Madrid
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha comunicado a Isa Serra que comienza a ejecutarse su sentencia de inhabilitación. La ejecución de la condena se produce además dos años y medio después de la sentencia y tras un año de que la ratificara el Supremo, lo que podría extender el tiempo de inhabilitación más allá del inicialmente previsto en la sentencia.
En primer lugar, a Isa no se le identifica el día de los hechos sino 20 días después y de una forma completamente irregular. La Brigada Policial de Información presentó fotografías de Isa a los policías municipales que estaban ese día en el desahucio antes de que estos dieran descripciones de quienes recordaban haber visto.
De hecho, la mitad de los agentes declaró que no tenían constancia de la presencia de Isa en la protesta. Además, ningún agente de los que acusaron a Isa de lanzar objetos durante la manifestación fue capaz de identificarlos o de describir el momento en el que supuestamente se habían lanzado.
En segundo lugar, el Alto Tribunal no tuvo en cuenta los más de 100 vídeos y más de 90 fotografías que aportó la defensa y dan cuenta de la protesta. En ellas se muestra a Isa en una actitud completamente pacífica. La policía no presentó ninguna prueba, salvo sus propias declaraciones. Esto a pesar de que en la calle en la que tuvo lugar el desahucio, hay cámaras de vigilancia municipales que registraron los hechos.
En tercer lugar, ningún testigo vio a Serra realizar los actos violentos de los que se le acusó. Nadie la vio arrojar objetos contundentes contra los agentes de policía.
Por último, otra irregularidad que identificó la defensa de Serra en el proceso fue la discutible aplicación de la teoría de la coautoría. Esta doctrina, permite imputar a todo aquel presente en un acto violento cualquier hecho sucedido durante la agresión. Durante la paralización del desahucio, se produjeron hechos violentos, y en base a esta teoría, y sin contar con prueba alguna, el Tribunal Supremo acusó a Isa de su autoría.
La "teoría de la coautoría", también conocida como la doctrina de "masa de acoso", se aplica normalmente a agresiones llevadas a cabo con superioridad numérica. Según la base de datos del Poder Judicial, la "masa de acoso" aparece mencionada en 75 sentencias, todas ellas relativas a peleas callejeras. La sentencia de Isa, genera un precedente peligroso en el que esta doctrina podría empezar a ser utilizada para criminalizar la protesta social.
Además, los agentes sostuvieron que Isa lideraba la protesta, a pesar de que no formaba parte de ninguno de los colectivos convocantes. El juez en cuestión es Eduardo de Urbano, el mismo que exculpó a Rocío Monasterio por el caso Aparejadores o a Cifuentes por el caso Máster. Además, es responsable de otras polémicas sentencias.
Consideró que el cartel de campaña que Vox desplegó en el Metro de Madrid y que criminalizaba a niños migrantes estaba amparado en la "libertad de expresión" y en el "pluralismo democrático". Para el juez, los menores eran los que suponían un "evidente problema político y social". También es conocido por dar luz verde a la circulación del autobús de Hazte Oír con mensajes que atacaban los derechos de las personas trans.
La defensa de Serra recurrió la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ante el Tribunal Supremo pero la sentencia fue finalmente ratificada en julio de 2021.
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