la administración de Justicia que lo supervisó, Montserrat del Toro, ya que se registraron "puestos de trabajo de dos trabajadoras" que no aparecen contemplados en el auto de entrada y registro.
En todo momento, afirmaba, Cuixart "exhortó a la ciudadanía a que se comportara de manera no violenta", llamó a la tranquilidad y desconvocó la concentración. Es "irrelevante" que se refiriera al coche de la Guardia Civil sobre el que subió en cierto momento de la noche, para dirigirse a los concentrados, como un "altar majestuoso", y lo importante son sus llamamientos a protestar de forma pacífica, sostenía la letrada. Los daños en este y otros vehículos, sobre los que también subieron reportaros gráficos, y que no son atribuibles a los Jordis, son responsabilidad de quienes los causaron, y en ningún caso bastan para afirmar que hubo violencia.
Y, como ocurrió con el 1-O, no se puede considerar que los "incidentes" de esta jornada pudieran integrar "ni de lejos" el elemento de violencia que requiere el delito de rebelión".
El 1-O no es "un alzamiento tumultuario"
Apoyándose en el informe pericial que logró incluir en la causa, Roig ha reiterado que el 1-O supuso un acto de "desobediencia civil colectiva", y no "un alzamiento tumulturario", como sostiene la Fiscalía. Recordaba que Cuixart nunca formó parte del Govern, y aseguraba que las lesiones sufridas por los agentes de Policía Nacional y Guardia Civil en esa jornada fueron hechos "aislados", no previstos ni deseados.
"En ningún colegio acometieron directamente contra los policías"; "No podemos hablar de violencia en los términos del delito de rebelión"
Además, las lesiones causadas por los agentes a los ciudadanos, cuya responsabilidad el Ministerio Público endosa ahora a los convocantes (para sumar un balance de 1093 heridos, de los que 1000 son civiles), tampoco pueden "atribuirse a Cuixart".
"Hubo resistencia pasiva en 35 colegios", reconocía Roig, afirmando que este tipo de acciones perseguían servir como protesta, aunque en algunos casos también estuvieran pensadas para retrasar la entrada de los agentes en los centros. "En ningún colegio acometieron directamente contra los policías", recordaba. "No podemos hablar de violencia en los términos del delito de rebelión", zanjaba.
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