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MADRID.- Si hay una decisión polémica en ciernes en el ámbito judicial es la expulsión de Santiago Vidal, magistrado ejerciente en Barcelona que elaboró un borrador de constitución catalana y que, por este motivo, afronta una propuesta de expulsión de la carrera judicial.
El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) decidirá este jueves sin expulsa al magistrado, sin haber recibido propuesta alguna de la Comisión Disciplinaria, que, según la ley, es responsable de elevar la propuesta de expulsión.
Sin embargo, el Promotor de la Acción Disciplinaria, Antonio Fonseca-Herrero, ha optado por eludir el trámite de pasar el expediente por la Comisión Disciplinaria y entiende que puede elevar su propuesta directamente al pleno.
El pleno está compuesto de 20 vocales, elegidos todos ellos directamente por el Parlamento en 2013, tras la reforma que limitó las competencias de este órgano. En suma, serán los vocales elegidos por los grupos parlamentarios los que decidirán la expulsión del juez sin que esta propuesta pase por un órgano disciplinario cuyos miembros son inamovibles por cinco años.
Fonseca-Herrero considera que la nueva redacción de la ley orgánica del Poder Judicial establece que las expulsiones de los magistrados las acuerda el Pleno y que puede elevar esta propuesta directamente (artículo 599.1 y 604 de la LOPJ).
Sin embargo, esa misma ley establece que la propuesta de expulsión debe ser aprobada por la Comisión Disciplinaria, a propuesta del Promotor, y elevada por ella al Pleno, según los artículos 422.3 y 421.1.d.
Se da la circunstancia de que la Comisión Disciplinaria rechazó suspender cautelarmente a Santiago Vidal por cuatro votos frente a tres el pasado octubre mientras se tramitaba este expediente. Votaron en contra de la suspensión propuesta por Fonseca-Herrero los vocales Roser Bach, María Victoria Cinto, Vicente Guilarte y Enrique Lucas y a favor, Wenceslao Olea, Carmen Llombart y Ángeles Carmona.
Por su parte, el Promotor Antonio Fonseca-Herrero, es un magistrado del círculo de confianza de Carlos Lesmes, el presidente del Consejo. Ambos sostuvieron muchas posiciones comunes en la sala III del Supremo antes de ser nombrados para estos cargos.
Así las cosas, es muy posible que Lesmes tenga ya recabados los votos suficientes para que prospere la propuesta de expulsión de Vidal por dos faltas disciplinarias muy graves relacionadas con su participación en los trabajos de redacción de una Constitución para Cataluña.
Y también es muy posible que Vidal recurra esta decisión a la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, que podría anular el acuerdo. El magistrado ha anunciado además su intención de recurrir posteriormente, al Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
El Promotor señala en su propuesta que el juez Vidal incumplió los preceptos previstos en los artículos 417.6 y 417.14 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, relativos al ejercicio de actividades incompatibles con el cargo de juez o magistrado y a la ignorancia inexcusable en el cumplimiento de los deberes judiciales.
Promover la independencia
El documento considera probado que Vidal "ha participado activamente, y al margen de cualquier cobertura, en un grupo de trabajo de composición heterogénea tenía por objeto elaborar y redactar una 'Constitución catalana'" y que además admitió de forma pública que su intención era ponerla a disposición o de que sirviera de modelo para quienes promovieran la celebración de una consulta por el llamado 'derecho a decidir' y la independencia de Catalunya.
A ello se añade, según el Promotor, que el magistrado "ha efectuado de forma reiterada declaraciones públicas en defensa de la independencia" de Catalunya y, así mismo, "ha apoyado y participado activa y públicamente en iniciativas políticas que adoptaban instituciones públicas catalanas y entidades privadas sobre un proceso por y para la independencia de Cataluña".
Para proponer la expulsión, el Promotor también ha tenido en cuenta Vidal "valoró y calificó de legítimo el incumplimiento de las leyes y de la Constitución española, admitiendo y justificando expresamente la procedencia de la desobediencia civil a la Constitución, a la ley y a las decisiones del Tribunal Constitucional sobre el llamado proceso para la independencia de Cataluña".
Fidelidad a la Constitución
En el expediente se recuerda que todos los jueces asumen en el juramento o promesa que prestan antes de tomar posesión de su primer destino un deber de fidelidad que, aunque no impone un compromiso político y personal en defensa de la Constitución "sí implica la obligación de abstenerse de ejecutar cualquier actuación que ponga en peligro valores o principios" de la Carta Magna y la de "adecuar a dichos valores y principios su actuación profesional".
La actuación de Vidal no puede quedar amparada por el ejercicio del derecho fundamental de libertad de expresión, ya que "la dignidad, integridad e independencia del Poder Judicial es un bien de rango constitucional" que habilita limitarla para los integrantes del Poder Judicial, añade la propuesta.
Fonseca-Herrero agrega que el juez actuó con "manifiesta e inexcusable inobservancia de deberes relevantes" y llevó a cabo, de forma reiterada "actividades privadas de naturaleza puramente política, de participación política en un movimiento independentista, incompatibles con su condición de magistrado".
"El señor Vidal se ha involucrado de forma consciente, notoria y permanente en un proceso de tipo político", recuerda y agrega que propugnó la derogación del orden constitucional de forma "activa y pública" fomentando y auspiciando "conductas antijurídicas como la desobediencia civil", concluye Fonseca-Herrero.
La propuesta de sanción del Promotor de la Acción Disciplinaria coincide con la realizada por la Fiscalía, que también ha solicitado la separación de la carrera judicial de Vidal.
Por el contrario, Vidal respondió al Promotor y explicó que su trabajo era intelectual, por el que no percibió ingresos y entiende que no tiene que ver con su función como magistrado. A este respecto, aportó al expediente las casi 10.000 sentencias que ha dictado conforme a la Constitución y a las normas vigentes.
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